Conversión de deudas ilícitas

Facundo Gutiérrez Galeno

En las dos últimas semanas se publicaron en Boletín Oficial varias emisiones de deuda pública por 8270 millones de pesos y 1.844 millones de dólares. Las operaciones de crédito tienen por objeto captar dinero público (ANSES, Banco Nación, CAMMESA, ENARSA, entre otros) para hacer frente a los vencimientos de servicios de la deuda. Las continuas emisiones vienen a cumplir con el calendario de endeudamiento fijado en las leyes de presupuesto. Una particular política de (des)endeudamiento que trajo consigo un aumento de la deuda de 18.800 millones de dólares en 2012.

Según datos oficiales, la relación deuda/PBI era del 45 % a fin de 2012, superior a los 41,8 % registrados a fin de 2011. Sin embargo, la deuda pública en su totalidad sigue ubicándose muy por encima de la media del 35 % de la década menemista y del 50 % registrado en 2001. A la cifra brindada por el Ministerio de Economía falta agregarle los intereses a devengar, los cupones del PBI, las deudas provinciales y municipales, las indirectas de empresas y organismos dependientes del Estado, las deudas no registradas y la cuasi fiscal del Banco Central, entre otras. Todo ello arroja una cifra de deuda pública superior a los 350.000 millones de dólares, el 80 % del PBI.

Desde los grandes medios se destaca que el crecimiento de la deuda con el sector público, y la consiguiente disminución de la deuda con el sector privado, corrobora la política de (des)endeudamiento que vive la Argentina en los últimos años. Ello amparado en el subterfugio de que la deuda intrasector público tolera menos peligro de colapso y más independencia financiera. Sin embargo, no se analiza la peligrosa conversión y cambio de acreedores que está ocurriendo en los últimos años. Se toma partidas y fondos públicos con destinos específicos para cubrir vencimientos de deuda con acreedores privados y organismos internacionales.

La creciente deuda con el sector público es parte de una lógica que viene agudizándose en toda América Latina. Es la conversión de deuda pública del sector privado al sector público y el desvanecimiento de la relación histórica del proceso de endeudamiento de los Estados. No se analiza en perspectiva el fraude y estafa que implican las deudas nacionales. Desde su conformación y crecimiento en los años 1976/83 hasta la actualidad, las políticas públicas con respeto a la deuda han licuado responsabilidades y ocultados ilícitos e ilegitimidades en su conformación y posteriores negociaciones.

Nuestra deuda es consecuencia jurídica directa de la dictadura militar. La propia Justicia Federal corroboró en la causa 14.467, iniciada por Alejandro Olmos, más de 477 ilícitos en la conformación de la deuda pública. Un puñado de grandes empresas locales y extranjeras, junto con los principales bancos internacionales, lucraban a costa de endeudar el patrimonio nacional. La deuda carga ilicitud, ilegitimidad, fraudulencia y estafa desde su origen reciente en los años de plomo. El transitar espurio ha sido probado en varios expedientes de la Justicia Federal. Y todos los actos administrativos celebrados en su conformación, estatización y continuas negociaciones, comportan nulidades por ilícitos cometidos. Las nulidades en el derecho administrativo son absolutas. Es decir, no existe novación de deudas, transformación de obligaciones viejas en nuevas que conlleva la extinción de las anteriores. El Art. 802 de nuestro Código Civil prohíbe la novación de obligaciones anteriores ilícita o nulas.

En otras palabras, si la deuda pública que hoy pagamos y reconvertimos reconoce su origen en ilícitos e ilegitimidades de los años de plomos, continuados en los gobiernos democráticos subsiguientes, la nulidad de origen jamás se pudo haber convalidado. Los contratos están viciados de nulidad y las obligaciones que de ellos surgen devienen inexistentes. Es necesaria una auditoría exhaustiva por parte del pueblo argentino que permita exigir la nulidad de la deuda pública nacional con sustento en el principio de invalidez de los actos administrativos contrario a las leyes, de las obligaciones fundadas en causas ilícitas y la imposibilidad de novar obligaciones nulas. Tenemos material jurídico de sobra que nos permite exigir la suspensión de pagos de la deuda ilícita, y solicitar la nulidad de todas las obligaciones financieras que de ella se derivan.

El crecimiento de la deuda con el sector público es altamente perjudicial al pueblo argentino. Conlleva una peligrosa política de conversión de deudas ilícitas que licua responsabilidades y desvanece el sentido de las estafas. El crecimiento de la deuda pública en manos del propio Estado denota una política de privilegio de pagos a acreedores privados y organismos multilaterales, y una clausura a cualquier salida popular a la trampa de la deuda. ¿Cómo vamos a plantear la ilicitud o nulidad de la deuda, si nuestros acreedores son los jubilados argentinos?