Un impuesto que se ha vuelto regresivo

Facundo Moyano

Resulta fundamental aclarar que la discusión sobre el mínimo no imponible ha sido instalada en la agenda política por la CGT que encabeza Hugo Moyano como un reclamo gremial. Pero por la realidad e incidencia que éste tiene se ha transformado en parte de la agenda política en la discusión de la matriz impositiva de nuestro país. Este impuesto que fue pensado para cargos gerenciales, hoy alcanza a un importante sector de los trabajadores formales que incluyen docentes rurales, metalúrgicos, jubilados, peajistas y camioneros entre otros. Cuando Machinea implementó su tablita tributaban unos 400 mil asalariados, hoy son más de dos millones, como lo ha dicho la misma presidenta.

En ese sentido he presentado varios proyectos, entre los que se incluyen una reforma integral del mismo. Pero también en función de que en los últimos días han aparecido muchas voces que parecen remarcar su carácter “progresivo”, he presentado una sencilla modificación de la que dudo que alguien pueda estar en contra. Se trata de incorporar los alquileres de vivienda única a las deducciones. Mientras que pueden deducirse el “servicio doméstico”, los “intereses de un crédito hipotecario” o la “rentabilidad de un plazo fijo”, la cuarta categoría castiga a quien debe alquilar una vivienda, sin contemplar a este gasto como necesario en un contexto donde el acceso a la vivienda es un problema que tiene gran parte de los trabajadores asalariados que habitan en los grandes centros urbanos.

Aporto al debate una propuesta que presenté en el parlamento y que atañe a un universo concreto de trabajadores. Se trata de la modificación del artículo 81, “sobre deducción por alquiler de inmueble destinado a casa-habitación”, de la ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias.

La vivienda es una necesidad humana universal, que constituye un derecho humano fundamental, reconocido por la Constitución Nacional en el artículo 14 bis, y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Convención sobre los Derechos del Niño, y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, incorporados con jerarquía constitucional a partir de la reforma de 1994. Esta letra pesa especialmente sobre las espaldas del Estado, quien tiene la obligación de reconocer en la vivienda un derecho humano y asegurar que no se adopten medidas que puedan menoscabar su condición jurídica.

¿Cuál es la realidad? Una enorme porción de nuestra población no posee vivienda propia y alquila. El alquiler es un gasto vital que hace al mantenimiento de niveles de vida dignos. En tanto, debido al carácter constitucional del derecho y a la vulnerabilidad de muchos compatriotas que viven sin el acceso por diversas razones es que creemos que el alquiler de la vivienda única familiar y de ocupación permanente debe incorporarse al conjunto de deducciones reconocidas al impuesto a las ganancias, del mismo modo que las cargas familiares y la cobertura médica. Construir justicia social es contribuir a que más familias y personas sean dueñas de sus casas.

Hoy, quienes alquilan y quienes son propietarios reciben el mismo tratamiento impositivo. Y sabemos que para cualquier familia el sueño de la casa propia guía sus recursos, sus estrategias, su “economía familiar”, y que la frustración de no acceder y tener que alquilar (por años) es un déficit de políticas públicas de vivienda tanto como de la ausencia de líneas de crédito accesibles. Los alquileres llegan a significar el 40% del salario. ¿No manifiesta esta omisión otro carácter regresivo del impuesto a las ganancias en su actual reglamentación?

De esta forma, creemos en la posibilidad de deducir el alquiler hasta montos máximos variables de manera que impida la deducción de alquileres de viviendas suntuosas. No se trata de generar nuevos privilegios sino de reducir injusticias. También esta medida estimulará la regularización de contratos de locación informales, reparando la situación legal de los inquilinos. El ahorro que esto puede generar o irá al consumo o al ahorro, dándole mayor volumen al mercado interno.

A su vez, la regularización de los alquileres incrementará la recaudación en la primera categoría, reduciendo los efectos que esta ley podría tener en términos de recaudación fiscal y contribuyendo a recuperar la progresividad que el impuesto a las ganancias fue perdiendo desde mediados de la década de 1970, que se ha profundizado con la desactualización del Mínimo No Imponible en estos años.