El retiro de un hombre bueno y sabio

No voy a poder omitir una serie de consideraciones personales y subjetivas en estas líneas, lo anticipo ahora para evitar al lector desprevenido. Porque he tenido el enorme honor de conocer al doctor Carlos Santiago Fayt, incluso de decirme su amigo. No se puede menos que sentir aprecio, cuando la generosidad toma caminos tan auténticos, cuando semejante personalidad se aviene sin pretensión de intercambio, a volcar hacia un simple abogado, todos sus conocimientos, sus vivencias, su extraordinario saber: Fayt es un hombre sabio y bueno, lo cual lo hace increíble.

Me hizo el honor de prologar mi primer libro, “La Fiesta de la Oligocracia”. Leyó la primera versión “en crudo”, y me sugirió alternativas, con la humildad de los que son muy grandes de verdad. Lo conocí hace muchos años, y del primer encuentro me fui con siete libros de su autoría, extraordinarios, que pretendió que supiese como para intercambiar ideas, solo 20 días después, cuando nos vimos por segunda vez.

No creo que estas líneas sean para que recite el curriculum vitae de Fayt, los invito a hacerlo en la página web de la Corte Suprema; si tienen tiempo por cierto. Cuando lo hagan no les quedarán dudas: estamos ante el jurista vivo más importante del país y ante uno de los dos o tres más destacados desde nuestra historia. A la altura de Juan Bautista Alberdi o de Dalmacio Vélez Sarsfield. Y si aún posee el lector más tiempo, los invito también a leer sus fallos, verdaderas obras doctrinarias para los anales del derecho internacional.

Supo Fayt también enfrentar con hombría y coraje los arremolinados tiempos políticos que le tocó vivir en sus años en la Corte Suprema. Asumió en 1983 con el primer gobierno de la democracia, y siendo que nunca antes había sido juez, ni funcionario de ningún poder del Estado. El día que prestó juramento, le dijo al presidente Raúl Alfonsín que lo había nominado para integrar el Alto Cuerpo: “sepa usted que mi rol exige que esta sea la última vez que hablemos”. Ese es el concepto de Fayt sobre la República y la independencia que exigía su función dentro de la cabeza del Poder Judicial.

Y así se manejó el tiempo subsiguiente, costase lo que costase. La primera intentona por destituirlo se produjo en el gobierno de Eduardo Duhalde. Y por cierto fracasó. No solo eso, cuando los miembros de lo que se llamó la mayoría automática menemista del Alto Tribunal (que jamás integró y frente a la que votó siempre en disidencia), comenzaron a abandonar sus cargos por la presión oficial, Fayt asumió la presidencia de la Corte y capitaneó una profunda crisis, con inteligencia y la cintura política de un experto.

Después vinieron las múltiples y diversas ofensas del kirchnerismo, la mayoría de ellas poniendo el eje en su edad. Claro, resultó imposible hacerlo en base a su capacidad, sus conocimientos o sus fallos. Ni siquiera estaban en posibilidad de cuestionarlos, porque para ello había que entenderlos. También capeó con hidalguía todo esto, que siguió casi hasta hoy. Y renuncio a plazo fijo: al 11/12 de este año. Ni se le ocurra a nadie intentar postular un reemplazo, será el próximo gobierno, el que surja de la voluntad del soberno pueblo, él queda pueda hacerlo. Fayt aún está ahí, y lo estará hasta que llegué la fecha en que el mismo decidió irse.

A principios de este año, tuve una enorme alegría. Un proyecto de mi amigo y referente, el legislador Daniel Lipovetzky, fue aprobado declarando a Fayt, Personalidad Destacada de las Ciencias Jurídicas de la Ciudad de Buenos Aires, por ley de la Legislatura local. Estuve en la entrega de la distinción y su merecido homenaje y puede abrazarlo con emoción. Le agradezco infinitamente a Lipovetzky el proyecto y el impulso, y especialmente el haber podido estar ahí, devolviéndole de algún modo, la infinidad de conocimientos, saber y don de gentes que ha volcado Carlos Fayt en su ejemplar vida.

Una maniobra descabellada carente de base jurídica

Si no se tratase de un manoseo descabellado de las instituciones de la República, la pantomima de ayer de la Comisión de Juicio Político podría formar de una comedia de enredos en la que el autor del guion trata de graficar los dislates que ocurren en un exótico país del quinto mundo.

Observando los acontecimientos ocurridos por el televisor, uno podría creer que en realidad estaba presenciando un debate en la Corea del Norte del “Querido Líder” Kim Jong-un, en la Indonesia de Suharto, o en el Túnez de Ben Alí que solía llamar a elecciones y obtener el 98% de los votos.

Yendo a lo concreto, el dictamen emitido ayer por la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados es solamente un disparate mediático que carece de ningún valor jurídico. Tiene el mismo efecto que si nos juntásemos el suscripto y cuatro amigos y decidiésemos que el próximo domingo “ganó Independiente”. Un mamarracho por el que seguramente nos acusarían de haber abusado del tinto de la casa.

La Constitución Nacional en su artículo 110 establece con meridiana claridad que “los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservan sus empleos mientras dure su buena conducta”. ¿A qué se refiere con ello? Simplemente a que los magistrados no incurran en las causales de Juicio Político, claramente establecidas en el artículo 53: “Solo ella (la Cámara de Diputados) ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes”.

El juego de ambos artículos es sencillo. La mala conducta que quita la perpetuidad al cargo es la que describe el artículo 53 como causales de juicio: mal desempeño y comisión de delitos. Pero además, deben considerarse otros elementos. El primero de ellos es que la Constitución exige “causas de responsabilidad”, es decir una inconducta concreta en un acto en particular o una sucesión ellas, pero no el achaque genérico que implica la acusación de “viejo”.

Si la Comisión de Juicio Político quisiera ser seria, debería encontrar un expediente mal despachado por el juez Fayt, iniciar un proceso de juicio político, y en el marco del mismo, como elemento de prueba, solicitar un examen psicofísico del juez para determinar si está en condiciones de llevar adelante su magistratura. Pero ocurre que no existe un expediente concreto por el cual acusarlo, ni tienen cómo iniciar un proceso de juicio político, y mucho menos como alcanzar los dos tercios de los votos para concretar la acusación.

La Cámara de Diputados tiene “comisiones de asesoramiento”, así las llama el propio artículo 61 de su Reglamento. Esas comisiones elaboran dictámenes que cumplen el rol, como todo cuerpo asesor, de recomendar la aprobación de determinado dictamen al pleno del cuerpo. La Cámara tiene sus facultades constitucionales como tal, y sus decisiones son obligatorias en tanto se toman en el recinto, con sesiones convocadas de acuerdo a la ley y el reglamento interno y por las mayorías constitucionales. Las decisiones de una porción de la Cámara, como una comisión, no son obligatorias para nadie, no constituyen absolutamente nada hasta no ser aprobadas en Sesión, y ayer no la hubo. La Comisión de Juicio Político es una “comisión de asesoramiento” más, no tiene facultades para pedirle un psicofísico a Fayt ni tampoco para pedirle el boletín de quinto grado a mi sobrino.

Por otra parte, el artículo 90 del Reglamento citado establece las competencias de tal comisión, es decir, las cuestiones por las cuales puede expedirse: “Compete a la Comisión de Juicio Político investigar y dictaminar en las causas de responsabilidad que se intenten contra los funcionarios públicos sometidos a juicio político por la Constitución y los previstos en la ley 24.946 y en las quejas o denuncias que contra ellos se presenten en la Cámara. Cuando el pedido de remoción se dirige contra un funcionario público no sujeto a juicio político, la comisión podrá disponer su archivo o remisión al órgano competente”. La norma es armónica con la Constitución: exige otra vez que existan “causas de responsabilidad” y menciona los “pedidos de remoción”. Esta flagrantemente fuera del alcance de la Comisión de Juicio Político,investigar a los funcionarios públicos, fuera del marco de un proceso, justamente y obviamente, de juicio político.

Por ende, el “proceso investigativo” que se aprobó ayer no es más que la argucia de alguna mente febril para presionar a un Ministro de la Corte, pero sin efecto jurídico alguno.

¿Qué ocurre si Fayt se niega a ser investigado, no acude a las citaciones, y se niega a que lo examinen psicofísicamente? Nada. La Comisión de Juicio Político carece de facultades para conminarlo por la fuerza pública, ni para tomar ninguna medida que no consista en ver fracasar su ridícula maniobra. Tampoco implica presunción contra el juez no someterse a semejante parodia, y en definitiva, nunca contarán con los dos tercios de los votos para acusar.

Es ni más ni menos que una operación mediática vacía de contenido jurídico. Con otros letrados analizamos la posibilidad de presentarnos a la Justicia con el fin de pedir la nulidad del dictamen alcanzado ayer en la Comisión de Juicio, pero llegamos a la conclusión que se trata de un hecho ajeno al Derecho, no judiciable por carecer de relevancia y consecuencias jurídicas.

Tal vez, en algunos casos, sería más beneficioso darle menos espacio en los medios a estas farsas que tienen como único fin ganar centímetros en las portadas, para ejercer la valiente presión nacional y popular con el objetivo de quebrar a un prócer del Derecho.

Sobre Fayt y su resistencia. El juicio de la historia

Hay un proceso que no suele guardar las habituales garantías de los estados de derecho. Por eso, en ellos no juega la prescripción ni tampoco el instituto de la “cosa juzgada”. Son los juicios de la historia, esos espacios en la memoria o en los libros donde, los que llegaron a lugares cuya presencia cambió, de un modo u otro, el curso de los acontecimientos, serán juzgados.

Todo lo que hayan hecho a lo largo de los años, será puesto en una balanza. Se sopesaran pros y contras, se destacarán virtudes y defectos y, naturalmente, habrá un modo en que en el futuro, se reconocerá a dicho personaje. O simplemente será olvidado, sólo mencionado en una cena multitudinaria en una casa de barrio, por alguno de esos memoriosos: “-¿Te acordás de Aníbal?. -¿Quién?. – ¡El de los bigotes!. –Qué sé yo, ni había nacido”. El que uno no recuerda porque “no había nacido”, no quedó en la historia. Continuar leyendo

Golpe de Estado al Poder Judicial

La constante presión ejercida desde diversos agentes del poder político sobre los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, especialmente sobre Carlos Fayt y también Ricardo Lorenzetti, no puede entenderse de otra manera que como un intento de golpe de estado sobre uno de los poderes constitucionales, para doblegarlo y dominarlo.

Tienen en realidad los mismos efectos de los antiguos “planteos militares” del siglo XX, desgastan, agobian y buscan que los jueces dejen sus cargos. Intentan generar una falsa noción de acefalía del Poder Judicial, o una acefalía real si logran las dimisiones que pretenden.

Debe decirse que el modo en que los esbirros oficiales disparan contra Fayt es de cobardes, aunque en el barrio los llamaríamos de un modo más gráfico. Y de descarados también. Algunos de ellos no solamente son charlatanes de toda ocasión, opinólogos iletrados que repiten una frase de algún libro del que ocasionalmente leyeron un resumen y definiciones de Wikipedia, sino que además han tenido severos problemas con la Justicia. Otros se han cobrado vidas inocentes durante la “lucha armada”. Continuar leyendo

Fayt, la reserva intelectual de la Corte

Carlos Santiago Fayt es, sin lugar a dudas, el más importante jurista vivo de la Argentina. Su presencia en el tribunal de máxima jerarquía de cualquier país del mundo, es un lujo que pocos Estados pueden darse. Lo es por sus antecedentes académicos, por su profusa obra doctrinaria plasmada en cientos de obras que arrojaron luz sobre infinidad de problemáticas legales que han sido cruciales para la vida de los argentinos; y lo es porque desde su llegada a la Corte Suprema de Justicia en 1983 resultó autor de muchos votos fundamentales en temas clave como libertad de prensa y expresión y las garantías constitucionales. Continuar leyendo