Que renuncien todos

Fernando Niembro era el primer candidato a diputado nacional de Cambiemos por la Provincia de Buenos Aires. Por una simple denuncia que todavía ni siquiera es investigada por la Justicia, desistió de su candidatura. Pero tenemos un vicepresidente procesado que no se mueve de ahí.

No quiero entrar a considerar si Fernando Niembro hizo bien o mal en renunciar a su candidatura. Lo que debe quedar claro es que el esquema penal tiene varias etapas en la Argentina y una denuncia es apenas el inicio. La Justicia es la que determina luego si se es responsable o no por la imputación. Si todos fuesen culpables de las denuncias que se presentan contra cada uno, no habría guardiacárceles en la Argentina, solo habría presos.

Por otra parte debe aclararse que los fueros que protegen a los legisladores nacionales no son absolutos. No comprenden delitos cometidos previamente a postular la candidatura, nadie esta protegido por eso. En realidad, son eficientes únicamente, para hechos cometidos en el ejercicio de su función legislativa y tiene, como espíritu y fin, último proteger a los opositores para que puedan libremente ejercer su función de control sobre los actos del oficialismo, sin ser apresados por ello. Elisa Carrio, de no existir los fueros, seguramente hubiese sido una presa del kirchnerismo. Por ende, Niembro no hubiese podido protegerse con los fueros en caso de que avanzara la denuncia contra él.

Dicho esto, hay que agregar que en el actual contexto de la Argentina, plagada de funcionarios enjuiciados, la actitud de Niembro de abandonar la lista de candidatos por solamente una denuncia, contrasta con la posición del vicepresidente de la Nación Amado Boudou, quien está procesado y citado a juicio oral y se mantiene sentadito en su sillón como un duque.

Las etapas del proceso penal son tres: procesamiento cuando existe semiplena prueba de la comisión de un ilícito (la doctrina considera que para procesar hay que tener probados los hechos en un 33%), elevación a juicio oral (la doctrina dice que esto puede hacerse cuando se tiene probado el 66% del hecho), y la sentencia, que de ser condenatoria, debe dar por probado el 100% del hecho que se imputó.

La denuncia no es siquiera una etapa del proceso y, con solamente ella, Niembro renunció. No a un cargo, simplemente a ser candidato. Para continuar el contraste, Boudou, con los delitos que se le imputan probados en un 66%, se pasea en su carácter de vicepresidente de la Nación con su nueva novia mexicana.

Esto es lo que acaba de ocurrir con la dimisión del candidato de Cambiemos. Existen diversos funcionarios de este gobierno kirchnerista imputados y en diversas etapas del proceso penal que continúan en sus cargos y nadie renuncia. Niembro dió un ejemplo. La Justicia determinará ahora si es responsable o no, pero Cambiemos nos habla de que otro país es posible, donde la honestidad y la dignidad de las instituciones está por encima de los hombres. Entendamos el mensaje, y que renuncien todos.

El retiro de un hombre bueno y sabio

No voy a poder omitir una serie de consideraciones personales y subjetivas en estas líneas, lo anticipo ahora para evitar al lector desprevenido. Porque he tenido el enorme honor de conocer al doctor Carlos Santiago Fayt, incluso de decirme su amigo. No se puede menos que sentir aprecio, cuando la generosidad toma caminos tan auténticos, cuando semejante personalidad se aviene sin pretensión de intercambio, a volcar hacia un simple abogado, todos sus conocimientos, sus vivencias, su extraordinario saber: Fayt es un hombre sabio y bueno, lo cual lo hace increíble.

Me hizo el honor de prologar mi primer libro, “La Fiesta de la Oligocracia”. Leyó la primera versión “en crudo”, y me sugirió alternativas, con la humildad de los que son muy grandes de verdad. Lo conocí hace muchos años, y del primer encuentro me fui con siete libros de su autoría, extraordinarios, que pretendió que supiese como para intercambiar ideas, solo 20 días después, cuando nos vimos por segunda vez.

No creo que estas líneas sean para que recite el curriculum vitae de Fayt, los invito a hacerlo en la página web de la Corte Suprema; si tienen tiempo por cierto. Cuando lo hagan no les quedarán dudas: estamos ante el jurista vivo más importante del país y ante uno de los dos o tres más destacados desde nuestra historia. A la altura de Juan Bautista Alberdi o de Dalmacio Vélez Sarsfield. Y si aún posee el lector más tiempo, los invito también a leer sus fallos, verdaderas obras doctrinarias para los anales del derecho internacional.

Supo Fayt también enfrentar con hombría y coraje los arremolinados tiempos políticos que le tocó vivir en sus años en la Corte Suprema. Asumió en 1983 con el primer gobierno de la democracia, y siendo que nunca antes había sido juez, ni funcionario de ningún poder del Estado. El día que prestó juramento, le dijo al presidente Raúl Alfonsín que lo había nominado para integrar el Alto Cuerpo: “sepa usted que mi rol exige que esta sea la última vez que hablemos”. Ese es el concepto de Fayt sobre la República y la independencia que exigía su función dentro de la cabeza del Poder Judicial.

Y así se manejó el tiempo subsiguiente, costase lo que costase. La primera intentona por destituirlo se produjo en el gobierno de Eduardo Duhalde. Y por cierto fracasó. No solo eso, cuando los miembros de lo que se llamó la mayoría automática menemista del Alto Tribunal (que jamás integró y frente a la que votó siempre en disidencia), comenzaron a abandonar sus cargos por la presión oficial, Fayt asumió la presidencia de la Corte y capitaneó una profunda crisis, con inteligencia y la cintura política de un experto.

Después vinieron las múltiples y diversas ofensas del kirchnerismo, la mayoría de ellas poniendo el eje en su edad. Claro, resultó imposible hacerlo en base a su capacidad, sus conocimientos o sus fallos. Ni siquiera estaban en posibilidad de cuestionarlos, porque para ello había que entenderlos. También capeó con hidalguía todo esto, que siguió casi hasta hoy. Y renuncio a plazo fijo: al 11/12 de este año. Ni se le ocurra a nadie intentar postular un reemplazo, será el próximo gobierno, el que surja de la voluntad del soberno pueblo, él queda pueda hacerlo. Fayt aún está ahí, y lo estará hasta que llegué la fecha en que el mismo decidió irse.

A principios de este año, tuve una enorme alegría. Un proyecto de mi amigo y referente, el legislador Daniel Lipovetzky, fue aprobado declarando a Fayt, Personalidad Destacada de las Ciencias Jurídicas de la Ciudad de Buenos Aires, por ley de la Legislatura local. Estuve en la entrega de la distinción y su merecido homenaje y puede abrazarlo con emoción. Le agradezco infinitamente a Lipovetzky el proyecto y el impulso, y especialmente el haber podido estar ahí, devolviéndole de algún modo, la infinidad de conocimientos, saber y don de gentes que ha volcado Carlos Fayt en su ejemplar vida.

Una maniobra descabellada carente de base jurídica

Si no se tratase de un manoseo descabellado de las instituciones de la República, la pantomima de ayer de la Comisión de Juicio Político podría formar de una comedia de enredos en la que el autor del guion trata de graficar los dislates que ocurren en un exótico país del quinto mundo.

Observando los acontecimientos ocurridos por el televisor, uno podría creer que en realidad estaba presenciando un debate en la Corea del Norte del “Querido Líder” Kim Jong-un, en la Indonesia de Suharto, o en el Túnez de Ben Alí que solía llamar a elecciones y obtener el 98% de los votos.

Yendo a lo concreto, el dictamen emitido ayer por la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados es solamente un disparate mediático que carece de ningún valor jurídico. Tiene el mismo efecto que si nos juntásemos el suscripto y cuatro amigos y decidiésemos que el próximo domingo “ganó Independiente”. Un mamarracho por el que seguramente nos acusarían de haber abusado del tinto de la casa.

La Constitución Nacional en su artículo 110 establece con meridiana claridad que “los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservan sus empleos mientras dure su buena conducta”. ¿A qué se refiere con ello? Simplemente a que los magistrados no incurran en las causales de Juicio Político, claramente establecidas en el artículo 53: “Solo ella (la Cámara de Diputados) ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes”.

El juego de ambos artículos es sencillo. La mala conducta que quita la perpetuidad al cargo es la que describe el artículo 53 como causales de juicio: mal desempeño y comisión de delitos. Pero además, deben considerarse otros elementos. El primero de ellos es que la Constitución exige “causas de responsabilidad”, es decir una inconducta concreta en un acto en particular o una sucesión ellas, pero no el achaque genérico que implica la acusación de “viejo”.

Si la Comisión de Juicio Político quisiera ser seria, debería encontrar un expediente mal despachado por el juez Fayt, iniciar un proceso de juicio político, y en el marco del mismo, como elemento de prueba, solicitar un examen psicofísico del juez para determinar si está en condiciones de llevar adelante su magistratura. Pero ocurre que no existe un expediente concreto por el cual acusarlo, ni tienen cómo iniciar un proceso de juicio político, y mucho menos como alcanzar los dos tercios de los votos para concretar la acusación.

La Cámara de Diputados tiene “comisiones de asesoramiento”, así las llama el propio artículo 61 de su Reglamento. Esas comisiones elaboran dictámenes que cumplen el rol, como todo cuerpo asesor, de recomendar la aprobación de determinado dictamen al pleno del cuerpo. La Cámara tiene sus facultades constitucionales como tal, y sus decisiones son obligatorias en tanto se toman en el recinto, con sesiones convocadas de acuerdo a la ley y el reglamento interno y por las mayorías constitucionales. Las decisiones de una porción de la Cámara, como una comisión, no son obligatorias para nadie, no constituyen absolutamente nada hasta no ser aprobadas en Sesión, y ayer no la hubo. La Comisión de Juicio Político es una “comisión de asesoramiento” más, no tiene facultades para pedirle un psicofísico a Fayt ni tampoco para pedirle el boletín de quinto grado a mi sobrino.

Por otra parte, el artículo 90 del Reglamento citado establece las competencias de tal comisión, es decir, las cuestiones por las cuales puede expedirse: “Compete a la Comisión de Juicio Político investigar y dictaminar en las causas de responsabilidad que se intenten contra los funcionarios públicos sometidos a juicio político por la Constitución y los previstos en la ley 24.946 y en las quejas o denuncias que contra ellos se presenten en la Cámara. Cuando el pedido de remoción se dirige contra un funcionario público no sujeto a juicio político, la comisión podrá disponer su archivo o remisión al órgano competente”. La norma es armónica con la Constitución: exige otra vez que existan “causas de responsabilidad” y menciona los “pedidos de remoción”. Esta flagrantemente fuera del alcance de la Comisión de Juicio Político,investigar a los funcionarios públicos, fuera del marco de un proceso, justamente y obviamente, de juicio político.

Por ende, el “proceso investigativo” que se aprobó ayer no es más que la argucia de alguna mente febril para presionar a un Ministro de la Corte, pero sin efecto jurídico alguno.

¿Qué ocurre si Fayt se niega a ser investigado, no acude a las citaciones, y se niega a que lo examinen psicofísicamente? Nada. La Comisión de Juicio Político carece de facultades para conminarlo por la fuerza pública, ni para tomar ninguna medida que no consista en ver fracasar su ridícula maniobra. Tampoco implica presunción contra el juez no someterse a semejante parodia, y en definitiva, nunca contarán con los dos tercios de los votos para acusar.

Es ni más ni menos que una operación mediática vacía de contenido jurídico. Con otros letrados analizamos la posibilidad de presentarnos a la Justicia con el fin de pedir la nulidad del dictamen alcanzado ayer en la Comisión de Juicio, pero llegamos a la conclusión que se trata de un hecho ajeno al Derecho, no judiciable por carecer de relevancia y consecuencias jurídicas.

Tal vez, en algunos casos, sería más beneficioso darle menos espacio en los medios a estas farsas que tienen como único fin ganar centímetros en las portadas, para ejercer la valiente presión nacional y popular con el objetivo de quebrar a un prócer del Derecho.

En legítima defensa de la institucionalidad

El rechazo de la Corte Suprema de Justicia a la lista de conjueces que el Gobierno aprobó en el Senado hace un año y medio por simple mayoría es un acto de defensa propia y de los terceros, los ciudadanos, que esperan mantener un grado mínimo de institucionalidad en vigencia.

El Alto Tribunal, en su rol de cabeza del Poder Judicial, no puede verse sometido a un golpe de Estado institucional desde otros poderes, sin ejercer tal derecho, y lo ha hacho seleccionando el modo y la oportunidad, para declarar la inconstitucionalidad de la lista de conjueces oficialistas.

El plan para destrozar a la Corte, descripto hace pocos días en este mismo medio, incluía la utilización de esa irregular nómina, cambiando el orden de prelación para la ocupar las vacancias en el Alto Cuerpo, para luego ampliar el número de miembros e “invadirla” con conjueces a la medida del kirchnerismo.

Por cierto, la ampliación del número de miembros está entre las facultades del Congreso, es una medida que se ha tomado de modo reiterado de acuerdo a las necesidades políticas del Gobierno de turno; y también se encuentra entre las prerrogativas del Poder Legislativo, modificar la ley de ordenamiento del Poder Judicial, de modo de alterar el mecanismo de cobertura de vacancias actualmente vigente.

Nada de esto pudo haberlo impedido la Corte Suprema. Pero sí estaba en sus manos que esas vacancias fueran ocupadas por conjueces habilitados para ello por fuera de la ley, y así lo ha hecho. Los ministros tienen esta causa en sus manos desde que la lista se aprobó, en diciembre del 2013, durante una prórroga de sesiones ordinarias, pero ha decidido declarar su inconstitucionalidad ahora, cuando el Gobierno acechaba, buscando utilizarla para “ocupar” la Corte.

El uso de mecanismos ilegales para manipular o directamente dominar uno de los poderes constitucionales no es otra cosa que un golpe de Estado, debe detentar tal denominación, tanto como si se ordenara al Ejército entrar a ocupar el Palacio de Justicia, y eso es lo que intentaba el oficialismo.

La mentada lista de conjueces, poblada por diez juristas de pertenencia definidamente kirchnerista, fue aprobada por mayoría simple en el Senado. El problema es que su objetivo es ejercer, eventualmente, como Ministro de la Corte Suprema, y a tal fin, la Constitución Nacional establece la necesidad de los dos tercios de los miembros de la Cámara Alta.

Del mismo modo que no se puede ser Presidente de la Nación de otro modo que mediante el voto popular, obteniendo determinados porcentajes o yendo a una segunda vuelta; ni se puede tampoco detentar la calidad de legislador nacional sin ser electo por el pueblo; no se puede ejercer ni un minuto el rol de Ministro de la Corte Suprema sin los dos tercios de los respaldos de los miembros del Senado. Cualquier otro mecanismo es inconstitucional.

Es cierto, la Corte eligió el momento para resolver en esta causa, y lo hizo en su carácter de tribunal político, como cabeza de uno de los poderes del Estado, el que define el sistema republicano, y en defensa de los derechos propios y de terceros, preservando la tan agraviada institucionalidad.

Buscan destrozar la Corte Suprema

El Gobierno quiere modificar la ley que organiza la justicia para que su lista de conjueces, irregularmente designados, ocupe los espacios vacantes en el máximo tribunal una vez que amplíe el número de miembros.

Es el Plan B por si el pliego de Roberto Carlés no pasa por el Senado. El Gobierno presentaría primero un proyecto de modificación del Decreto Ley 1285, que cuenta con diversas modificaciones -especialmente la de la ley 23498 de 1987, que en su artículo 22 establece los mecanismos para que la Corte Suprema de Justicia pueda llevar adelante sus funciones en caso de que su integración quede disminuida en número.

La previsión de dicha norma es aplicable para cuando exista “recusación, excusación, vacancia o licencia” de alguno de los miembros del Tribunal y establece el siguiente mecanismo: los cargos serán cubiertos mediante un sorteo entre los presidentes de la Cámaras Federales de todo el país, y solamente en caso no poder completarse el Cuerpo de este modo, se realizará otro sorteo entre una lista de conjueces que es permanente, esta integrada por diez abogados, y debe ser propuesta por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.

Lo que el proyecto oficial pretende es suprimir de este orden de suplencias a los presidentes de las Cámaras Federales, es decir, que ante una vacancia en la Corte, se pase directamente al sorteo de la lista de conjueces. ¿Por qué? Simple, la lista ya esta armada, fue postulada por el Ejecutivo y avalada por mayoría simple del Senado el año pasado, y esta integrada en su totalidad, por personas absolutamente afines y controlables por el Gobierno.

El paso siguiente es ampliar el número de miembros de la Corte Suprema de los 5 que actualmente prevé la ley hasta 9 ministros. Como con la renuncia de Eugenio Zaffaroni, hoy quedan en sus cargos 4 magistrados, para cada sentencia se sortearían 5 conjueces para alcanzar la formación completa de 9, y siempre inevitablemente, el kirchnerismo tendría mayoría.

Los conjueces actualmente designados son: León Carlos Arslanian, Tomás Hutchinson, Ernesto Alberto Marcer, Héctor María García Cuerva, Arístides Horacio María Corti, Carlos María Carcova, Walter Mario Huggias, Raúl Gustavo Ferreyra, Ricardo Augusto Nissen y José Rolando Chirico. Alcanzaron ese lugar con una votación en el Senado que se decidió por mayoría simple, es decir que una vez más, se violaría la Constitución, porque la mayoría de la Corte Suprema quedaría integrada por miembros que no tienen el aval de los dos tercios de los miembros presentes del Senado, como establece la Carta Magna.

La maniobra es la precarización absoluta de la cabeza del Poder Judicial, para fines personal del grupo de gobierno. El sistema actual, que prevé el primer reemplazo de entre los presidentes de las Cámaras Federales, cuenta con la legitimidad de que estos han pasado por el proceso de selección del Consejo de la Magistratura previamente a ser designados en sus cargos y tienen desde su nombramiento, estabilidad constitucional: duran en sus cargos mientras dure su buena conducta. Esta estabilidad es la que los hace independientes del poder político.

El kirchnerismo ha jugado y manipulado la Justicia a gusto, desde su inicio. En el año 2006 los miembros del Alto Tribunal eran 9, pero el gobierno decidió sancionar una ley que reducía el número primero a 7, hasta llegar por renuncias o vacancias a los 5 ministros. Ese número, que constituyó la finalidad última de aquella ley de 2006, se alcanzó hace menos de un año, en mayo de 2014, tras el fallecimiento de Carmen Argibay. Tan solo 11 meses después, el gobierno pretende llevar el número otra vez a 9 miembros.

Es cierto que la jugada es de corto vuelo. Este gobierno termina su mandato solamente en unos meses y no son muchas las causas que en ese plazo deba resolver la Corte. Cualquier otra administración que lo preceda volverá al sistema anterior, o al menos tendrá la legitimidad necesaria para designar juristas en los cargos vacantes, con el mecanismo marcado por la Constitución, con el aval de los dos tercios del Senado. Entonces ¿por qué este apuro?

En Tribunales especulan con que el Gobierno quiere dejar cerrada, con el carácter de “cosa juzgada”, para que no pueda ser revisada en el futuro, la denuncia del extinto fiscal Alberto Nisman. Más allá de lo que vaya a hacer la Cámara de Casación Penal con el recurso del fiscal Moldes, todavía queda la instancia de la Corte Suprema para que revise el fallo y determine si la denuncia debe o no investigarse. El oficialismo cree que esta Corte ordenará reabrir la investigación, lo que mantendrá la causa abierta hasta el recambio presidencial y su suerte quedará en manos de una Justicia independiente, el kirchnerismo ya sin la capacidad de presión que le da detentar el gobierno, quedará expuesto a ser investigado por tal conspiración con el regimen iraní. Pero si el grupo de conjueces irregularmente designados copa la Corte, seguramente dicte un fallo definitivo e irrevocable, que cierre la causa y que permita que jamás vuelva a abrirse por imperio de la “cosa juzgada”.

En tanto, la Justicia termina siendo tierra arrasada. Con el Ministerio Público politizado y manipulado, el Poder Judicial corrompido, atemorizado e ilegítimo; la recuperación institucional de la Argentina de este decenio de maltrato llevará, al menos, unos 20 años.

Estado, el supersujeto

A partir de la sanción del nuevo régimen de responsabilidad del Estado frente a los particulares, sea por sus acciones u omisiones, el sistema constitucional de igualdad ante la ley se ha roto. Una vez más, los representantes del pueblo disparan contra él, generando la existencia de un supersujeto impune, con actividades similares, pero un régimen absolutamente diferenciado, dejando indefensos a los ciudadanos.

En la misma línea de la ley que se aprobó en el Congreso, limitando la posibilidad de obtener medidas cautelares contra el Estado Nacional, y que fuese declarada inconstitucional por todos los jueces de primera y segunda instancia que evaluaron el tema, y luego por la mismísima Corte Suprema, otra vez el Gobierno y los legisladores que le responden alejan al Estado de la gente, muestran que ese instrumento que controlan es superior a cada ciudadano, y puede hacer con nosotros lo que guste sin hacerse responsable.

En medio de la “cortina de humo” de las reformas del Código Civil y Comercial, se ha dado media sanción a la ley que limita la responsabilidad del Estado frente a los ciudadanos. Por solamente mencionar algunos ejemplos, si el Estado le provoca a usted un daño, no le será posible reclamarle lucro cesante. ¿Qué es eso? Si yo lo atropello con el auto, no solamente debo pagarle (o mi compañía de seguros) su tratamiento y recuperación, sino además el dinero que “dejó de ganar” el tiempo que estuvo sin poder realizar sus trabajos habituales por mi culpa. Esto se calcula de acuerdo con lo que el atropellado gana por mes habitualmente, y si no lo ha percibido dado que se encontraba recuperándose por mi inconsciencia o error, debo resarcirlo. El artículo 12 de la nueva ley dice que “en ningún caso procede la reparación del lucro cesante”. ¿Por qué? Porque no, viejo, porque desde ahora es usted un ser inferior.

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Inducción con engaños

Los periódicos dan cuenta, con cada vez mayor insistencia en los últimos días, sobre la voluntad de Martín Insaurralde de no ocupar su banca de diputado nacional, obtenida por el partido de gobierno en las últimas elecciones legislativas. No es prudente anticiparse y tal vez se trate solamente de un rumor, y la función de estas líneas seguramente sea, en el fondo, ilustrar a Don Insaurralde sobre las consecuencias de tal acción.

El artículo 141 del Código Nacional Electoral se encuentra dentro del “Capítulo II- Delitos Electorales” y se titula “Inducción con Engaños”. Establece que “se impondrá prisión de dos meses a dos años, al que con engaños indujere a otro a sufragar de determinada forma o abstenerse de hacerlo”. La conducta del diputado electo encuadraría dentro de dicho tipo penal en forma clara y flagrante, en caso de no ocupar el próximo 10 de diciembre la banca para la que fue electo. Insaurralde se presentó como candidato de un partido político a diputado nacional.

Encabezó la lista, de modo tal que su presencia -debe entenderse- era aquella más especialmente atractiva para el electorado; su partido creyó que debía encabezarla para obtener más sufragios. Formuló una larga lista de promesas respecto de cómo desempañaría el cargo para el que se estaba postulando, y en base a ello los ciudadanos lo consagraron diputado nacional. Evidentemente, Insaurralde “indujo” el voto a su favor. Es decir, pidió el voto del ciudadano en base a promesas de un futuro mejor, y tal futuro promisorio se basaba en que él fuese electo diputado, porque para eso y para ninguna otra cosa se postulaba. Y a la postre, en caso de no asumir su banca, tal inducción resulto perpetrada con “engaños”, habida cuenta de que jamás podría cumplir todo aquello, porque no se sentará en la banca.

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Con impunidad no hay cambio

Como muchas elecciones de medio término en períodos anteriores, esta parece ser el preanuncio de tiempos de cambio en la Argentina, de mantenerse los resultados que arrojaron las primarias. Así como las legislativas de 1987 desencadenaron el fin del alfonsinismo, las de 1997 marcaron la conclusión del menemismo, estas de 2013 pueden ser la última pendiente de la montaña rusa kirchnerista.

Y como bien dijo el gobernador bonaerense Daniel Scioli, primer K en reconocer esta realidad, “este gobierno debe terminar lo mejor posible”. Finalizar como en los dos casos mencionados en el párrafo anterior sería dramático para muchos argentinos e implicaría, una vez más, empezar de cero.

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La senda revolucionaria

Planteamos en nuestra columna anterior que la Argentina necesita una revolución inversa, es decir, un cambio de los parámetros sociopolíticos que llevan a que vivamos en un entorno donde el hecho se impone a la ley. Se dijo también que a diferencia de una revolución ordinaria, ésta es pacífica, porque justamente el apego a la ley hace repugnante cualquier modo de violencia.

Dicha revolución no es ni puede ser una declamación moralista o utópica, por el contrario, debe consistir en una secuencia de hechos concretos, realistas, necesarios. La revolución inversa incluye un plan de gobierno pero va mucho más allá de él, es en realidad un proyecto de país, que surge de esas añoranzas de una Argentina que tal vez nunca vimos pero creemos que alguna vez existió; de nuestras potencialidades intelectuales, pero también morales y emocionales; del ejemplo de los países que nos gustaría ser, pero en el marco de nuestra idiosincrasia y nuestras costumbres.

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