El círculo rojo

El círculo rojo es un círculo de sangre. No apunta a las referencias que hizo Mauricio Macri hace unos meses, en las que se refería a sectores de poder real que no resultan conocidos para el gran público. Este círculo es otro, es el que comienza con la constitución de la Conadep en 1983 y termina de cerrarse con la designación del general César Milani como jefe oficial del Ejército, con aval del Senado de la Nación. Es un círculo de dolor, de tragedia, de persecución y muerte que no puede resolverse volviendo hacia atrás.

La Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) fue creada por Raúl Alfonsín el 15 de diciembre de 1983. Sólo cinco días después de asumir su mandato presidencial. Su informe, el Nunca más, sirvió de alimento y guía a la Cámara del Crimen que juzgó a los genocidas. Los condenó el 9 de diciembre de 1985. A partir de allí comenzó el círculo a generarse; luego de la sentencia, se inició el camino de retorno a la injusticia.

En Semana Santa del 87’ el primer levantamiento militar y la ley de Punto Final. En el ’89 el segundo alzamiento y la Obediencia Debida. En el ’90 el tercero y los indultos. La lucha democrática y por la justicia no cejó, y en 1998 el Congreso derogó las leyes de punto final y obediencia debida, con un proyecto que llevó la firma de Humberto Roggero, Carlos “Chacho” Álvarez y Federico Storani. En mayo del 2000, el juez federal Gabriel Cavallo dictó la primera sentencia declarando inconstitucionales los indultos y reabriendo las causas, y en noviembre del mismo año, la Cámara Federal avaló la sentencia de Cavallo. A partir de allí comienzan a reabrirse muchas y voluminosas causas contra los genocidas, como las de apropiaciones indebidas de hijos de desaparecidos; la del Primer Cuerpo de Ejército, etcétera.

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Acefalía y futuro

En estas pocas horas, desde que la presidente sufrió un problema importante de salud que la mantendrá alejada de sus funciones, se multiplicaron las preguntas por el funcionamiento del sistema de relevos previsto legalmente para estas situaciones, y algunas cuestiones coyunturales que acompañan el nuevo panorama institucional. De ese modo, vale la pena evacuarlas todas juntas, una por una.

Lo primero que hay que decir es que el Poder Ejecutivo es “unipersonal”. El vicepresidente no es parte de él. Pero tampoco es un legislador. La figura es más bien un híbrido jurídico que cumple el rol de “suplente”. Su trabajo habitual es presidir el Senado, y el extraordinario, suplantar al presidente. De tal manera, el vicepresidente de la Nación solamente será “Poder Ejecutivo” cuando las circunstancias descriptas por la Constitución lo lleven a suplantar al presidente. Sería el caso de Amado Boudou ante esta ausencia de Cristina Fernández.

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Zamora aplica la doctrina Carlos Saúl

La jueza Andrea Suárez, de Santiago del Estero, dictó el pasado 16 de septiembre, una sentencia por la cual declara inconstitucional una cláusula transitoria de la Constitución de su provincia, que impide al actual gobernador presentarse a una segunda reelección.

El mandatario de esa provincia, Gerardo Zamora, de origen radical, pero completamente entregado al kirchnerismo desde el inicio de su gestión, asumió en 2005. Durante su primer período, mandó a reformar la Carta Magna provincial que prohibía las reelecciones, para poder volver a intentar otro mandato entre 2009 y 2013, cosa que consiguió. Como necesitaba el apoyo de fuerzas opositoras en el legislativo provincial, llegó a un acuerdo para incluir una cláusula transitoria que indicaba que el mandato entonces vigente de Zamora debería computarse como “primer mandato” en caso de reelegir.

¿A qué obedece esa cláusula transitoria? Simple. Cuando Carlos Menem consiguió reformar la Constitución Nacional para ser reelecto -cosa que ocurrió en 1995-, inmediatamente surgió la tesis entre los menemistas “de paladar negro” de que el primer mandato de seis años del riojano, regido por la Constitución previa a la reforma, no podía considerarse justamente primero, porque partía de un cuerpo jurídico diferente que establecía otro régimen. Que el mandato para el que fue electo entre 1995 y 1999 era en realidad el primero del nuevo sistema y, por ende, tenía posibilidad de ser reelecto nuevamente. Los medios lo llamaron la “re-reelección”. Y de no ser por el estruendoso fracaso del gobierno entre 1997 y 1999, y la brutal debacle económica, con recesión, caída del empleo y escándalos de corruptela por doquier, tenga la certeza el lector de que tal elucubración diabólica se hubiese puesto a consideración de la Corte Suprema de Justicia, por entonces con “mayoría automática” vigente.

Existe otro antecedente similar. En la Provincia de Buenos Aires, el ahora diputado nacional Felipe Solá inició su primer mandato como vicegobernador de Carlos Ruckauf en 1999. Un vicegobernador no es un legislador aunque presida el Senado provincial. Es un suplente del gobernador. Y si bien no puede considerarse “Poder Ejecutivo” propiamente (porque éste lo ejerce una sola persona, en este caso el gobernador), el vice es una suerte de suplente de ese Ejecutivo. Tanto fue así, que Ruckauf renunció en 2002 y Solá efectivamente asumió la gobernación. Fue reelecto en 2003, y en 2007 pretendió volver a la carga, esgrimiendo que su primer mandato fue fruto de la aplicación de la Ley de Acefalía. Sus pretensiones fueron rechazadas por la Justicia, como es lógico.

La intentona de Zamora en Santiago del Estero es aún más ridícula y totalmente lesiva del orden jurídico. Porque en base a la doctrina menemista de que el segundo mandato era el primero del nuevo régimen, “el constituyente” provincial tomó el recaudo de incorporar una cláusula transitoria bloqueando esa chance, y dejando explícito que “El mandato del gobernador de la provincia, en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma, deberá ser considerado como primer período”. Este artículo es el que la jueza Suárez declaró inconstitucional para habilitar la segunda reelección de Zamora, es decir, el artículo específicamente colocado en la Constitución para que esto no ocurra.

Todavía falta que esta ocurrencia dantesca de la magistrada pase por las Cámaras de Apelaciones, la Corte Provincial y eventualmente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Y seguramente en algunas de estas instancias, la ridiculez encontrará un límite.

Pero aun así, sería deseable dejar de elegir gobernantes de esos que sistemáticamente intentar violar la ley, que les importan un comino las normas dictadas por asambleas soberanas o representantes del pueblo, que pretenden reinar y no administrar. Resulta hastiante tener que andar recurriendo constantemente a los Tribunales para que los mandatarios se avengan a cumplir las normas. Las leyes están para que todos las cumplamos, pero especialmente y en primer lugar, los mandatarios. Haga un poco de memoria, gobernador Zamora, recuerde cómo terminó el ex gobernador Juárez por erigirse en emperador de su misma provincia.