Cómo se combate la corrupción

Ignacio Boulin Victoria

Es frecuente en las columnas políticas argentinas sostener que la corrupción carece de peso electoral en épocas de bonanza, pero recupera importancia en períodos de crisis. Previsiblemente, el pedido de indagatoria al vicepresidente Amado Boudou no hará más que aumentar la relevancia del asunto en la agenda pública.

Ahora bien, si queremos pasar el foco del diagnóstico al tratamiento, la pregunta que debemos hacernos es simple: ¿cómo se hace para combatir la corrupción? 

La respuesta no es tan fácil—y menos lo es su puesta en práctica. Sin embargo, tampoco es imposible. Vayamos por partes.

En primer lugar, para entender el fenómeno debe ampliarse la perspectiva. Tal como sostiene Lawrence Lessig, profesor de la Universidad de Harvard, la corrupción no es sólo política, sino institucional. Un ejemplo puede explicar bien la necesidad de ensanchar el panorama: si una compañía farmacéutica hace un regalo a un médico, ¿está influyendo en la manera en la que este médico hace sus recetas? Este comportamiento ¿genera confianza o desconfianza en el público en general? ¿Entra esta acción dentro de la idea de corrupción?

En segundo lugar, hay que intensificar el control en cuatro variables distintas.

Primeramente, es necesario un control judicial efectivo sobre las transgresiones a la ley. Para esto, se necesitan jueces independientes (tanto del gobierno como de los particulares), capaces y con recursos. El ranking elaborado por The World Justice Project, en el que la Argentina quedó muy relegada a nivel de lo que suele llamarse “estado de derecho”, es sólo una de las pruebas de que en materia de independencia judicial Argentina no viene cumpliendo una buena labor. Agustín Mackinlay, en su blog Contrapesos, mide la independencia judicial a través de distintos criterios entre los que incluye la forma de nombramiento y permanencia de los jueces. Situaciones  como la del fiscal Campagnoli muestran un panorama sombrío. En cambio, el nombramiento de los jueces de la Corte Suprema durante la presidencia de Kirchner muestran que el proceso se puede desarrollar con transparencia y eso construye institucionalidad.

A nivel gubernamental, una fiscalización administrativa intensa es otro pilar importante. Se requiere aquí que quien controla a la Administración Pública no dependa de quien ejerce la gestión. Si quien debe dar el visto bueno a una contratación pública puede ser removido sin mayores dificultades por el funcionario que quiere contratar, el incentivo para controlar no es demasiado alto.

El tercer criterio es un control social eficaz, a través de una prensa que investiga y una sociedad civil que presiona. Medios de comunicación fuertes son fundamentales—y esto quiere decir, sin temor a la incorrección política, medios grandes—aunque no oligopólicos—con espaldas para aguantar presiones del gobierno u otros grupos de poder. Un ejemplo muy claro al respecto: las revelaciones de Wikileaks no hubieran producido el impacto que tuvieron sin The Guardian, el New York Times, o El País difundiéndolas. Ahora bien, los medios de comunicación también pueden traicionar la confianza pública cuando ocultan información que perjudica sus intereses o cuando operan con fines partidarios. La ley de medios ataca un punto crítico en este sentido: la relación de las empresas de medios con las prestadoras de servicios públicos. 

El cuarto aspecto engloba al resto: se precisa control político. Es decir, que las oposiciones, nacionales y provinciales, ejerzan su rol con eficacia. Una oposición endeble dificulta la independencia judicial, hace insostenible la libertad de expresión, debilita a la sociedad civil y deja sin sanción política la falta de control administrativo.

 

¿Cuál es el rol de quien gobierna? Pues puede verse básicamente en dos niveles. Por un lado, debe promover activamente el gobierno abierto y transparente—por ejemplo, a través de las leyes de acceso a la información pública. Por el otro lado, evita presionar indebidamente a la prensa y los jueces. Recalco el término “indebidamente”: impulsar un juicio político a un juez corrupto no puede ser contado como una presión indebida.

 

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