¿Es acertado cambiar la sede de pago?

J. I. García Hamilton (h)

En medio de la compleja situación por el juicio con los fondos buitre, el Poder Ejecutivo Nacional informó el envío al Congreso de un proyecto de Ley que busca cambiar la jurisdicción de los bonos cuyos fondos se encuentran hoy congelados por decisión del Juez Griesa, y efectivizar los pagos en Argentina a través de un nuevo agente de pago.

El proyecto que consta de 15 artículos, entre otras cuestiones, ratifica la voluntad de pago del país y remueve como agente de pago al Bank of New York Mellon reemplazándolo por Nación Fideicomisos SA. Propone a los bonistas canjear sus títulos por nuevos pagaderos en Argentina y sujetos a ley de este país, pero deja abierta la opción de que elijan otro agente de pago. En cuanto a los holdouts, ofrece pagarles lo mismo que a los bonistas que ingresaron a los canjes de 2005 y 2010 si aceptan canjear ahora, haciendo los depósitos correspondientes en la misma cuenta de Nación Fideicomisos.

Al manifestar la intención de cambiar la sede de pago, el gobierno nacional confirma el estado de cesación de pago –léase default- y eliminaría las especulaciones sobre un posible arreglo una vez que venza la cláusula RUFO, que hasta aquí era la causa exteriorizada del no cumplimiento de la sentencia de Griesa.

De ser sancionada esta ley en los términos en que fue enviado al poder legislativo nacional generaría diversas consecuencias que podemos considerar desde cinco aspectos diferentes.

En primer lugar, en relación con los tenedores de bonos con ley en Nueva York, es importante tener en cuenta que muchos de ellos se ven imposibilitados de aceptar el nuevo canje. Esto es porque según sus propios estatutos no pueden ser poseedores de bonos sujetos a ley argentina o cuyo pago se realice en este país. Aún si consideraran posible el cambio de sede de pago, no pueden acceder o solicitar el mismo por cuestiones atinentes a su objeto. Por ende, a aquellos que no quieran o no puedan aceptar el canje, y el estado de cesación de pagos continúe, ¿se les responsabilizará del mismo por no aceptar esta novedosa opción?

En segundo término, en referencia a la posibilidad que el proyecto otorga a los bonistas de elegir un nuevo agente de pago en reemplazo del Bank of New York Mellon, suena improbable que alguna entidad internacional acepte un posible ofrecimiento, sabiendo que sería considerado un incumplimiento a la sentencia de Griesa, ratificada por la Cámara de apelaciones.

En cuanto a la oferta para el 7,6% de tenedores de bonos que no ingresaron al canje en los años 2005 y 2010 –holdouts-, parece difícil suponer que los fondos buitre que hoy tienen una sentencia a su favor, acepten una quita del 65% sobre los términos de esa sentencia firme. Para quienes aún no tienen una sentencia favorable pero sí expedientes iniciados, parecería adecuado pensar que preferirán esperar el final de la situación actual para decidir su accionar.

La cuarta cuestión a tener en cuenta es que la sanción y posterior entrada en vigencia de la ley implicaría un desacato a la orden judicial. Así ya lo manifestó el Juez interviniente en una audiencia solicitada por los fondos buitre. “Esa propuesta es inválida e ilegal, y constituye una violación de las órdenes de este tribunal”, sostuvo Griesa, que atribuyó el mismo calificativo a toda entidad financiera que intente “colaborar” para llevarla a cabo. Si bien las consecuencias prácticas del desacato parecerían de compleja aplicación, éste no puede considerarse un incentivo a la búsqueda de inversiones.

Finalmente, y no menos importante, en el hipotético caso que todo lo anterior fuere omitido o minimizado y se sancionara la ley, el problema de fondo no se habría solucionado. Esto es, la sentencia a favor de los fondos buitre seguiría vigente, y éstos sin dudas comenzarán una nueva etapa de batallas jurídicas –y pedidos de embargos sobre activos argentinos- en pos de hacerse del cobro de crédito.

En conclusión, la intención del ejecutivo no parecería la más adecuada para encontrar una solución definitiva para el problema judicial con los fondos buitre.