Argentina y la deuda

Según colegas más dedicados a la Historia Argentina incurrió en default entre 8 y 10 veces. Solo en las últimas tres décadas (extendidas hasta 1982), el país entró en default aproximadamente cada 10 años, con todos sus concomitantes de desestabilización económica y financiera, destrucción de riqueza, atraso y pérdida de bienestar.

En cada default, la deuda pública es criticada, por los gobiernos en ejercicio y por amplios sectores de la política y de la sociedad. Pero no es criticada por las razones correctas. Porque la deuda no se originó en compensaciones exigidas por alguna potencia luego de un conflicto militar. Ni tampoco en la necesidad de reconstruir alguna parte del país arrasada por fenómenos naturales.

El origen de la deuda es esencialmente el déficit fiscal. En consecuencia, la responsabilidad de la deuda es del exceso de gasto público –además creciente- por encima de la recaudación. Y ni siquiera sabemos qué rol positivo puede haber cumplido la deuda incurrida en distintas administraciones. Continuar leyendo

La prioridad es salir del default

El pago de Argentina no llegó a los bonistas por el fallo del Juez Griesa. El gobierno rechazó arriesgar la cláusula RUFO. Las agencias Fitch, Moody’s , Standard & Poor’s, la china Dagong y el ISDA, declararon default. El Gobierno cuestionó el fallo, recurrió a La Haya y solicitó la intervención del Presidente de EEUU.

El fallo es criticable pero está firme. Los fondos litigantes son especulativos pero hay y habrá acciones judiciales de holdouts originales. El riesgo de la cláusula RUFO es real. Pero si se espera, también es real el riesgo de la aceleración y cross default.  Cualquiera de estos dos riesgos llevaría a una reestructuración de la deuda, postergando el financiamiento externo y postrando la actividad y el empleo.

Si se abstrae por un instante de los encendidos intercambios entre las partes, sólo hay tres alternativas para reponer la cautelar (stay) y retomar la normalidad.

El mejor escenario fue y es una negociación privada sin intervención del Estado, que diluye la cláusula RUFO. Se requiere que sea rápida para neutralizar los riesgos de aceleraciٚón y cross default. El aumento de valor de las tenencias de títulos luego de la reposición de la cautelar ayuda a compensar pérdidas. Más aun si se atacan los desequilibrios que afectan la economía, sea por esta administración o la siguiente.

Si el intento privado falla, una segunda alternativa es pagar la sentencia sin negociación, alejando la RUFO por ser una orden judicial. Sin negociación el pago debería ser de contado. Si ello se extiende al resto de los holdouts, resulta un total incompatible con el nivel previsible de los presupuestos y de las reservas internacionales. Pero el Juez podría sentenciar el pago en títulos.

Una tercera alternativa es que el Juez Griesa dé el stay contra la sentencia de un depósito de garantía por un monto  no superior al pagado a los bonistas reestructurados. El riesgo RUFO se aleja por ser una orden judicial y, además, por no entregar más que a los bonistas del canje. Si a partir de 2015 la negociación  termina en un monto mayor, habrá presentaciones de que la garantía era un pago a cuenta y de aplicar la RUFO. En tal caso habrá que discutir.

La situación de default genera fuerte incertidumbre y expectativas negativas, agravando las dificultades preexistentes de fuerte inflación, recesión, déficit fiscal, limitadas reservas, restricciones cambiarias y debilidad de la inversión.

El Gobierno debe despejar esa incertidumbre y aclarar qué actitud tomará con el vencimiento del 30 de septiembre, si tomará iniciativas para prevenir el riesgo de aceleración, si estará dispuesto a negociar un acuerdo con los litigantes a comienzos de 2015, si extenderá una oferta a todos los holdouts de modo de evitar la continuidad de juicios.

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Deuda en litigio: una salida posible

La exposición que alcanzó la discusión con los holdouts litigantes ha pasado a ser la preocupación prioritaria del Gobierno, políticos, mercados, inversores, empresas y consumidores, generando incertidumbre y postergación de decisiones en una economía que tiene muchos frentes críticos que resolver.

En los pocos días que faltan es imperativo encontrar una solución no conflictiva. Si bien el juez Griesa acaba de rechazar la reposición del stay, ello no tiene porqué ser definitivo. Por otra parte, Argentina ha expresado, en el máximo nivel del Ejecutivo, su vocación de cumplir con todos los acreedores.

Existe una alternativa que debería convocar la aquiescencia de todas las partes. Y es que el juez Griesa reponga el stay hasta una fecha próxima contra su exigencia de un depósito de garantía por parte de Argentina -en efectivo o en bonos- por un monto que no supere lo que se ha entregado a los bonistas que aceptaron los canjes. Esa fecha próxima podría ser el 30 de septiembre –próximo vencimiento-, pero idealmente la fecha de extensión del stay sería el 31 de diciembre, de modo de que venza la cláusula RUFO, y quede libre de ambigüedades jurídicas cualquier desenlace posterior que logre alcanzar el mediador designado Pollack.

Para Argentina esta solución debería ser aceptable, ya que estaría cumpliendo una sentencia y no entregaría en garantía más que lo acordado con los bonistas reestructurados. Para el Juez Griesa, el mediador Pollack y los holdouts el acatamiento de la garantía exigida sería una manifestación material de la voluntad de pago y buena fe de Argentina.

Esta alternativa despejaría por algunos meses la incertidumbre e inmovilidad que por este tema está afectando a la economía. Y entretanto Argentina debe prepararse en ese período para resolver la situación con todos los holdouts, de modo de eliminar definitivamente ese peso muerto sobre las calificaciones de su deuda .

El avance en la resolución de las otras dificultades macroeconómicas –inflación, déficit fiscal, recesión, restricciones cambiarias, etc.- , cuando se encare, permitirá a Argentina avanzar hacia su riesgo país de equilibrio, que es muy inferior al actual.