Digesto Jurídico o Caballo de Troya

Liliana Negre de Alonso

El artículo 76 de la Carta Magna establece una prohibición de suma claridad: no a la delegación de facultades legislativas. Sin perjuicio de ello, y teniendo en cuenta posibles supuestos de crisis y asuntos de mera administración, establece excepciones en estos últimos casos. Sin encontrarse satisfechos los constituyentes, y para que quede en claro que nuestra función es proteger y velar por la correcta aplicación de las leyes, establecieron requisitos adicionales para estos casos excepcionalísimos: que haya un plazo limitado para el ejercicio de las atribuciones y con determinación de las bases de la delegación.

Con la sanción de la ley que aprueba el Digesto Jurídico, estos mandatos constitucionales que hacen a la forma republicana de gobierno y a la división de poderes parecen haber caído en oídos sordos. Particularmente porque se incluyen en el Digesto numerosisimas normas que contienen delegaciones de atribuciones del Congreso al Ejecutivo, y que ya habían quedado caducas el 22 de agosto de 2010. Hoy resucitan como derecho vigente, y lo hacen para regir por siempre. Por si esto no fuera suficiente, la ley respectiva le quita al Congreso la facultad de determinar la autoridad de aplicación de las normas. Un sencillo camino para desnaturalizarlas. Por ejemplo, determinando que una ley de ambiente sea aplicado por el Ministerio de Economía o que una norma de tratamiento de las adicciones se encomiende al Ministerio de Seguridad, en lugar del Ministerio de Salud.

Homero nos narraba la historia del Caballo de Troya, en la que Ulises elabora un plan que permitiría al ejército griego internarse en la ciudad y conseguir la victoria. Para ejecutar esta idea, se construyó un gran caballo de madera hueco por dentro, donde los soldados se escondían en su interior, mientras que el resto del ejercito fingía el retiro, pero realmente aguardarían en la isla de Tenedos para atacar. El Digesto es un aparato similar que, con apariencia de un inocente caballo de madera, trae dentro suyo la mas fenomenal apropiación de funciones exclusivas del Congreso. Detrás del almibarado discurso de restablecimiento de la certeza en el derecho, de la seguridad en el texto de las normas, se esconde un gran monstruo.

En la última reforma, una de las ideas fuerza de los reformadores fue reducir el presidencialismo y restablecer el equilibrio entre los tres poderes. Desde hace uno cuantos años el Ejecutivo obcecadamente ha venido burlando ese propósito, apropiándose de facultades del Congreso y engordando las atribuciones del Presidente. Hoy, nuestra Presidente puede dictar impuestos, aplicar sanciones penales, establecer cepos, en suma, suplir al Congreso borrando con el codo, varios artículos de la Carta Magna. 

Nuestra historia está jalonada de constantes luchas por limitar los poderes presidenciales, cada vez que intentaron arrogarse facultades judiciales, crear comisiones, abroquelar al Poder Judicial con tribunales administrativos, etc. Ese itinerario hoy ha sufrido un enorme retroceso. Será tarea del próximo gobierno desarmar este Caballo de Troya y volver a restablecer el equilibrio de los poderes. En ello se juega la real defensa de los derechos de los habitantes, cuyo seno es esencialmente el Congreso.