El impuesto a las ganancias se debería pagar sólo por el excedente

Roberto Basualdo

Hoy, el presidente Mauricio Macri anunció un nuevo mínimo no imponible del sueldo bruto que será de treinta mil pesos para los casados con dos hijos.

Por mi parte, considero que lo bueno sería que únicamente se pagara impuesto a las ganancias por el excedente. Por ejemplo, si una persona tiene un sueldo de 31 mil pesos, termina ganando menos que la que tiene un sueldo de 30 mil pesos. Lo ideal es que si el sueldo es de 31 mil pesos, se abone el tributo sólo por el excedente, o sea, por mil pesos, y así sucesivamente. Cuando venga el paquete de leyes al Congreso, esta va a ser una de mis propuestas de mejora.

Por otro lado, hay que analizar qué se puede deducir y qué no. Hoy una persona física no puede deducir un alquiler del impuesto a las ganancias, una empresa sí. La actividad de las automotrices ha caído muchísimo, Fiat suspendió gente en Córdoba y Volkswagen también, porque el mercado brasilero no ha funcionado como tiene que funcionar. Si nosotros le damos la posibilidad a la gente de descontar de ganancias la compra de un auto por leasing, fomentaríamos la actividad y ayudamos a reactivar la economía del país.

En el Senado presenté una gran cantidad de proyectos sobre impuesto a las ganancias. Uno de ellos tiene como objetivo que se puedan deducir del impuesto a las ganancias los montos abonados en concepto de alquiler de vivienda única habitada por el contribuyente.

Tal cual está redactado el proyecto de ley, un contribuyente con capacidad contributiva que permita acceder a un crédito logra deducir del impuesto a las ganancias los pagos de interés devengado por el crédito hipotecario. Sin embargo, alguien que paga el mismo valor en concepto de alquiler de una casa no puede deducir el monto en el impuesto. Con esta iniciativa buscamos poner un manto de justicia y equidad.

Los sistemas tributarios deben avanzar en progresividad y ecuanimidad, es decir, que recaiga con más fuerza en aquellos que más poder adquisitivo poseen, sin embargo, la situación actual no parece reflejar este concepto, por eso genera gran expectativa empezar a trabajar seriamente con este tema.

Otro proyecto de ley que impulso tiene como objetivo eximir del impuesto a las ganancias las sumas recibidas por personas físicas o jurídicas en concepto de aportes no reembolsables destinados a la investigación y el desarrollo.

Los montos otorgados por entidades oficiales o privadas con el ánimo de incentivar la innovación en el ámbito de los emprendedores no siempre son suficientes para solventar el proyecto. Si además le sumamos que estos son alcanzados por el impuesto a las ganancias, se disminuye el fondeo del recurso otorgado, ya que en la mayoría de los casos los proyectos superan el año fiscal y, por consecuencia, esos ingresos pasan a integrar la base imponible del impuesto.

BASUALDO