Asalto legal

En esta nota me refiero a los políticos que permanentemente recurren a la fuerza para expandir las funciones gubernamentales que dicen es para el bien de la gente, no solo más allá de los atributos esenciales en el contexto de un sistema republicano sino en abierta contraposición a esas facultades puesto que no se limitan a proteger derechos sino que los invaden.

Es del caso recordar al abrir esta nota que la primera moneda de un centavo estadounidense, el penny, que fue diseñada por Benjamin Franklin y acuñada en cobre en 1787, tenía como leyenda “mind your business” (ocúpese de lo suyo), léase no se entrometa en lo que es de otros. Un consejo, sabio por cierto, aplicable a todos y especialmente dirigido a los gobernantes para que se circunscribieran a garantizar derechos de los gobernados en consonancia con el espíritu y la letra de los Padres Fundadores de aquella nación. Continuar leyendo

¿Para qué es el gobierno?

En realidad, el rol y las funciones del monopolio de la fuerza que llamamos gobierno se instituyó luego de que buena parte de la humanidad pudo sacarse de encima a los faraones, sátrapas, emperadores y similares, para en su lugar ofrecer seguridad y justicia, es decir, para proteger los derechos a la vida, la libertad y la propiedad, tal como rezan todos los documentos fundamentales de las sociedades abiertas.

Pero henos aquí que de un largo tiempo a esta parte, las funciones de los aparatos estatales se han ido ensanchando hasta cubrir los espacios más íntimos de las personas, con lo cual, en lugar de proteger derechos, los gobiernos se han convertido en los principales enemigos de los gobernados y estos, siempre encerrados en el dilema del “menos malo”,  sufren los embates de forma reiterada. Continuar leyendo

Otra visión del aparato estatal

Como es sabido, en Estados Unidos tuvo lugar el experimento más extraordinario en lo que va de la historia de la humanidad respecto a la libertad y a los magníficos resultados que ello produjo en los campos más diversos.

El objetivo consistió en limitar las funciones de los aparatos estatales al mínimo indispensable y al solo efecto de garantizar los derechos individuales de la gente y aun así siempre inculcando estrictos controles y severas desconfianzas al poder (como reiteraban los Padres Fundadores “el costo de la libertad es su eterna vigilancia”).

Se estableció lo que se denominó “un sistema mixto” que consistía en fraccionar el poder a través de muy diversos procedimientos.  Se dividió en cuatro grandes partes: la Cámara de Representantes, la Cámara de Senadores, la Presidencia y la Corte Suprema de Justicia. La primera era elegida por los estados miembros, a su vez divididos en distritos electorales. El Senado sería elegido sería elegido de modo indirecto a través de las Legislaturas locales que, además, votarían un gobernador y una Corte según los mecanismos dispuestos por la Constitución local, todo ello en el contexto del federalismo al efecto de maximizar la descentralización del poder, la más absoluta libertad de prensa como “cuarto poder”, el respeto irrestricto al debido proceso y una tajante separación entre religión y gobierno (“la doctrina de la muralla”). Por otro lado, los procesos electorales se llevarían a cabo en distintos períodos para distintas funciones, incluyendo rotaciones parciales en diferentes cuerpos al efecto de separar e independizar los diversos roles.

James Wilson, el redactor del primer borrador de la Constitución y profesor de derecho en la Universidad de Pennsylvania escribió que “el gobierno se establece para asegurar y extender el ejercicio de los derechos naturales de los miembros y todo gobierno que no tiene esto en la mira como objeto principal, no es un gobierno legítimo”. Del mismo modo, James Madison, el padre de la Constitución, sostuvo que “el gobierno ha sido instituido para proteger la propiedad de todo tipo […] Éste es el fin del gobierno, solo un gobierno es justo cuando imparcialmente asegura a todo hombre lo que es suyo” y Samuel Chase -uno de los signatarios de la Declaración de la Independencia donde se subrayó el derecho a la resistencia frente gobiernos opresivos- escribió que “Un acto de la legislatura (ya que no puedo llamarla ley) contrario a los grandes primeros principios no puede considerarse el ejercicio legítimo de autoridad legislativa.”

Como he recordado antes, el origen del Poder Legislativo y sus equivalentes era para administrar las finanzas del rey o el emperador puesto que la ley propiamente dicha surgía de fallos de árbitros en un proceso abierto y evolutivo y de descubrimiento del derecho y de ninguna manera como un acto de ingeniería social ni de diseño por parte de legisladores que fabrican leyes cada vez más adiposas y contraproducentes, es “la tiranía legal” de que nos habla Jean-Marc Varaut en su obra El derecho al derecho.

Ahora bien, es de interés centrar la atención en el Poder Ejecutivo en el contexto de la concepción estadounidense que Edmund Randolph y Elbridge Gerry originalmente propusieron (en la Convención Constituyente) que fuera un cuerpo colegiado: un triunvirato, al efecto de filtrar decisiones y ejercer contralores recíprocos también en ese nivel. Esto fue así a pesar de que la idea sobre el Poder Ejecutivo era limitarlo a ejecutar lo que establece el Congreso. En este último sentido, Jorge Labanca publicó un interesante trabajo titulado “El que preside no gobierna” donde destaca y desarrolla ese punto (en Ensayos en honor de Alberto Benegas Lynch, padre – escritos compilados y prólogo por Ezequiel Gallo). Por su parte, Leonard E. Read en su obra titulada Governmet, An Ideal Concept  explica que ha sido un gran error el denominar “gobierno” al aparato estatal norteamericano del mismo modo que no se denomina “gerente general” al guardián de una fábrica.

En esta línea argumental entonces, la concepción estadounidense del aparato de la fuerza fue mucho más modesta y recatada que la que se tiene hoy en día, tanto actualmente en Estados Unidos como en otras partes del mundo, situaciones que hacen aparecer a gobernantes como si fueran directores de una empresa comercial en lugar de circunscribirse a cumplir con las resoluciones administrativas que promulga el Congreso sobre entradas y salidas de fondos públicos y, en realidad no gobernar, esto es, mandar (salvo instruir circunstancialmente a los agentes de seguridad y equivalentes). De allí la sabia sentencia de Jefferson en cuanto a que “el mejor gobierno es el que menos gobierna”.

Hoy en día hay una carrera desenfrenada por ocupar cargos públicos revestidos de adjetivos inauditos como el de “estadista” (para no decir nada de las expresiones trogloditas como la de “excelentísimo”) y otras sandeces cuando en realidad, en una sociedad abierta, se trata de meros empleados que cumplen la función de guardianes de derechos igual que el guardián de una fábrica mencionado por Read. Y si se pretende introducir la ironía de Lasalle en cuanto al “vigilante nocturno”, hay que agregar que también debe ser vigilante diurno pero no constituir megalómanos que manejan a su arbitrio vidas y haciendas ajenas rodeados de todo tipo de ridícula pompa pronunciando discursos que apuntan a detentar facultades que atropellan a quienes financian sus cargos.

En el caso de la referida experiencia estadounidense, es relevante recordar que, cuando el poder tributario se excedía, la rebelión fiscal constituyó un camino muy saludable para ponerle bridas al Leviatán. Si a esto se agrega la independencia de la moneda del gobierno y la reflexión de Jefferson en cuando a la conveniencia de prohibir la contratación de deuda pública al efecto de no comprometer patrimonios de futuras generaciones que no han participado en el proceso electoral para elegir a los funcionarios que contrajeron la deuda, se habrán minimizado los atropellos del agente encargado de velar por los derechos individuales. La aludida prohibición implica asignación de derechos de propiedad a los llamados servicios públicos y comprender que la intervención en áreas inviables necesariamente hace que éstas se extienden debido al carácter antieconómico de esas intervenciones. Y no se diga que la contrapartida de la deuda estatal para futuras generaciones son los servicios de las inversiones correspondientes puesto que no hay tal cosa como “inversión forzosa”. En rigor, las finanzas públicas compatibles con una sociedad abierta no contempla tal cosa como “inversión pública” sino gastos en activos fijos para distinguirlos de los gastos corrientes (la inversión es fruto de la abstención voluntaria de consumo, lo cual significa ahorro cuyo destino es la inversión debido a que el titular estima mayor valor en el futuro que en el presente). Desde luego que la prohibición de contratar deuda por parte de los aparatos estatales no significa que les esté vedado negociar pasivos.

De cualquier modo, en términos contemporáneos, es de interés tomar en cuenta las sugerencias que he mencionado en detalle en otras oportunidades de Hayek, Leoni y Montesquieu para los poderes legislativo, judicial y ejecutivo respectivamente para así minimizar los riesgos de “tiranías electas” tan temidas por Jefferson.

Hoy estamos instalados en regímenes cleptocráticos con fachadas democráticas y esto se debe a los incentivos que quedan en pie para el desbarranque a que asistimos. Como también he dicho antes, no se trata de esperar milagros con el sistema vigente, sino de proponer vallas adicionales para controlar el poder. Hayek en las primeras líneas con que abre su libro Law, Legislation and Liberty sostiene que, hasta el presente, todos los grandes esfuerzos realizados por la tradición de pensamiento liberal han sido un fracaso, precisamente, por eso propone nuevas limitaciones al poder, porque como ha dicho Einsten no pueden esperarse resultado distintos con las mismas recetas.

Albert V. Dicey, uno de los referentes tradicionales de mayor envergadura del constitucionalismo no escrito en Inglaterra y escrito en Estados Unidos, advierte en Lectures on the Relation Between Law and Public Opinion del peligro inmenso y el deterioro de la concepción gubernamental debido “al crecimiento de la legislación que tiende al socialismo”. Demás está decir que el asunto no estriba en elegir gente “buena” y sustituirla por la “mala” y caer así en la trampa de Platón del “filósofo rey”, el tema consiste en introducir fuertes incentivos al efecto de poner coto a los reiterados abusos por parte de los aparatos estatales. Está en juego el futuro de la civilización y la supervivencia de los más necesitados. Es perentorio abrir debates sobre estos temas cruciales esbozados en esta nota.

Meditaciones sobre la ley

De un largo tiempo a esta parte, la noción original de la ley se ha deteriorado significativamente. En la tradición del common law y en buena parte del derecho romano, especialmente durante la República y la primera parte del Imperio, el equivalente al Poder Legislativo era para administrar las finanzas de los gobernantes mientras que el derecho era el resultado de un proceso de descubrimiento que surgía de otro campo: los fallos de árbitros según los convenios entre partes que el poder de policía se encargaba de hacer cumplir.

El jurisconsulto italiano Bruno Leoni, en su célebre obra La libertad y la ley, traducida a muchos idiomas, explica que “Estamos tan acostumbrados a pensar en el sistema del derecho romano en términos del Corpus Juris de Justiniano, esto es, en términos de una ley escrita en un libro, que hemos perdido de vista como operaba el derecho romano […] El derecho romano privado, que los romanos llamaban jus civile, en la práctica, no estuvo al alcance del legislador […] por tanto, los romanos disponían de una certidumbre respecto de la ley que permitía a los ciudadanos hacer planes para el futuro de modo libre y confiado y esto sin que exista para nada derecho escrito en el sentido de legislaciones y códigos”, a diferencia de lo que hoy ocurre en cuanto a que cualquier legislación puede modificarse abruptamente en cualquier dirección, en cualquier área o abarcando extensos territorios.

El filósofo del derecho Lon Fuller en The Principles of Social Order concluye que “el juez que tiene claramente en su mente que el principio del contrato puede, sin su ayuda, servir como ordenamiento social abordará su materia con un espíritu diferente de aquel juez que supone que la influencia del contrato en los asuntos humanos deriva enteramente de la legislación fabricada por el Estado”, lo cual expande en su libro titulado The Morality of Law en la que crítica muy documentadamente al positivismo legal (corriente que desafortunadamente hoy predomina en la mayor parte de las Facultades de Derecho en la que los egresados citan legislaciones, incisos y párrafos pero desconocen los fundamentos de la norma extramuros de la ley positiva).

Por su parte, Harold Berman muestra detalladamente el proceso evolutivo y abierto de las distintas ramas del derecho con independencia del poder político en el voluminoso estudio Law and Revolution. The Formation of the Western Legal Tradition y Richard Epstein explica los graves daños al derecho que surgen a raíz de la acumulación de las así llamadas leyes surgidas en avalancha de los Parlamentos, en su trabajo titulado Simple Rules for a Complex World. Y esta es precisamente la preocupación de Friedrich Hayek en sus tres volúmenes de Derecho, Legislación y Libertad al efecto de distinguir lo que es el derecho de lo que es mera legislación. En este último sentido, era la preocupación también de Marco Aurelio Risolía en su tesis doctoral titulada Soberanía y crisis del contrato en la que marca los peligros legislativos de las llamadas teorías del abuso del derecho, la lesión, la imprevisión y la penetración que lamentablemente fueron luego incorporadas al Código Civil argentino, y es la preocupación de Bruno Leoni quien en la obra antes referida escribe que “la importancia creciente de la legislación en la mayor parte de los sistemas legales en el mundo contemporáneo es, posiblemente, el acontecimiento más chocante de nuestra era”.

En sus múltiples publicaciones, Bruce Benson pone de manifiesto el carácter espontáneo del derecho y su evolución equivalente al lenguaje que es tan esencial para el hombre que no puede pensar ni trasmitir pensamientos sin esa herramienta vital. El lenguaje es un proceso que no surge de disposiciones legales sino que se va construyendo a través del tiempo (Borges decía que el inglés contaba con más palabras que el castellano porque en este último caso existía la Academia de la Lengua que, además, es un ex post facto). Hay mucho más en las elucubraciones sofisticadas de Benson y otros autores, especialmente en cuanto al tema de los bienes públicos, las externalidades y el dilema del prisionero vinculados al derecho, pero, en esta instancia, bastan los comentarios sintetizados en esta nota periodística para plantear el problema general.

Tras la avalancha del Leviatán se encuentra la idea completamente desfigurada del derecho. Como hemos dicho y repetido, las políticas nocivas de “la redistribución de ingresos”, los gastos públicos siderales, las astronómicas deudas estatales, los impuestos insoportables, las regulaciones asfixiantes, déficit presupuestarios descomunales y demás parafernalia, no se suceden por casualidad. Son consecuencia inexorable de una visión estatista que demuele las bases del derecho para entronizar aparatos gubernamentales que manejan a su arbitrio las vidas y las haciendas de la gente, en el contexto de marcos institucionales desvirtuados de su misión específica de garantizar autonomías individuales.

Veamos más de cerca la idea del derecho. Se sustenta en la propiedad comenzando por la facultad de usar y disponer del propio cuerpo y la manifestación del pensamiento de cada cual, todo en el contexto de no lesionar iguales derechos de terceros. Esto como la contratara de la condición humana, seres libres y, por ende, moralmente responsables. Si estuviéramos en Jauja, el derecho se limitaría a lo mencionado, pero como el caso no es evidentemente éste, el derecho se extiende al uso y disposición de lo adquirido lícitamente, sea del fruto del propio trabajo, de lo recibido en carácter de donación o de haberse ganado la lotería.

Independientemente del monto de la propiedad, el mantenerla, acrecentarla o consumirla, depende en la sociedad abierta del grado de apoyo del prójimo respecto a la calidad del bien o servicio que se ofrezca. Si el sujeto en cuestión se equivoca en los deseos o preferencias de los demás, incurrirá en quebrantos y si acierta obtendrá beneficios. Las desigualdades de ingresos y patrimonios son en este contexto resultado de las opiniones de terceros. De este modo, se aprovechan los siempre escasos recursos para que estén en las mejores manos. Como queda dicho, no son posiciones irrevocables, sino cambiantes según las necesidades de otros.

Como los bienes y servicios no crecen en los árboles, la asignación de factores productivos opera del modo señalado y, al aprovechar de la mejor manera los escasos recursos disponibles, se permite la maximización de los salarios e ingresos en términos reales y, asimismo, estirar el valor de las cosas en un proceso dinámico de riqueza (al contrario de la versión cavernaria de los que la ven con lentes de la suma cero).

Por el contrario, toda medida que atente contra esta asignación de derechos de propiedad inexorablemente disminuye salarios e ingresos en términos reales. Desde luego, que esto ocurre también cuando se pervierte el rol empresarial estableciendo vínculos privilegiados con el poder de turno. Eso no solo significa explotación de la gente por parte de esa casta de pseudoempresarios, sino que las desigualdades de ingresos y patrimonio resultan a todas luces injustas y el consiguiente derroche de capital reduce salarios.

Es por todo esto que Marx escribía que “todo nuestro programa se puede resumir en esto: la abolición de la propiedad privada” y es por eso que el fascismo y el nacionalsocialismo, como una mejor estrategia para una más eficaz penetración del colectivismo, propone dejar la propiedad registrada en manos particulares pero usar y disponer de ella desde el aparato estatal.

También como hemos recordado antes, Ludwig von Mises demostró que sin propiedad privada no hay precios (los precios surgen de contratos de intercambios de propiedad) y, por ende, no hay posibilidad de evaluación de proyectos, contabilidad ni cálculo económico en general con lo que, en rigor, no existe tal cosa como la “economía socialista”.

Vivimos la era de los pseudoderechos ya que significan atropellos sobre los derechos de otros con lo que se demuelen los marcos institucionales civilizados y, consecuentemente, se perjudica a todos pero muy especialmente a los más necesitados. Sin que se elimine de cuajo la propiedad, en la medida en que se la afecta tiende a debilitarse el significado del cálculo con las consecuencias apuntadas. El pretendido voluntarismo de otorgar facultades por decreto contra el fruto del trabajo ajeno, demuele la noción de derecho junto al andamiaje de una sociedad libre. En la media en que tenga vigencia “la tragedia de los comunes”, es decir, que finalmente se apunta a que la propiedad sea “de todos” en verdad no es de nadie con incentivos perversos del mal uso.

Hoy frente a cualquier problema se lo pretende resolver en el Congreso con “una ley”, situación que desconoce los fundamentos del derecho y de las mismas facultades legislativas en la tradición constitucional desde 1215.

La dimensión ética del liberalismo

El término  más empleado es “capitalismo” pero personalmente prefiero el de “liberalismo” puesto que el primero remite a lo material, al capital, aunque hay quienes derivan la expresión de caput, es decir, de mente y de creatividad en todos los órdenes. Por otro lado, la aparición de esta palabra fue debida a Marx quien es el responsable del bautismo correspondiente, lo cual no me parece especialmente atractivo. De todas maneras, en la literatura corriente y en la especializada los dos vocablos se usan como sinónimos y, por ende, de modo indistinto (incluso en el mundo anglosajón -especialmente en Estados Unidos- se recurre con mucho más frecuencia a capitalismo ya que, con el tiempo, liberalismo adquirió la significación opuesta a la original aunque los maestros de esa tradición del pensamiento la siguen utilizando, algunas veces con la aclaración de “in the classic sense, not in the american corrupted sense”).

La moral alude a lo prescriptivo y no a lo descriptivo, a lo que debe ser y no a lo que es. Si bien es una noción evolutiva como todo conocimiento humano, deriva de que la experiencia muestra que no es conducente para la cooperación social y la supervivencia de la especie que unos se estén matando a otros, que se estén robando, haciendo trampas y fraudes, incumpliendo la palabra empeñada y demás valores y principios que hacen a la sociedad civilizada. Incluso los relativistas éticos o los nihilistas morales se molestan cuando a ellos los asaltan o violan. La antedicha evolución procede del mismo modo en que lo hace el lenguaje y tantos otros fenómenos en el ámbito social.

El liberalismo abarca todos los aspectos del hombre que hacen a las relaciones sociales puesto que alude a la libertad como su condición distintiva y como pilar fundamental de su dignidad. No se refiere a lo intraindividual que es otro aspecto crucial de la vida humana reservada al fuero íntimo, hace alusión a lo interindivudual que se concreta en el respeto recíproco. Robert Nozick define muy bien lo dicho en su obra titulada Invariances. The Structure of the Objective World (Harvard University Press, 2001, p. 282) cuando escribe que “todo lo que la sociedad debe  demandar coercitivamente es la adhesión a la ética del respeto. Los otros aspectos deben ser materia de la decisión individual”.

Todos los ingenieros sociales que pretenden manipular vidas y haciendas ajenas en el contexto de una arrogancia superlativa deberían repasar la definición de Nozick una y otra vez. Recordemos también que el último libro de Friedrich Hayek se titula La arrogancia fatal. Los errores del socialismo (Madrid, Unión Editorial, 1992) donde reitera que el conocimiento está disperso entre millones de personas y que inexorablemente se concentra ignorancia cuando los aparatos estatales se arrogan la pretensión de “planificar” aquello que se encuentre fuera de la órbita de la estricta protección a los derechos de las personas. 

Además hay un asunto de suma importancia respecto a la llamada planificación gubernamental y es la formidable contribución de Ludwig von Mises de hace más de ochenta años que está referida al insalvable problema del cálculo económico en  el sistema socialista (“Economic Calculation in the Socialist Commonwealth”, Kelley Publisher, 1929/1954). Esto significa que si no hay propiedad no hay precios y, por ende, no hay contabilidad ni evaluación de proyectos lo cual quiere a su vez decir que no hay tal cosa como “economía socialista”, es simplemente un sistema impuesto por la fuerza. Y esta contribución es aplicable a un sistema intervencionista: en la medida de la intervención se afecta la propiedad y, consiguientemente, los precios se desdibujan lo cual desfigura el cálculo económico.

El derecho de propiedad está estrechamente vinculado a la ética del liberalismo puesto que se traduce en primer término en el uso y disposición de la propia mente y del propio cuerpo y, luego, al uso y la disposición de lo adquirido lícitamente, es decir, del fruto del trabajo propio o de las personas que voluntariamente lo han donado. Esto implica la libertad de expresar el propio pensamiento, el derecho de reunión, el del debido proceso, el de peticionar, el de profesar la religión o no religión que se desee, el de elegir autoridades, todo en un ámbito de igualdad ante la ley.

Además, como los recursos son escasos en relación a las necesidades la forma en que se aprovechen es que sean administrados por quienes obtienen apoyo de sus semejantes debido a que, a sus juicios, atienden de la mejor manera sus demandas y los que no dan en la tecla deben incurrir en quebrantos como señales necesarias para asignar recursos de modo productivo. Todo lo cual en un contexto de normas y marcos institucionales que garanticen los derechos de todos.

Los derechos de propiedad incluyen el de intercambiarlos libremente que es lo mismo que aludir al mercado en un clima de competencia, es decir, una situación en la que no hay restricciones gubernamentales a la libre entrada para ofrecer bienes y servicios de todo tipo. A su vez, el respeto a la propiedad se vincula a la Justicia al efecto de “dar a cada uno lo suyo”. En resumen, lo consignado en las Constituciones liberales: el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad.

La solidaridad y la caridad son por definición realizadas allí donde tiene vigencia el derecho de propiedad, puesto que entregar lo que no le pertenece a quien entrega no es en modo alguno una manifestación de caridad ni de solidaridad. 

En sociedades abiertas el interés personal coincide con el interés general ya que éste quiere decir que cada uno puede perseguir sus intereses particulares siempre y cuando no se lesionen iguales derechos de terceros. En sociedades abiertas,  se protege el individualismo lo cual es equivalente a preservar las autonomías individuales y las relaciones entre las personas, precisamente lo que es bloqueado por las distintas variantes de socialismos que apuntan a sistemas alambrados y autárquicos.

Es que las fuerzas socialistas siempre significan el recurrir a la violencia institucionalizada para diseñar sociedades, a contramano de lo que prefiere la gente en libertad. De la idea original de contar con un gobierno para garantizar derechos anteriores y superiores a su establecimiento se ha pasado a un Leviatán que atropella derechos en base a supuestas sabidurías de burócratas que no pueden resistir la tentación de fabricar el hombre nuevo en base a sus elucubraciones.

Desafortunadamente, no se trata solo de socialistas sino de los denominados conservadores que apuntan a gobernar sustentados en base a procedimientos del todo incompatibles con el respeto recíproco diseñados por estatistas que les han corrido el eje del debate y los acompleja encarar el fondo de los problemas al efecto de revertir aquellas políticas. No hace falta más que observar las propuestas de las llamadas oposiciones en diversos países para verificar lo infiltrada de estatismo que se encuentran las ideas. Se necesita un gran esfuerzo educativo para explicar las enormes ventajas de una sociedad abierta, no solo desde el punto de vista de la elemental consideración a la dignidad de las personas sino desde la perspectiva de su eficiencia para mejorar las condiciones de vida de todos, muy especialmente de los más necesitados.

Lo que antaño era democracia ha mutado en dictaduras electas en una carrera desenfrenada por ver quien le mete más la mano en el bolsillo al prójimo. Profesionales de la política que se enriquecen del poder y que compiten para la ejecución de sus planes siempre dirigidos a la imposición de medidas “para el bien de los demás”, falacia que ya fue nuevamente refutada por el Public Choice de James Buchanan y Gordon Tullock, entre otros. Por no prestar debida atención a estas refutaciones es que Fréderic Bastiat ha consignado que “el Estado es la ficción por la que todos pretenden vivir a expensas de todos los demás” (en “El Estado”, Journal des débats, septiembre 25, 1848). Es que cuando se dice que el aparato estatal debe hacer tal o cual cosa no se tiene en cuenta que es el vecino que lo hace por la fuerza ya que ningún gobernante sufraga esas actividades de su propio peculio.

Todas las manifestaciones culturales tan apreciadas en países que han superado lo puramente animal: libros, teatro, poesía, escultura, cine y música están vinculadas al espíritu de libertad y a las facilidades materiales. No tiene sentido declamar sobre “lo sublime” mientras se ataca la sociedad abierta, sea por parte de quien la juega de intelectual y luego pide jugosos aumentos en sus emolumentos o sea desde el púlpito de iglesias que despotrican contra el mercado y luego piden en la colecta y donaciones varias para adquirir lo que necesitan en el mercado.

En resumen,  la ética del liberalismo consiste en el respeto irrestricto por los proyectos de vida de otros, esto es, dejar en paz a la gente y no afectar su autoestima para que cada uno pueda seguir su camino asumiendo sus responsabilidades y no tener la petulancia de la omnisciencia aniquilando en el proceso el derecho, la libertad y la justicia con lo que se anula la posibilidad de progresar en cualquier sentido que fuere.