Un Código Penal que no pidió la gente

En la última Asamblea Legislativa, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner encendió la mecha del debate al anunciar que enviará al Congreso el proyecto de reforma del Código Penal para su tratamiento. La propuesta fue elaborada por una comisión encabezada por el ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Zaffaroni. Antes de mencionar algunos aspectos de la iniciativa, vale recordar conceptos básicos del Derecho Penal para entender también los objetivos que debería perseguir una legislación de semejante importancia.

Para la escuela clásica, “el Derecho Penal tiende a un fin de tutela; la pena es un medio de tutela jurídica, que tiende al restablecimiento del orden público alterado por el delito y tiene el carácter de un mal, equivalente al que el delincuente ha causado; su límite lo da la equidad, ya que no debe ir más allá de las necesidades tutelares para no ser abusiva; en consecuencia, la pena debe ser proporcionada al delito, cierta, conocida, segura y justa.” (1) Para la escuela positiva la sanción persigue “la resocialización del delincuente, su readaptación a la vida en sociedad, para la cual es un inadaptado.” (2). Y para la escuela sociológica alemana “la pena se justifica, porque mantiene el orden jurídico y como consecuencia de ello, la seguridad social.” (3)

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