El pasado 10 de agosto se venció el plazo que el Congreso se dio hace un año para aprobar la legislación secundaria sobre las candidaturas independientes. Dicha legislación debe reglamentar la modificación del artículo 35 de la Constitución que autorizó esas candidaturas. Que el Congreso en México tenga su propio reloj y horario no es nuevo; el plazo se puede extender indefinidamente porque no hay consecuencias por incumplirlo. No obstante, el magistrado Manuel González, integrante del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, afirmó el 11 de agosto que si el Congreso seguía incurriendo en esa omisión legislativa el Tribunal podría establecer los lineamientos para que la figura de las candidaturas independientes rigiera en las elecciones por venir.
Quienes llevamos más de 10 años Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, o independientes, o ciudadanas (hacer del término un litigio es infantil) siempre hemos sostenido que si bien a nivel presidencial una candidatura independiente puede revestir un gran interés al colocar temas a debate que candidatos “viables” inevitablemente callan, donde realmente este esquema introduce una mayor dosis de competencia en la arena electoral es a escala local y estatal. En México hay elecciones municipales o para gobiernos y legislaturas estatales cada cinco minutos; el que no se disponga del marco jurídico federal y de los códigos electorales de los estados para que ya puedan presentarse candidatos independientes a presidentes municipales, diputados locales, diputados federales y gobernadores de los estados es una manera retorcida pero eficaz de burlar tanto la intención del Congreso como los sentimientos de la opinión pública según las encuestas, y los distintos litigios jurídicos nacionales e internacionales que se han dado en estos años.