La muerte el pasado sábado de la Dra. Carmen Argibay, jueza de la Corte Suprema, producto de afecciones pulmonar, renales y cardíacas, puso en duelo a la comunidad de operadores del derecho argentino. A pesar de ser inicialmente resistida -lo que se evidenció en su proceso de selección en el 2004- por su fuerte perfil, su público ateísmo, su incansable defensa de los derechos de la mujer que se evidenciaba concretamente en la Oficina de la Mujer en la propia Corte Suprema y por sus más notables votos (“F.A.L”, entre muchos otros), la Dra. Argibay se consolidó como una jueza con una impronta, personal y política, distintiva en la Corte.
Sin duda, la Dra. Argibay será recordada en la historia institucional argentina y, en especial, de estos 30 años de democracia, por ser la primera mujer nombrada Jueza Suprema por un gobierno constitucional y, cabe remarcar, desde ese espacio traducir sus ideas en fallos y políticas públicas concretas en la defensa de los derechos de la mujer.
En este contexto, cabe aclarar cómo queda compuesta la Corte Suprema. El lamentable fallecimiento de la Dra. Argibay, contra algunas especulaciones aisladas, no genera la necesidad de cubrir ninguna vacante ni realizar nombramiento alguno en la Corte Suprema.
La Ley 26.183 del 2006 reguló, transitoriamente, que la Corte Suprema tendrá siete jueces hasta que se jubilen o retiren dos de sus miembros. En este escenario contingente, los seis jueces restantes decidirán por mayoría de 4/6 (cuatro sobre seis) y en caso de empate podrán convocar a un conjuez.
Otro juez supremo, Eugenio Zaffaroni adelantó que éste será su último año en la Corte y que renunciará en cumplimiento del Art. 99 inc 4 de la Constitución Nacional, lo que significará que, cuando la Corte llegue a sus cinco miembros, no habrá necesidad de abrir un nuevo proceso de nombramiento supremo y la Corte se estabilizará en esa composición.
Sólo sí hubiese una nueva renunciar por parte de otro juez, antes o después de Zaffaroni, en ese puntual pero posible escenario, comenzará un nuevo proceso de selección acorde al vigente Decreto 222 del 2003, por el cual la presidenta deberá postular un candidato públicamente para que el Senado de la Nación en audiencia pública vea de otorgarle o rechazarle el acuerdo exigido por la Constitución Nacional.
De suceder eso, cabe preguntarse en ese escenario: ¿cuál será el perfil del candidato propuesto? El último Juez Supremo elegido por ese procedimiento fue el actual presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, en un ya muy distante 2005. Sin duda pasó mucho desde aquellos tiempos iniciales de aquella nueva Corte. Casi toda una década judicializada. El tiempo lo dirá.