La apelación de Gerardo Pollicita cuestionando el fallo del juez Daniel Rafecas que mandó a desestimar de plano “la denuncia Nisman” es contundente. El fiscal considera que lo denunciado por el procurador muerto es tan grave que merece que la Justicia abra una investigación que garantice el derecho de defensa de los acusados y salde, en la institución republicana que corresponde, una duda fundada sobre el pacto con Irán de 2013.
Démosle un marco histórico y jurídico a la cosa. Hay 8 iraníes acusados de haber hecho volar la AMIA. Algunos con rango de secretarios de Estado de esa república islámica. Por 20 años (¡20 años!) ese país se negó sistemáticamente a colaborar con la investigación permitiendo que los acusados se defendieran. De repente, contradiciendo su posición propia, la Argentina decide confiar en esos incumplidores y ausentes de colaboración pergeñando una “Comisión de la Verdad” que, por encima del juez de la causa, permitiese, dirigiese y encausase (sic) las declaraciones de los acusados de dinamitar la mutual. Y para más seguridad (otra vez sic), los interrogatorios se harían en suelo iraní bajo la mirada atenta del mismo Estado que por dos décadas esquivó la justicia nacional. Eso es, a trazos torpes, el corazón del Memorándum de entendimiento
¿Hace falta más que el sentido común para sospechar de semejante acuerdo? La Cámara de Apelaciones vio en él un atropello constitucional y lo suspendió ¿Hay que ser una lumbrera para intuir, al menos, que esa aberración jurídica puede haber torpeza o dolo interesado en la gestación de un acuerdo liminarmente extraño?
El fiscal Pollicita apela porque no entiende varias cosas. No cree que el Memorándum sin validez no haya configurado tentativa. Estima que las miles de escuchan merecen el análisis judicial, cuanto menos. Y, además, estima que el juez Rafecas da por probado de manera injusta que la Argentina nunca pidió el levantamiento de las alertas rojas sobre los iraníes. ¿Con qué pruebas? Con un e mail privado del director de Interpol Robert Noble al canciller Timerman y con dos entrevistas periodísticas del mismo ministro de Relaciones Exteriores a Página/12 y a The Wall Street Journal. Y punto.
¿En serio un juez no cree necesario ni una testimonial del mismo Noble que ratifique eso y le alcanza con el mail particular? ¿Es riguroso en materia probatoria basarse en ese correo electrónico? ¿Dos entrevistas brindadas en un par de periódicos le alcanzan el magistrado y no estima pertinente que esos dichos sean ratificados por sus protagonistas ante su estrado? Quien no sea abogado podrá creer que no hay por qué ser desconfiado. Quien es juez sabe que un documento privado no tiene relevancia en el proceso si no se incorpora legalmente, con testimomiales o reconocimiento de documental. Derecho procesal I, de la Facultad de Leyes.
Por fin, el juez toma nota de dos documentos jamás presentados por Alberto Nisman en ningún proceso y rescatados de una caja de seguridad privada (dice privada) que parecen contradecir su abundante denuncia firmada de puño y letra, en plenas facultades de libertad y voluntariamente lanzadas a la maquinaria judicial. Por si hay dudas: se pretenden cotejar dos documentos jamás puestos a la luz pública con deliberación y claridad por un procurador con una larga denuncia sí hecha pública con la misma deliberación y claridad por el doctor Nisman. Es como cotejar un deseo, un devaneo intelectual con una concreción fáctica, un hecho exteriorizado.
Este es el mismo argumento que le valió a la Presidente de la Nación para lanzar desde su investidura y de su monólogo ante la Asamblea Legislativa su teoría de “Nisman versus Nisman”. Alcanzaría aquí decir que resulta impropio e indecoroso (cuanto menos) preguntarse públicamente cuál Nisman es que el vale: si el de las notas guardadas en la caja fuerte o el de la firma y presentación pública hecha ante el juez. Porque Nisman no puede contestar ni defenderse hoy por razones obvias. Porque murió.
Sin embargo, con la apelación de Pollicita la teoría presidencial del fiscal contra sí mismo cae. Se derrumba. La doctora Kirchner no tuvo frente a sí (¿no se lo contaron completo? ¿ella lo omitió?) el total de la nota que la secretaria letrada y personal de Nisman acompañó ante el juzgado de Rafecas. La doctora Soledad Castro le dijo al juez que “…según su criterio (el de Nisman) estos documentos aún se hallaban defasados dado que se había modificado sustancialmente su convicción respecto de un conjunto de presunciones y conclusiones contenidas en esos textos, por lo que entendía necesario corregir una vez más su letra, para que ésta plasme su entera y actual convicción. Así lo explicitó el Dr. Nisman a sus Secretarios Letrados y a quien suscribe”
El texto que la Presidente no conoció -u olvidó citar- y que el juez Rafecas ignoró (no hay dudas) dice: Nisman escribió aquellos documentos pero a mí (cuenta la doctora Castro) me dijo que estaban desfasados por las circunstancias de la firma del Memorando y que, por ende, habían sido corregidos. Ergo: los de la caja privada, carecen de valor.
Siguiendo esta lógica perversa de interpretar deseos de alguien que ya no está entre nosotros, podríamos inquirir a los que sí viven y denuncian conspiraciones: ¿La Presidente no leyó completo el escrito de la secretaria de Nisman que explica que no hubo cambio de opinión sino decisión de inclinarse por una denuncia por presunto encubrimiento ante lo ocurrido? ¿Hay una doctora Kirchner que no recibió el texto completo versus una doctora Kirchner que aún a sabiendas forzó su interpretación? ¿Y el juez? El juez que sí sabía. ¿Por qué no lo refirió en su escrito?
Aunque para ser rigurosos la única pregunta que cabe es la de saber cómo murió Alberto Nisman en el edificio Le Parc y, a 50 días, apenas hay dudas y demasiado barro político propio del egoísmo. Para saberlo hay que investigar en la justicia, con rigurosidad siempre y sin voluntad sumaria de archivar. Respetar un fallo de un juez, siempre. Apelarlo y seguir pidiendo el derecho a saber, también.