El fracking, Vaca Muerta y la presidente del mal ambiente

A través de Federico Roccatagliata, la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonia (AAAAP) apeló ayer la negativa de la jueza Sarmiento a conceder la medida cautelar que acompañaba el recurso de amparo, que sí fue aceptado por la magistrada.

Considera la AAAAP que el promocionado decreto 929/13, redactado a medida del acuerdo entre YPF y Chevron, fue firmado por la presidente Cristina Fernández desconociendo las obligaciones que imponen tanto el artículo 41 de la Constitución Nacional como la Ley General del Ambiente. Esta última reza: “Toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución” (art. 11, ley 25.675).

No solamente no existe ningún estudio de impacto ambiental, sino que el decreto presidencial ni siquiera contempla su posibilidad; ello es una clara afrenta al bloque de legalidad ambiental.

Tan afrenta, que consultada la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable sobre la existencia de información respecto al posible efecto ambiental del método conocido como “fracking” (es decir, estudios sobre impacto sismológico, químicos utilizados y contaminación del agua) la Secretaría a cargo de Juan José Mussi respondió que “la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable no cuenta con la información pública que solicita en el expediente de referencia. Por esta razón, entiende que debe intervenir en el asunto el Ministerio de Planificación Federal”.

Con el pase de pelota se elevó la consulta a la Secretaría de Energía, dependiente del ministerio a cargo de Julio De Vido. Tras tomarse nueve meses, supongamos que por una concienzuda búsqueda, el secretario Daniel Cameron informó (por nota SE N° 4194) que la normativa aplicable a nivel federal relacionada a la explotación, extracción y/o exploración de gas y petróleo se enmarca dentro de la Ley de Hidrocarburos 17.319 (que es de 1967) y se aplica a la exploración o explotación, tanto para recursos convencionales como no convencionales y “también para las técnicas de estimulación, incluso la hidrofractura, no existiendo a la fecha normas específicas en la materia”. Es decir que la actividad no contempla, según Cameron, las normas ambientales incorporadas a partir de la reforma constitucional de 1994; en mi opinión eso constituye una inaceptable elusión de los deberes de funcionario público.

Pero hay más, porque intentando quitarse responsabilidad de encima, Cameron sí se acuerda de la Constitución cuando afirma que si bien actualmente en el país se están realizando actividades de exploración y explotación para el desarrollo de hidrocarburos no convencionales (en Neuquén dichos trabajos se efectuaron para alcanzar la formación geológica Vaca Muerta, y en el caso de las provincias de Chubut y Santa Cruz, la formación Pozo D-129), desde que por la ley 26.197 las provincias asumieron en forma plena el ejercicio del dominio originario y la administración sobre los yacimientos de hidrocarburos, en sus respectivos territorios resultan resorte de las autoridades locales los permisos de exploración o concesiones. Siguiendo esa línea elusiva, asevera entonces que “respecto a los compuestos químicos utilizados en los procesos de exploración y/o explotación de hidrocarburos no convencionales que se desarrollan en las mencionadas formaciones, también se trata de cuestiones propias de las referidas autoridades provinciales, no siendo información que obre en poder de esta Secretaría”.

Frente a este panorama desaprensivo del cuidado de nuestro hábitat por parte de las autoridades nacionales, la apelación presentada por la AAAAP importa la esperanza de obrar en respeto a las generaciones futuras. Por nosotros y nuestra posteridad, es deseable que el Poder Judicial dé lugar a la suspensión de la vigencia del decreto 929/13. Por lo menos hasta realizar el correspondiente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, logrando luego y en una etapa posterior del juicio de amparo esa sentencia de fondo que, con carácter ejemplar, declare la inconstitucionalidad de este decreto contrario a nuestra Constitución y las leyes y en particular la Ley General del Ambiente.

Sin negarnos al progreso cuidemos que Vaca Muerta no sea sinónimo de tierra muerta.

¡Estúpidos abogados!

Los abogados, con notable torpeza para comprender las cosas, ni siquiera son capaces de defender sus propios derechos. Prueba de ello es la existencia del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), aberración jurídica creada por la Ley 23.187 que, en desmedro de la validez nacional del título de abogado, cercena las libertades de asociación y trabajo en beneficio de un corporativismo hipócrita, reglamentarista y autoritario que obstaculiza el acceso a la Justicia.

Más de 65.000 abogados, prisioneros del sistema de colegiación obligatoria y múltiple, fueron “acostados” el jueves 11 de julio del 2013 cuando la Asamblea de Delegados del CPACF dio vía libre al despilfarro y oscurantismo presupuestario. “Gente de Derecho“, la agrupación que gobierna el CPACF, opera con la metodología del kirchnerismo; y es que entre la señora Cristina Fernández y el abogado Jorge Rizzo no hay diferencias políticas. La prepotencia, no rendir cuentas, el doble discurso y la negativa a confrontar ideas (cobardía intelectual) son más que coincidencias circunstanciales, revelan la misma matriz que alimenta la falta de institucionalidad argentina.

Si las cuentas de la Nación se ocultan tras los dibujos de Guillermo Moreno y compañía, no es menos misterioso el estado contable del CPACF, cuya memoria y balance es inexistente desde mayo de 2011. A ciegas sobre lo que se está haciendo con el dinero que se confisca coercitivamente a los abogados y justiciables, la Asamblea de Delegados presidida por Eduardo Daniel “Diosdado” Awad dispuso aprobar el aumento de la matrícula a $800 y del bono a $45, incrementando el presupuesto de gastos para el ejercicio iniciado el 1º de mayo de 2013 a la obscena cifra de 88.837.815 pesos.

¡Casi noventa millones! Mucha plata para un ente creado por una ley de contenido inconstitucional, cuya única función declarada es llevar y controlar la matrícula profesional en el coto corporativo de la Capital Federal. Dedicado a cualquier cosa, el CPACF presta servicios ajenos a su competencia, que además, en su mayor parte no alcanzan a ser solventados con los ingresos obtenidos. En cuanto a los gastos, se orienta de manera principal, a sufragar actividades como “deportiva”, “social”, “escuela de mediación”, “escuela de posgrado”, “jardín maternal”, “publicidad”, “turismo”, “créditos a los matriculados” que resultan ajenas a las competencias que constituyen un numerus clausus para este Colegio (Cf. arts. 3 Ley 19.549 y 20 y 21 Ley 23.187).

Y todo ello sin olvidarse del “Monumento al despilfarro y la pereza” que son las dos escaleras mecánicas, para subir y bajar un entrepiso, en la sede de Av. Corrientes 1441, inauguradas con la jactancia de ser el primer Colegio Profesional de la Argentina en contar con ellas: claramente no hay otro que disponga de tanto dinero para gastos superfluos.

Rebelándose frente a la estupidez reinante, los cuatro delegados por Bloque Constitucional, Lista 61 del CPACF, María Laura Blanco Peña, Daniel Rybnik, Ricardo Mihura Estrada y Martín Hernán Abeszyc no solamente se opusieron al presupuesto con su voto negativo, sino que antes, además, propusieron que la votación sea nominal, lo cual fue rechazado por la enorme mayoría de levantamanos oficialistas que prefirieron esconderse en el anonimato. Apenas 12 votos acompañaron la moción de Rybnik, Presidente del Bloque Constitucional; el resto convalidó el saqueo con un balido de oveja, apurados porque todo pase rápido y no se vuelva a hablar del tema.

Imposibilitado de ofrecer prestigio, desde que por su naturaleza espuria no puede ni rozarlo, el CPACF ofrece a sus matriculados un programa de beneficios que consiste en descuentos en perfumerías, restaurantes, vinos, entretenimientos varios, centros de estética, electrodomésticos y otra serie de indudables aportes a la excelencia de la profesión. Sin olvidar, claro está, la “Fiesta de los abogados”, a celebrarse el 30 de agosto en el Palacio San Miguel, que promocionada en la página del CPACF como “el evento mas importante de la comunidad abogadil porteña” (así de mal estamos) contará con la invaluable presencia de Palito Ortega.

Masificados por la Ley 23.187, los estúpidos abogados han perdido la capacidad de cuestionar. Como mansas marmotas pagarán 800 pesos de matrícula sin tener idea de las razones de la suba, que a fin de cuentas no es lo más grave del asunto: lo realmente grave es que el CPACF siga existiendo.