Armas nucleares: el Consejo de Seguridad debería dar el ejemplo

El acuerdo nuclear preliminar con Irán, más allá de las ambigüedades y limitaciones, es políticamente importante por representar un impasse de confrontación regional pero dista de la euforia con la que ha sido anunciado y recibido. Eso es así básicamente por dos circunstancias.  Por un lado, ha expuesto la potencial capacidad nuclear militar de Irán en materia de uranio enriquecido como de la intención de producir plutonio. Por otro, el carácter transitorio del arreglo diplomático presupone complejas negociaciones adicionales para intentar concluir un acuerdo que sea significativo en términos de asegurar que no posea en el futuro material fisionable para producir un arma nuclear. Por el momento, ese no es el caso.

El comunicado conjunto firmado en Ginebra el 24 de noviembre se refiere al acuerdo como un “primer paso” y “plan conjunto de acción” que establece “un proyecto hacia una solución integral a largo plazo”. Es decir, se trata de un esquema provisorio de fomento de la confianza y de expectativas diplomáticas. De hecho, las obligaciones que se derivan del acuerdo están planteadas en términos de “medidas voluntarias”. También reversibles.

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Drones: uso letal ilegal

El uso de drones se ha extendido de manera alarmante y se ha convertido en el arma de moda. Todos los países aspiran a utilizarlos. Las ventajas prácticas son obvias al permitir que los vehículos no tripulados efectúen acciones ofensivas sin riesgo de perder personal militar. También representa la posibilidad de que esas misiones no puedan ser identificadas de la misma forma que otras operaciones aéreas que llevan un claro distintivo de la nacionalidad a la que pertenece. Este sería uno de los motivos por los cuales la amplia mayoría del uso de drones de Estados Unidos esté conducido por la Agencia Central de Inteligencia (CIA) y no por el Pentágono a pesar que el Departamento de Defensa cuenta con una flota propia de drones como lo demostró en Irak y en Afganistán.

Existe asimismo, en el caso norteamericano, un motivo jurídico. Las fuerzas militares de Estados Unidos no están autorizadas a efectuar actos hostiles fuera de una zona de guerra aun cuando algunos comandos específicos realicen acciones encubiertas que exceden ese marco. La CIA, en cambio, no tiene limitación alguna.

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