Drones: uso letal ilegal

Roberto García Moritán

El uso de drones se ha extendido de manera alarmante y se ha convertido en el arma de moda. Todos los países aspiran a utilizarlos. Las ventajas prácticas son obvias al permitir que los vehículos no tripulados efectúen acciones ofensivas sin riesgo de perder personal militar. También representa la posibilidad de que esas misiones no puedan ser identificadas de la misma forma que otras operaciones aéreas que llevan un claro distintivo de la nacionalidad a la que pertenece. Este sería uno de los motivos por los cuales la amplia mayoría del uso de drones de Estados Unidos esté conducido por la Agencia Central de Inteligencia (CIA) y no por el Pentágono a pesar que el Departamento de Defensa cuenta con una flota propia de drones como lo demostró en Irak y en Afganistán.

Existe asimismo, en el caso norteamericano, un motivo jurídico. Las fuerzas militares de Estados Unidos no están autorizadas a efectuar actos hostiles fuera de una zona de guerra aun cuando algunos comandos específicos realicen acciones encubiertas que exceden ese marco. La CIA, en cambio, no tiene limitación alguna.

En este contexto, los drones son armas cuya nueva dramática característica es que pueden ser utilizadas fuera del derecho de guerra internacional. Las convenciones de Ginebra no parecen alcanzarlos a pesar de los daños humanitarios colaterales. Amnistía Internacional y Human Rights Watch han publicado un amplio informe de abusos y violaciones a todo tipo de leyes sobre conflictos armados. Los datos son alarmantes y revelan, cuanto menos, excesos de fuerza desproporcionados.

Los drones también son usados para matar personas específicas como ha sido reconocido por Estados Unidos en Pakistán, Yemen y Somalía. Esas acciones, independientemente de los antecedentes criminales del destinatario, son contrarias al derecho internacional que prohíbe los homicidios arbitrarios y limita el uso legítimo de la fuerza letal intencionada a situaciones excepcionales.

En casos de conflicto armado, sólo los combatientes y quienes participan directamente en las hostilidades pueden ser blancos de un ataque directo. Fuera de ese marco, sólo es legítima cuando sea estrictamente necesaria para proteger la vida.

Consecuentemente, muchas de las acciones conducidas con drones pueden constituir crímenes de guerra o ejecuciones extrajudiciales, es decir, delitos de derecho internacional. Existen también otras implicancias en el uso de drones que afectan principios esenciales reconocidos en la Carta de las Naciones Unidas.

Estas circunstancias, entre otras, hacen indispensable que Naciones Unidas regule la utilización de drones a través de mecanismo de transparencia informativa que evite la violación al derecho internacional, en particular los Protocolos de Ginebra, además de prever que quienes cometan actos ilegítimos rindan cuentas.

Asimismo, se requiere con urgencia de una norma internacional que garantice que en caso que se vea afectado el uso legítimo de drones se pueda llevar a cabo una investigación inmediata, independiente e imparcial. Es de esperar que la comunidad internacional asuma con responsabilidad la necesidad de regular un instrumento revolucionario de amplias ventajas pacificas como de dramático uso letal ilegal.