Las medidas anunciadas por el gobierno nacional tras el fallo de la Cámara de Apelaciones de Nueva York tienen principalmente dos objetivos: por un lado, demostrar voluntad de pago, al proponer al Congreso de la Nación el levantamiento de la Ley Cerrojo y ofrecer a los holdouts -que representan sólo el 7% de la deuda originalmente en default- las mismas condiciones que las ofrecidas a quienes accedieron voluntariamente en las dos oportunidades previas (2005 y 2010); y por otro lado, proteger a los tenedores de deuda performing bajo ley de Nueva York ofreciéndoles la posibilidad de realizar el cambio de jurisdicción, de manera de permanecer exentos de cualquier acción de la justicia norteamericana sobre los pagos realizados por el tesoro nacional.
Es importante considerar que en el último fallo de cámara se posterga la ejecución de toda decisión, lo cual quita el fantasma del default técnico, al no existir por el momento la solicitud de un pago inmediato, como ocurrió en el anterior fallo del juez Thomas Griessa, hacia fines del año pasado. A partir de ahora, habrá que aguardar la decisión de la Corte Suprema en cuanto a tomar o no el caso.
Resulta a primera vista sorprendente que la justicia de una nación se haya expedido hasta el momento en favor de un pequeño grupo de inversores con particulares características en cuanto a su comportamiento, al tratarse de fondos de inversión sofisticados, cuya metodología es la de adquirir títulos de países que se encuentran en default, a valores de remate, para luego exigir la totalidad del pago de los mismos, constituyendo un comportamiento carente de toda ética, dado el impacto que genera sobre las economías en cuestión y sus ciudadanos. Del otro lado, defendiéndose frente a la situación generada, se encuentra una nación que ha normalizado el 93% de la deuda originalmente en default, de manera voluntaria, y que ha cumplido a rajatabla con todos los pagos de intereses y capital asumidos en la reestructuración.
La política de desendeudamiento llevada adelante por el gobierno nacional durante los últimos años ha generado un sinnúmero de beneficios a la economía local. La importante reducción en la carga de la deuda, que posiciona actualmente a nuestra economía en un lugar de privilegio en la comparación internacional a partir de cualquier indicador de solvencia que se analice, otorgó, entre otras cosas, la posibilidad de implementar políticas económicas contracíclicas con el objetivo de mantener el ritmo de crecimiento de la actividad económica y preservar el empleo, en un contexto internacional adverso. Asimismo, se ha dotado al gasto público de un mayor efecto multiplicador sobre la renta al contar con mayores grados de libertad para impulsar políticas de ingresos e inversión pública. En definitiva, la calidad del proceso de desarrollo ha mejorado sustancialmente en los últimos años, en gran medida gracias a la política de desendeudamiento. Vale destacar también la importancia de la recuperación de la soberanía económica, consecuencia de la reducción del nivel de dependencia de los acreedores internacionales, dada la menor carga de la deuda.
Sin embargo, todos estos beneficios para nuestro país parecieran ser materia de preocupación para aquellas economías que aun a pesar de las crisis en las que se encuentran inmersas insisten en defender políticas económicas que sólo responden a intereses corporativos, poniendo constantemente al borde del abismo al sistema económico en su conjunto. La deuda de las economías en desarrollo siempre resultó ser un jugoso negocio para los mercados financieros internacionales. ¿Será el riesgo de que otras naciones consideren el exitoso caso del desendeudamiento de la economía argentina y lo lleven a la práctica, lo que lleva a que la justicia de un país como los Estados Unidos oiga la posición amenazante de un pequeño conjunto de inversores que opera en paraísos fiscales, en detrimento de una nación que honra todos los compromisos oportunamente asumidos?
Sólo resta esperar que la máxima autoridad jurídica de la principal plaza financiera mundial actúe racionalmente y entienda que el pequeño porcentaje de tenedores de deuda argentina que continúa litigando contra el país debe aceptar la propuesta de pago al igual que el resto de los inversores, y mientras tanto, seguir tomando medidas de protección frente a los buitres.