La noticia de la semana no fue la categórica victoria de Sergio Massa en el distrito electoral más importante del país. Tampoco fue la mejoría, respecto de las PASO, de los guarismos del oficialismo, que logró sostener a nivel nacional un para nada desdeñable 33%, a pesar de -o gracias a- la ausencia en la campaña de Cristina Fernández, por su estado de salud. Ni el relanzamiento formal de la candidatura presidencial de Mauricio Macri, ni los contundentes triunfos de Hermes Binner y Julio Cobos en sus sendas provincias fueron tampoco lo más destacado de la semana post-electoral. En lugar de permitirnos rumiar con tranquilidad el nuevo mapa político que se abre hacia el 2015, la vertiginosa realidad argentina nos enfrentó a un nuevo hecho de magnitudes institucionales y políticas.
A horas de haber concurrido a las urnas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la constitucionalidad íntegra de la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada en 2009 y cuestionada fuertemente desde entonces por el Grupo Clarín, destinatario real y preciso de la ley. Por cuatro votos (Lorenzetti, Zaffaroni, Petracchi y Highton de Nolasco) contra tres (Argibay, Maqueda y Fayt), se consideraron constitucionales los artículos de la ley referentes a la protección del derecho de propiedad de Clarín. Fayt votó en disenso sosteniendo, además, que la totalidad de la ley es inconstitucional. En su voto, dice que “una restricción que afecte económicamente a la empresa periodística es una afectación a la libertad de expresión”.