El mercado de capitales argentino: nueva frustración

En notas anteriores ciframos esperanzas en que cuando se reglamentara la ley 26.831 sobre Mercados de Capitales la sabiduría y el buen criterio primarían y las economías regionales tendrían igualdad de posibilidades de acceder a un mercado que les permitiría desarrollar toda su potencialidad.

Una vez mas la frustración se hace presente para el interior, pero no sólo ello: lo que agrava más la situación es la ignorancia de quienes reglamentaron esta ley, la ceguera ante la aberración jurídica-económica que significa el total desconocimiento sobre la base en que se asienta todo el sistema de Mercado de Capitales en el mundo: la seguridad jurídica.

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