En estas pocas horas, desde que la presidente sufrió un problema importante de salud que la mantendrá alejada de sus funciones, se multiplicaron las preguntas por el funcionamiento del sistema de relevos previsto legalmente para estas situaciones, y algunas cuestiones coyunturales que acompañan el nuevo panorama institucional. De ese modo, vale la pena evacuarlas todas juntas, una por una.
Lo primero que hay que decir es que el Poder Ejecutivo es “unipersonal”. El vicepresidente no es parte de él. Pero tampoco es un legislador. La figura es más bien un híbrido jurídico que cumple el rol de “suplente”. Su trabajo habitual es presidir el Senado, y el extraordinario, suplantar al presidente. De tal manera, el vicepresidente de la Nación solamente será “Poder Ejecutivo” cuando las circunstancias descriptas por la Constitución lo lleven a suplantar al presidente. Sería el caso de Amado Boudou ante esta ausencia de Cristina Fernández.