Contratos de fideicomiso: cambios en la registración en la IGJ

La Inspección General de Justicia (IGJ) sólo inscribirá contratos de fideicomiso relacionados con tenencias accionarias. Con fecha 10 de marzo de 2016, las nuevas autoridades a cargo del organismo capitalino han introducido una importante modificación al régimen de inscripción de los contratos de fideicomiso, ordenada por el artículo 1669 del Código Civil y Comercial de la Nación.

La IGJ, por resolución 6 del 10 de marzo de 2016, dispuso que deberán inscribirse ante dicho organismo únicamente “los contratos de fideicomiso y sus modificaciones (incluyendo cualquier cambio de las partes intervinientes), cuyos objetos incluyan acciones y/o cuotas sociales de sociedades inscritas ante ese organismo, con excepción de los que se encuentren bajo el control de la Comisión Nacional de Valores”, al modificarse el artículo 36, inciso e de la actual RG IGJ 7/2015.

Entre los argumentos esgrimidos por el actual inspector general de justicia de la nación, Dr. Sergio Brodsky, se destaca que el Código Civil y Comercial de la Nación no establece los efectos propios de la inscripción del contrato de fideicomiso (a excepción de los efectos sobre la propiedad fiduciaria, regulados en sus artículos 1682 a 1684). Continuar leyendo