El extrañamiento o expulsión de extranjeros que delinquen es tan viejo como la civilización misma. No es el antecedente más remoto pero sí el más demostrativo: todo delincuente no romano condenado por su ilícito era echado (por lo menos) “Trastevere”. Se los exiliaba más allá del límite del río Tiber que marcaba el límite de la ciudad estado.
Hoy, hasta en los países más progresistas (en serio) como los escandinavos, la condena por determinados delitos cometidos por no nacionales importa la expulsión. Con particularidades técnicas que no vale la pena abordar aquí, la figura ya existe en nuestra ley 25871.
El debate reactivado por el nuevo proyecto de código procesal penal parece, sin embargo, una cortina de humo que no ataca el problema de fondo. Si se sigue discutiendo en esta superficie o se esconde el intento de distraer o el deseo xenófobo de creer que el infiero delictual argentino es sólo ajeno. Continuar leyendo