Los principios de la ONU deben aplicarse a la deuda de las provincias

El pasado 7 de octubre el Senado de la Nación aprobó un proyecto de ley que declara de orden público los principios básicos de los procesos de reestructuración de la deuda soberana que establece la resolución A/RES/69/319 de la ONU.

El principio 9 dispone: “La reestructuración por mayoría implica que los acuerdos de reestructuración de la deuda soberana que sean aprobados por una mayoría cualificada de los acreedores de un Estado no se verán afectados, perjudicados u obstaculizados de otro modo por otros Estados o por una minoría no representativa de acreedores”.

Es legítimo y justo que el Poder Ejecutivo nacional solicite de los acreedores externos un trato digno y les reclame condiciones equitativas, pero lamentablemente maneja otros criterios a la hora de tratar a las provincias que integran la nación.

Hace unos meses, la provincia de Río Negro fue injustamente castigada y discriminada, ya que no recibió la convocatoria en tiempo y forma para renegociar su deuda pública a través del plan de desendeudamiento. Cuando cuatro gobernadores de distintas provincias objetaron la ley nacional de hidrocarburos, la manera de presionarlos fue, justamente, no convocarlos a renegociar su deuda y amenazarlos con descontar montos de la coparticipación de cada una de estas provincias. Luego, en período electoral, el comportamiento fue el mismo. A Río Negro se le descontaron de la coparticipación, entre abril y mayo, aproximadamente 54 millones de pesos; y otros 29 millones más en el mes de julio. Este trato discriminatorio y arbitrario afecta directamente al pueblo de la provincia de Río Negro.

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