El delito de manejar intoxicado

Si hubiera un grupo de criminales que matara anualmente a 15.000 personas, ¿qué medidas tomaríamos? Ese es el número de hombres, mujeres y niños inocentes muertos a manos de conductores intoxicados el año pasado en los Estados Unidos.

¿Cuántos en Argentina? Nadie lo sabe, las estadísticas no son nuestro fuerte. Aunque los estudios privados que han analizado el consumo de alcohol y otras drogas lícitas e ilícitas nos emparejan con el país de norte, por tal, se puede inferir que el porcentual de muertes causado por conductores bajo influencia debe ser, al menos, similar (0,005 %, o sea, alrededor de dos mil muertes -de las 7600 muertes viales del 2014, según Luchemos por la Vida Asociación Civil). Lo que también equivale a la cifra de homicidios dolosos anuales de la provincia de Buenos Aires.

¿Cómo se trata este tema bajo la órbita legal? En la mayoría de los estados norteamericanos, cuando uno es detectado manejando intoxicado por alcohol u otras drogas, el arresto es inmediato, manejar impedido es un delito, menor o mayor. Según la repitencia delictual del autor, la penalidad va desde libertad condicional a tiempo en la cárcel del condado. Ello por el solo manejo, si el impedido causa lesiones o muerte, con seguridad cumplirá tiempo en prisión.

Aquí, en cambio, manejar impedido es una infracción de tránsito. Pago la multa, el acarreo, en su caso, y sigo. Seguramente una pieza de legislación que necesitamos ajustar y pronto.

En los Estados Unidos los oficiales de policía se quejan de que cuando detienen a un ebrio manejando, estos rutinariamente les preguntan: “¿No tienen algo más importante que hacer?”. Y la respuesta es “no”, no hay nada más importante que prevenir la muerte de ciudadanos.

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Esto recién comienza

El mundo ve con asombro como la Justicia norteamericana juzga a miembros de la FIFA por diversos hechos criminales y los hace detener en terceros países.

¿Es esto legal?

Para contestar esto, es valioso conocer la legislación norteamericana que se pretende aplicar al caso, la ley RICO (Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act,1970), norma legal que fuera fundamental para combatir el crimen organizado, sindicalizado y demás mafias en los EE.UU. A esta ley le han seguido una centena de complementarias, que a la vez han sido emuladas por muchos países del globo.

“Racketeering” es el delito que beneficia a una organizacion criminal, por ejemplo la extorsión, el lavado de dinero, el préstamo usurario, el pago o recepción de coimas o la obstrucción de justicia.

Por la ley RICO se tipifican ilicitos como el de comprar bienes inmuebles, autos, acciones, etc. con dinero proveniente de ilícitos de la organización criminal. Tambien define como criminal a cualquier persona que en el curso de diez años ha cometido o intervenido más de una vez en la comisión de diversos ilícitos, por ejemplo los ya enunciados de cobrar o pagar coimas, fraude bancario, préstamos a intereses usurarios, lavado de dinero.Las penas van desde el decomiso de los bienes hasta la prisión perpetua.

También se establece la presunción de que los bienes del investigado provienen del delito a partir del momento en que se entra en la organización delictiva, como asimismo los de sus parientes cercanos, salvo prueba en contrario, y el desapoderamiento es inmediato.

El delito tipificado es la misma pertenencia a la organización criminal, y éste interrumpe la prescripción de los demas delitos especificos cometidos por la organización, con lo que es muy dificil que el paso del tiempo beneficie al criminal envuelto.

Ahora bien, ¿es la FIFA una organización mafiosa como requiere la ley? No pareciera en su fachada, pero las pruebas hasta ahora recogidas por el FBI al servicio de la Fiscal Lynch parecieran demostrar que, al menos en la letra de las leyes RICO, sí lo es.

Y si así es, ¿la ley RICO se aplica extraterritorialmente? La Suprema Corte de los EE.UU. ha dicho que sólo pueden aplicarse fuera de su país las leyes que así lo establezcan, por ejemplo las que permiten la condena de ciudadanos norteamericanos que cometen delitos sexuales fuera del territorio americano. Pero RICO no dice nada al respecto, por lo que sólo podrían ser juzgados en los Estados Unidos quienes hayan cometido un delito en su territorio, como aparentemente han hecho algunos oficiales de FIFA mediante fraudes bancarios y lavado de dinero. La Fiscal ya ha obtenido que se declaren culpables seis personas,seguramente bajo intercambio de rebaja de penas y promesa de declaración contra los demas.

En cuanto a los argentinos imputados, resulta difícil que, de estar en suelo argentino, pudieran verse extraditados, ya que la ley 24.767 en su Art.12 ofrece al ciudadano la opción de someterse a la jurisdicción nacional para su juzgamiento. Ahora bien, no podrán pisar suelo internacional sin ser detenidos y puestos a disposición de la justicia norteamericana cuando sus capturas sean notificadas a Interpol, como seguramente sucederá en breve.

 

Esto recién empieza.

 

¿Vuelven los secuestros?

Cada vez que surge en los medios el preocupante caso de un secuestro extorsivo en nuestro país, se repite también la pregunta de cómo se trabajan en otras latitudes, porque aquí pareciera que la única solución es pagar el rescate y tener suerte, y a la gente le queda el sabor amargo que así este aberrante delito irá in crescendo, y no se equivocan.

Dada mi experiencia, quiero contarles cómo se resuelven en los Estados Unidos. Desde 1934, a partir del caso Lindbergh (secuestro seguido de muerte del hijo de 20 meses del famoso aviador norteamericano), el FBI tomó jurisdicción exclusiva sobre todos los casos de secuestros con pedido de rescate, y también de los de menores de edad -con o sin pedido de rescate. Primera diferencia: Argentina no cuenta con una Agencia Federal de lucha contra el crimen organizado.

A partir de allí, el FBI manejó los 647 casos de secuestros extorsivos que hubieron en el país hasta la década del 80, cuando prácticamente desaparecieron. ¿Por qué sucedió esto? En principio por la alta eficiencia del FBI en la resolución de los mismos. De los 647 sólo quedaron sin resolverse 3. De los 644, en el 90 % se obtuvieron condenas gravísimas, de largas penas sin derecho a parole (libertad condicional) o de muerte. Y consecuentemente, por la pobre relación entre riesgo y beneficio que existe para quien intente un delito de esta clase, ello sumado a que con la tecnología actual (rastreo de telefonía por GPS o triangulación, cámaras monitoreadas en vía pública, etc.) tanto el pedido de rescate, como el cobro del mismo, se hacen de muy difícil éxito y anonimidad, elementos éstos conocidos y evaluados por el delincuente organizado.

En cuanto al protocolo policial, de desaparecer una persona y esto ser reportado, las policías locales deben informar el hecho al Centro Nacional de Información Criminal, base de datos de alcance nacional monitoreada por el FBI. Al mismo tiempo se publicitarán en diversos medios todo tipo de datos y fotos de la víctima y del victimario si se conociera, vehículos utilizados, etc. Si la víctima además fuese un menor de edad, se activará la “Amber Alert” dándose a conocer el hecho en todos los outlets de medios de comunicación, además de las carteleras electrónicas de las autopistas.

Llegada la situación en que el FBI tomara a cargo el caso, por ser alguno de los dos específicos de su jurisdicción exclusiva (pedido de rescate o menores víctimas) o por coolaboración con otras fuerzas estaduales, este cuerpo federal especializado buscará efectivamente el apoyo de la familia para encarar dos vías fundamentales: por un lado, en base a monitoreadas comunicaciones entre captores y familiares de la víctima -y otros medios investigativos analizados- se procederá a la localización del lugar en que se mantiene al captivo. Por el otro, se procederá a una negociación también monitoreada con los delincuentes hasta conseguir la entrega de la víctima, para después, con ésta a salvo, proceder a la detención de los mismos.

Los programas especiales del FBI tratándose de niños víctimas (no sólo en secuestros) son seis, todos compuestos por expertos de primer nivel. Es evidente que Argentina carece de un organismo especializado de alcance nacional para la correcta investigación de estos casos. Si bien la jurisdicción actuante en Argentina en casos de secuestros extorsivos es la Federal, los casos son trabajados por las policías del lugar del hecho, algunas mejor preparadas que otras, algunas siguiendo protocolos, otras no.

Hemos pedido por la creación de esta nueva agencia federal de lucha contra el crimen organizado desde hace un tiempo en diversos ámbitos (que investigue Secuestros, Trata de Personas, Narcotráfico, Lavado de Dinero, Delitos interjurisdiccionales, Desaparición de Personas, etc) habiendo hasta la fecha sólo sido incluída en el Plan nacional que proponía el Dr.Alberto Rodrìguez Saá en su campaña presidencial de 2011, y recientemente, por el Diputado Sergio Massa.
En cuanto a estadística, no hay números nacionales fehacientes.

Aunque un estudio de una compañía aseguradora internacional especializada en secuestros, utilizada regularmente por empresas americanas y europeas que envían ejecutivos a países de riesgo, cuenta que el 85% de los secuestros extorsivos en el mundo se suceden en America Latina, encabezando la lista Colombia, México y Brasil. Luego vendría Argentina. El 90% del delito de esta clase no es denunciado y se resuelve pagando. Y agrega que la policía de estos lugares, se ha detectado, muchas veces se encuentra involucrada por acción u omisión pactada con los delincuentes. Datos interesantes.

 

Reflexiones sobre la seguridad pública

Fui invitado por el Sr. Mario Montoto al seminario que, organizado por Fundación Tadea y auspiciado por Infobae, se desarrolló en el ámbito de la UCA esta semana sobre la temática de la seguridad pública. Un evento imperdible.

En cuanto a lo técnico, destaco el nivel de profesionalismo y de experiencia presentado por los expositores extranjeros, quienes no dudaron, en general, en expresar como natural algo que solicitamos al Estado argentino hace bastante tiempo, la creación de una Agencia Federal contra el Crimen Organizado (algo también a lo que dio expreso apoyo el diputado Sergio Massa en su paso por el Seminario), la utilización de las Fuerzas Armadas en el control de fronterasla profundización de la inteligencia criminal y otras medidas técnicas de coordinación nacional e internacional dedicadas a hacer de Argentina -y demás países de la región- tierra menos fértil para la instalación de organizaciones criminales.

Todos los expertos coinciden en que una democracia debe tener Fuerzas de Seguridad aún más fuertes que un régimen autoritario, porque estos basaban la seguridad en el control de la población y los democráticos en la preservación de la misma.

Más elocuente aun fue el Senador Colombiano y ex Gobernador Antonio Navarro Wolff, quien advirtió especialmente a los argentinos a no “dormirse” en la lucha contra el narcotráfico. A ellos les pasó y , como contaba, se dieron cuenta cuando ya Pablo  Escobar Gaviria dividía Medellín en áreas de comando y ponía precio de pago a la cabeza de cada policía o juez muerto que lo desafiara.

Navarro Wolff resaltó cuando hace poco dos de los criminales narcotraficantes más poderosos de Colombia se reunieron en una cumbre aquí. Sí, aquí en Buenos Aires, a dirimir su agenda secreta. ¿Por que será que eligieron Argentina?

Seguridad pública: mitos y verdades

En cuanto surgen reclamos sociales en torno a la real falta de seguridad que sufre nuestro país, especialmente en las grandes ciudades, comienzan las explicaciones de funcionarios y académicos relacionados con el gobierno que no convencen en absoluto al público en general, aunque a veces lo confunden.

Esta breve nota pretende arrojar algo de claridad al tema, con cuestiones que son ya probadas en otras latitudes pero que aquí todavía desafiamos.

1) El delito es un fenómeno complejo, por ello va a tardar mucho cambiar la situación

Con esta frase se “gana” tiempo para que luego de varias medidas fallidas todo siga igual. Si bien es cierto que el delito es multicausal (y cada delito tiene su motivación, por lo que las generalidades son inexactas) los criminólogos del siglo XXI partimos con el “beneficio” de saber que el delito violento, el que más preocupa al ciudadano, proviene su relación con el narcotráfico; ello ya ha sido desarrollado por académicos en países que sufren esta realidad antes que Argentina. De un 30 % al 70% (según sea mayor la concentración poblacional, más nos acercaremos al máximo del porcentaje) del delito violento tiene raíz en el narcotráfico, ello por tres grandes razones: primero por los homicidios entre bandas de criminales por la distribución territorial del negocio ilícito (en los que en numerosas veces caen inocentes en medio de ajustes de cuentas); segundo por el delito del adicto que necesita dinero para compra de tóxicos; y tercero, por el delito del adicto bajo influencia, causante de graves hechos de tránsito hasta ataques sexuales. Con lo que sabiendo esto, y apostando a la represión del narcotraficante y la prevención -y eventualmente- cura del adicto, ya estaremos en el buen camino.

2) Primero hay que arreglar la “cuestión social”, el desempleo y la pobreza

Otro mito que carece de sustento en material criminológico científico despojado de ideología. Si bien todos deseamos vivir en un país sin desempleo ni pobreza, ello no es obstáculo para tener una buena política de seguridad pública. También ha sido demostrado que en toda clase social existen individuos que se desvían de la ley, la diferencia radica en que cuanto más educación posee el delincuente, más difícil es su detección, más sofisticado y menos violento su crimen. Y una sociedad -la mayoría lo hace- castigada por el delito violento hace que el gobernante concentre sus esfuerzos policiales y judiciales en prevenir y reprimir el delito violento y no el conocido como “white collar”. Ello no debe relacionar al pobre con el delito. Hay sociedades muy pobres con escaso delito. Un ejemplo es Myanmar (país con menos homicidios cada 100.000 habitantes) y muy ricas con mucho delito como EEUU, lugar que tuvo su pico delictual en la época que ofrecía pleno empleo. Y luego en los EEUU (pese a la crisis del 2007 y que aún está) la tasa delictual baja año a año.

3) Con más policías y patrulleros no se soluciona

Quizás con más policías sin vocación, mal pagos y mal entrenados no, pero con una buena policía entrenada y tecnológicamente equipada sí. No es milagro que Puerto Madero tenga bajos índices delictuales. Es un lugar con mucha cantidad de prefectos y bien vigilada humana y tecnológicamente. Quienes hemos tenido el privilegio de estudiar seguridad pública sabemos que existen diversos estudios científicos que lo demuestran. Hay una relación directa entre población a atender y cantidad de policías y patrulleros necesarios para atenderla. Cuando la relación policía-población aumenta, el delito violento baja. Probado.

4) Tenemos las cárceles abarrotadas de presos y el delito sigue subiendo

Las cárceles argentinas, la mayoría precarias y contraindicadas para tratar de lograr algún tipo de resocialización del delincuente, están abarrotadas porque por décadas no siguieron el paso al crecimiento poblacional ni al poblacional delincuencial desde la entrada masiva del narcotráfico a la región.

El índice de delincuentes presos cada 100.000 habitantes de Argentina es uno de los más bajos del mundo, sólo precedidos por los países que producen mucha menos delincuencia como los nórdicos o Japón (otra cuestión de largo análisis que excede esta nota). Con el índice de delito violento que posee nuestro conurbano bonaerense y el de otras grandes urbes como Córdoba y Rosario debemos pensar en triplicar las plazas carcelarias -y llenarlas- para tener una sociedad segura.

Porque si bien el delito es un fenómeno complejo, la inseguridad no lo es: es la resultante de la relación entre delincuente suelto y delincuente preso y hoy podríamos decir que estamos viviendo en un penal abierto. No por nada Estados Unidos pasó de tener urbes inseguras a seguras, lo hizo pasando detener unos 200 delincuentes presos (Argentina no llega a esa cifra) cada 100.000 habitantes a tener 650 cada la misma cantidad de habitantes. La rehabilitación de delincuentes se debe hacer intramuros.

5) No adoptemos esquemas “de derecha” como aumentar penas y restringir excarcelaciones

El “tridente” de la seguridad pública se compone de: 1) Policía 2) Poder Judicial y 3) Servicio Penitenciario. Y esto presuponiendo que tenemos leyes acorde a los tiempos que tocan. En esto no puede haber “derecha” o “izquierda”, se supone que todos queremos vivir con seguridad. Y ello se logra teniendo leyes que no sólo garanticen los derechos del imputado de delitos sino también de las víctimas, que no eligieron serlo. Con una policía entrenada en prevenir delitos, e investigarlos y dar con sus autores cuando fracase su prevención. Con un Poder Judicial sin ideologías abolicionistas, con sentido común, cuanto más grave el delito más pena, menos excarcelaciones para delincuentes de carrera y menos beneficios de salidas carcelarias a quien se sindique con pronóstico desfavorable.

6) Los vecinos deben controlar a su policía para evitar actos de corrupción

Los vecinos pueden participar en programas específicos de prevención delictual y es ideal que lo hagan, pero la policía debe ser controlada por un departamento de Asuntos Internos diseñado a medida de estos tiempos, no basta con que se escriban sumarios, se necesita gente entrenada en operaciones encubiertas en la calle, verdaderos “cazadores” de delincuentes uniformados.

7) ¿Es la desigualdad? ¿Se sale dando trabajo e inclusión social?

Brasil y Argentina apostaron a que la llamada “inclusión social” solucionaría todos sus problemas, incluido el delito. Y ambos fracasaron en ello, porque sin entrar en discusión sobre si fueron más o menos los incluidos sociales, el delito siguió en alza, ello por lo descripto en el punto 1. Luego, los ideólogos de turno entonces nos dijeron que era la “desigualdad”. Y si bien en algunos casos, sobre todo de menores, pueden ingresar al delito por sentirse desiguales, la realidad es que lo hacen por ser captados por las redes del narcotráfico que les ofrecen el dinero y el ascenso social rápido. Combatiendo el narcotráfico y las oportunidades ilícitas, y proveyendo educación de calidad (factor también demostrado de gravitación en la entrada al delito), no sólo se combate la desigualdad sino se quita oportunidad al proveedor de trabajos ilícitos. Los que hemos estudiado el coeficiente GINI de desigualdades en comparación con el delito llegamos a la conclusión que no existe relación lineal comprobada entre uno y otro.

La conclusión es la siguiente: todos queremos un país más rico y más justo, pero ello no es garantía de seguridad pública per se. Ante las actuales circunstancias Argentina puede (y debe) ser un país seguro. Espero que este breve trabajo lleve un poco de luz a nuestros gobernantes, específicamente a los encargados de velar por nuestra seguridad, ya que es muy difícil -casi imposible- dar tratamiento cuando no se sabe el diagnóstico.