El carácter reaccionario de la reforma y unificación del Código Civil y Comercial se va delineando cada vez más profundamente. El nuevo Código se pone por encima de la Ley de Contrato de Trabajo, cuestionando su “orden de prelación”, establecido en el artículo primero de esa ley. Esta cuestión es clave, porque de ese modo el nuevo Código Civil liquida el “orden público laboral”, por el cual los derechos laborales resultan prioritarios en la relación obrero-patronal. Toda su línea es la igualación de los derechos “civiles”, que jamás pueden ser igualados, entre un capitalista y su explotado.
La Asociación de Abogados Laboralistas denuncia que se crean una serie de “asociaciones de empresas donde se disminuye notoriamente la responsabilidad de sus integrantes, invitando una vez más al fraude laboral”. Por ejemplo, la reforma contempla el contrato de agencia, que puede sustituir al viajante de comercio que tiene relación de dependencia, transformándolo en un trabajador falsamente independiente. Se trata de todo un avance en la legalización de los “monotributos”, mediante los cuales se disimula la relación laboral.