Para entender la crisis griega

Al momento de escribir estas líneas Grecia está por caer en default de su deuda soberana. ¿Qué sucedió y cómo llegó Grecia a esta situación? Para comprender lo que está sucediendo con Grecia estos días es necesario retroceder algunos años.

Pero antes de hablar de Grecia, es imperativa una breve aclaración para entender algunos de los eventos en torno a esta crisis. En economía se suele separar los conceptos de déficit y déficit estructural. El déficit estructural es el resultado fiscal en equilibrio. Es decir, sin el efecto de ciclos y fluctuaciones económicas. El déficit comprende al déficit estructural, más las oscilaciones fiscales que ocurren cada año. Si el presupuesto se encuentra en equilibrio estructural, entonces los superávit y déficit de cada año se cancelan y tienen como resultado un presupuesto balanceado en el mediano y largo plazo. El problema no es el déficit en sí, sino el déficit estructural (crónico). Continuar leyendo

Shock o gradualismo

Llevar adelante reformas de manera gradual o mediante shock es un debate que va ganando presencia entre los candidatos presidenciales. Si bien ninguno es explícito sobre este tema, algunos candidatos hablan de, por ejemplo, quitar el cepo y eliminar la inflación rápidamente, otros, de tomarse varios meses o toda una gestión presidencial para bajar la inflación a un dígito. En síntesis: “shock” versus “gradualismo”.

La oposición a las políticas de shock suele basarse en que las mismas imponen un costo innecesario a la sociedad. Bajar el gasto público de golpe, por ejemplo, puede generar desempleo y desaceleración de la actividad económica. Por el otro lado, el gradualismo suele quedar a medio camino y las reformas, al quedar incompletas, son inconsistentes y nuevos problemas económicos aparecen en el mediano plazo. El gradualismo, por lo tanto, busca minimizar los costos sociales y económicos durante la transición. La crítica a las reformas en shock, sin embargo, obvia que las mismas también pueden hacerse con un plan de transición que hace justamente del gradualismo una opción innecesaria. Y dado que, de intentar hacer reformas de manera gradual, se corre el riesgo de que las mismas queden inconclusas, un shock bien planeado sería preferible al gradualismo. Continuar leyendo

¿Vendrán inversiones a la Argentina en el 2015?

Con la cercanía del fin de año se van incrementando las expectativas de que el Gobierno solucione el conflicto con los holdouts. Este escenario viene acompañado de la expectativa de una mejora en la economía del país, que está quebrada. Sin una entrada de recursos del exterior, ya sea inversión extranjera o ahorros de argentinos, la economía del país difícilmente muestre mejoras importantes. Este escenario descansa en dos supuestos: (1) que se arregla el conflicto con los holdouts y (2) que llegarán inversiones al país. Ambos supuestos, a mi juicio, sufren de optimismo.

Hay dos cuestiones a tener en cuenta respecto al que el conflicto con los holdouts se soluciona luego del 2014. En primer lugar, si bien es cierto que a fin de año vence la famosa cláusula RUFO, también es verdad que esta cláusula no aplica al juicio que supervisa el Juez Thomas Giresa. Basta con leer la cláusula en el prospecto de deuda para ver lo explícita que es al misma en cuanto a que se requiere de acuerdos voluntarios, no cumplimientos de sentencias firmas que son no voluntarias por definición (páginas S-18 y S-69-70).

Es oportuno recordar además que el pago en efectivo a los holdouts representaba un monto menor del gasto público y que difícilmente pueda interpretarse como una negociación. Que la cláusula RUFO venza a fin de año, entonces, no implica que el Gobierno vaya a poner fin a este conflicto que ya lleva unos 13 años. En segundo lugar, si bien la administración nacional ha hecho explícitas las intenciones de solucionar el conflicto en el 2015, no es menos cierto que estas expresiones sugieren que el Gobierno ofrecerá una quita similar a la ofrecida a los holdings. Esta propuesta ya fue rechazada por los holdouts, quienes tienen un fallo firme a su favor con todas las instancias judiciales agotadas. Argentina no tiene que negociar con los holdouts, simplemente tiene que acatar el fallo que le exige cumplir con sus propios compromisos.

No obstante, si el conflicto llega a un rápido fin a principios del próximo año, es dudoso que sea suficiente para atraer inversiones de largo plazo al país. Por un lado están los recursos a los que puede acceder el Ejecutivo, por el otro la llegada de capital al mercado. Hay dos motivos por los cuales un gobierno puede no tener acceso al mercado de crédito internacional (sin sufrir un serio premium en la tasa de interés): porque está en default o porque no se tiene confianza en el país. Cuando los mismos que participaron del canje luego del default 2001 sugieren iniciarle jucio a los holdouts en lugar de acatar el fallo judicial, se hace lo contrario a generar confianza. Argentina se presenta al mundo como un país que no quiere pagar sus deudas, independientemente de cuál sea el presidente de turno (desde la Segunda Guerra Mundial Argentina estuvo en default o con deuda bajo reestructuración el 50% del tiempo.)

En lo que respecta a inversiones, el hecho de que Argentina salga del default no implica que la economía del país cambie dramáticamente sus perspectivas a futuro. Salir del default es un requisito necesario pero no suficiente para que Argentina sea un destino atractivo para inversiones de largo plazo. ¿Acaso las bajas inversiones extranjeras en el país se deben sólo al default? El cepo cambiario, una presión fiscal asfixiante, un elevado déficit fiscal, un marco regulatorio que hace de Argentina una de las economías menos libres del mundo, etc., son todos factores que no contribuyen a hacer al país un destino atractivo ni a empresarios extranjeros ni locales que deciden invertir en el exterior para proteger sus ahorros de la dirigencia política argentina.

Lo que sí puede suceder es que se facilite la llegada de capitales de corto plazo. Los llamados capitales especulativos que buscan obtener una renta al comprar barato y vender caro y no por administrar actividades productivas. Si, por ejemplo, se cree que las empresas nacionales están baratas dado que luego del kirchnerismo se espera alguna mejora institucional, se puede invertir en el 2015 y vender la posición luego del cambio de gobierno. Por lo tanto, una entrada de dólares en la transición de la salida del kirchnerismo no implicaría que se estén expandiendo las inversiones de largo plazo en el país.

El 2015 va a ser un año que requiera atención en ver qué es lo que los candidatos presidenciales tienen para decir sobre la reformas que el país necesita. Así como prestar atención a las cosas que deberían decir pero callan.

Hacia el default institucional

La última decisión del gobierno de Cristina Kirchner de enviar un proyecto de ley al Congreso para modificar las condiciones de pago de los bonos confirma dos cosas. En primer lugar que no había intención de cumplir con el fallo del Juez Griesa en el 2015, luego del vencimiento de la cláusula RUFO. Es claro ahora que esta cláusula se usó como excusa para justificar no acatar un fallo firme de una corte de justicia elegida por el Argentina. Esta explicación es más simple que teorías de negociaciones secretas. El kirchnerismo no quiere pagar bajo condiciones del canje realizado por ellos mismos, punto. A veces la ideología supera la pura racionalidad económica. En segundo lugar, este proyecto de ley confirma que Argentina se está encaminando no sólo hacia un default ‘económico’ o ‘financiero”‘ sino también hacia un default ‘institucional.’

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Apuntes sobre el posible default argentino

Al momento de escribir esta columna, Argentina se encuentra a pocos días de formalmente entrar en un nuevo default. Este es un caso complejo que se ha prestado a diversas, sino opuestas, interpretaciones. Algunas de ellas, sin embargo, no parecen estar bien fundadas. En esta nota quiero ofrecer algunas aclaraciones sobre un caso que ha ganado interés en los medios internacionales.

A principios de la década del 90 Argentina implementa la Ley de Convertibilidad. Esta normativa fijaba el tipo de cambio en un peso por un dólar y le indicaba (con cierta flexibilidad) al Banco Central que sólo podría emitir pesos si entraban los dólares correspondientes. Bajo este esquema, Argentina no podía monetizar su déficit como había hecho en los 80 bajo el gobierno radical de Alfonsín y el gobierno de Menem recurrió a la deuda en dólares y así poder emitir los pesos necesarios para financiar el déficit fiscal de su gobierno. Ahora bien, esta nueva deuda que se emite en los 90 se hace en un contexto de una Argentina que ya había entrado en default seis veces desde su independencia de España y con una seguridad jurídica cuestionable. Con el ahorro interno destruido por años de alta inflación en los 80 (y décadas anteriores), Argentina debe recurrir a fondos internacionales y se ve en la necesidad de “importar” credibilidad jurídica al emitir sus bonos (voluntariamente) bajo jurisdicción NY. De haber una disputa con sus acreedores, Argentina acepta acatar los fallos de las cortes de justicia de New York. Si Argentina se hubiese preocupado a lo largo de su historia por construir un historial de seriedad institucional, no hubiese sido necesario emitir deuda bajo jurisdicción NY. Nadie le quitó soberanía jurídica, fueron los sucesivos gobiernos argentinos quienes devaluaron sus propias instituciones.

El contrato de estos bonos tenía otras dos características importantes. La incorporación de la cláusula pari passu y la ausencia de la collective action clause (cláusula de acción colectiva). La cláusula pari passu sostiene que Argentina acepta tratar a todos sus acreedores en igualdad de condiciones (especialmente en lo que respecta pagos de cupones y capital de bonos.) La collective action clause indica que de haber un canje de deuda, si un cierto porcentaje de acreedores acepta la reestructuración, entonces automáticamente los acreedores que no aceptan las nuevas condiciones (los “holdouts”) deben aceptar los nuevos bonos. Cuando Argentina entra en default a fines del 2001, lo hace con bonos que ya incluían la cláusula pari pass y que no requerían una acción colectiva por parte de sus acreedores.

Bajo el contrato que la misma Argentina ofreció en sus bonos, al voluntariamente no incorporar la collective action clause, cualquier acreedor tiene derecho a cobrar el 100% del bono sin importar si el 99.9% restante de los acreedores decidieron entrar al canje de deuda en default. Esto es, justamente, lo que sucedió. Cuando Argentina ofrece el canje de deuda de sus bonos en default, los “holdouts” hicieron saber que bajo el contrato de los bonos argentinos ellos seguían con el derecho de cobrar el 100% de los bonos bajo igualdad de condiciones respecto a quienes sí deciden entrar al canje de deuda (pari passu.) Es decir, no se puede pagar a los “holdins” sin pagar a los “holdouts” de acuerdo al prosepecto de los mismos bonos argentinos. Podría decirse que el Juez Griesa tuvo que hacer poco más que leer el contrato que la misma Argentina ofreció a sus acreedores. El gobierno de los Kirchner, en una muestra más de su desprecio por las instituciones, decidió ignorar a los holdouts al punto de borrarlos como acreedores en sus informes oficiales (uno de los motivos por los cuales el nivel de deuda sobre PBI de Argentina es menor al real.) Doce años después del default el gobierno choca con la realidad al tener todas las instancias judiciales agotadas en su contra.

Mucho se ha dicho sobre como el fallo del Juez Griesa daña la seguridad jurídica de bonos soberanos y reestructuraciones. Si hay algo que el fallo de Griesa hace es ofrecer seguridad jurídica bajo legislación NY. Es más fácil encontrar acreedores dispuestos a comprar bonos bajo legislación NY dado que ningún país puede usar como excusa un default para incumplir sus contratos. Quienes critican el fallo de Griesa argumentando que va a ser más difícil emitir deuda parecen olvidar el rol que la seguridad jurídica tiene en las transacciones de crédito. El problema no es el fallo de Griesa, el problema es que Argentina decidió dejar de lado la collective action clause y, una vez más, descuidar sus cuentas fiscales. Los default no pueden ser usados como herramienta política para ignorar contratos a gusto y conveniencia. De hecho, los países emergentes deberían agradecer el fallo del Juez Griesa dado que esto les permite endeudarse a tasas menores dado que este fallo ofrece una seguridad jurídica que estos países no siempre pueden o no quieren ofrecer. Un fallo favorable para Argentina hubiese implicado avalar que un país violase sus propios contratos.

Se argumenta, también, que el fallo es injusto dada la alta rentabilidad que los holdouts estarían recibiendo si Argentina decide honrar sus deudas en lugar de entrar nuevamente en default. Esto se debe a que fondos de inversión compraron estos bonos a precios bajos y estarían recibiendo el 100% de lo adeudado (más punitorios.) Sin embargo, como veíamos arriba, el fallo no hace más que seguir la letra del contrato. El precio al que se compra un bono no tiene trascendencia alguna sobre el fallo. Si Argentina debe o no pagar sus deudas no depende de a qué precios se compran sus bonos en el mercado secundario. Indistintamente del precio de mercado, Argentina debe pagar el 100% del valor de los bonos del mismo modo que usted debe pagar el 100% de sus cheques indistintamente de quien los tiene o a qué precios se han vendido en el mercado secundario. La alta rentabilidad de los bonos argentinos no son una muestra de la explotación financiera de “malvados” capitales internacionales sobre una pobre víctima emergente (Argentina). La alta rentabilidad refleja el alto riesgo país de invertir en nuestro país. Quienes entraron al canje decidieron reducir los montos a cobrar a cambio de lo que consideraron una mayor certeza sobre el pago de la deuda. Quienes decidieron no entrar al canje decidieron mantener un título por el 100% de lo prestado a cambio de mayor riesgo y llevar al país a juicio. El juez Griesa podría haber fallado tanto a favor como en contra de Argentina. Los “holdouts” apostaron y ganaron; podrían haber perdido. Es un error conceptual y casi un desprecio institucional-jurídico sostener que la  alta rentabilidad implica un alto riesgo y eso le da permiso a Argentina (o a cualquier país) para no pagar sus deudas una vez agotadas las instancias judiciales.

Estas aclaraciones también muestran que, de hecho, el país no salió de su default en el 2001 más allá del supuesto “mejor canje de deuda” del 2005. Dada la presencia del pari passu y la ausencia del collective clause action, Argentina no logró reestructurar satisfactoriamente su deuda y por lo tanto nunca salió del default. Fue gracias al “stay” del Juez Griesa que Argentina pudo seguir pagando a los acreedores que entraron al canje sin tener que pagar los holdouts. De hecho, no ha vuelto a emitir deuda internacional luego del 2001; en parte por el juicio con los holdouts aún abierto. Fue el gobierno de Chávez quien prestó a tasas muy altas (tasas usureras, dirían los críticos de los holdouts) a la administración Kirchner.

Podemos reducir la complejidad del caso a una analogía de menor escala. Intente explicarle a su banco que debido a que usted malgastó sus ingresos por más de una década tiene entonces el derecho a no devolver el prestamos hipotecario con el que compró su casa. Cuando el banco lo lleve a juicio por no pagar su hipoteca, intente explicarle al juez que usted es una pobre víctima de malvados fondos buitres explotadores representados por su banco y que usted tiene el derecho a ignorar a sus acreedores porque fue usted quien entro en default al ser incapaz de mantener el más elemental equilibrio fiscal y fue usted quien opto por dejar de lado lacollective clause action. Cuando el juez le falle en contra, intente explicarle al mundo entero en solicitadas de diarios internacionales como el fallo del juez es una injusticia que pone en peligro el mercado bancario internacional. Intente ahora justificar la postura del gobierno argentino.

A las puertas de un doble default

Si nos guiamos por las propias palabras del gobierno, Argentina estaría cerca de entrar en un default de su deuda pública sin siquiera haber terminado de salir del previo. Si bien es difícil predecir qué pueda suceder luego de entrar o no en default, sí es importante tener un diagnóstico acertado de cuál es el problema de fondo para no repetir los mismos errores. Bien podría decirse que Argentina no aprendió del default del 2001 si a poco más de una década se encuentra ante un problema similar (el famoso “una crisis cada 10 años en Argentina”). Si bien la situación amerita velocidad de reacción por parte del gobierno, hay dos puntos importantes importantes de resaltar para que no se pierdan en el análisis de corto plazo. En primer lugar el rol del déficit fiscal, en segundo lugar una diferencia fundamental en este default respeto al anterior que no parecer estar recibiendo la atención que merece.

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El “neoliberalismo” de los ’90 en el debate político

El ámbito político Argentino está convencido que la década del ’90 estuvo definida por políticas llamadas “neoliberales.” La crisis del 2001 no fue fruto de irresponsabilidad fiscal y alto endeudamento, fue el resultado injusto e inevitable de aplicar la “receta neoliberal”, que es a su vez asociada a políticas de libre mercado. Tanto el oficialismo como gran parte de la oposición coinciden en este diagnóstico. Es difícil decir a secas si Argentina fue o no neoliberal en los ’90, dado que la palabra ‘neoliberal’ carece de significado concreto, al menos en la arena política donde es frecuentemente mencionada. Es que la palabra neoliberal se suele utilizar como comodín de crítica para eludir la tarea de tener que acompañar los cuestionamientos con verdaderos argumentos.

El término neoliberal suele asociarse al Consenso de Washington (¿qué más oportuno para los críticos que la “receta neoliberal” se haya cocinado en Washington, capital del “Imperio Capitalista”?) El Consenso de Washington se resumen en los siguientes diez puntos:

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