Una demostración de fuerza, antes que un Código de consenso

Victoria Donda Pérez

Asistimos, nuevamente, a una intentona del gobierno por hacer una demostración de fuerza que, en este caso, se traduce en la reforma y unificación del Código Civil y Comercial como una imposición sin consenso, poniendo a la oposición en la situación de votarlo en su conjunto por la positiva o por su rechazo absoluto, toda vez que no tomaron en cuenta casi ninguna de las observaciones hechas por las voces de todo el arco opositor.

Nuevamente, el gobierno no escucha, no acepta ninguna objeción, no concensúa, no concede, se impone con su caballito de batalla más utilizado: la mayoría absoluta, perdiéndose la posibilidad de obtener una normativa tan importante como es la unificación y reforma del Código Civil y Comercial por medio del consenso que trascienda la coyuntura postelectoral.

Para pasar y hablar en claro… ¿en qué se traduce la imposición y falta de consenso? Veamos

Principalmente, en la imposición de una ley especial que saca del Código Civil y Comercial la responsabilidad del Estado y la trata de manera autónoma en una norma de derecho administrativo, lo cual, en principio, no estaría mal ya que el derecho administrativo es aquel que regula las relaciones entre el Estado y los ciudadanos.

Pero no es ésa la discusión. La discusión pasa por la cuestión de fondo, para que se entienda, el problema es que cómo está redactada la ley se traduce en  una mera regla de “impunidad estatal”, la llamen como la llamen.

Por ejemplo: en este proyecto, se quita la equiparación que el actual Código establece entre un funcionario público y un ciudadano común, frente a un daño que hayan causado; además exime al Estado de toda responsabilidad frente a su incumplimiento de control de las concesiones sobre los servicios públicos, que tantos accidentes y muertes han causado en nuestra historia reciente.

Esta ley restringe derechos que los ciudadanos habíamos obtenido con mucho esfuerzo en los tribunales y que son reconocidos por la jurisprudencia actual de la Corte.

Por otro lado, tenemos la restricción de derechos en materia de derechos de los consumidores y usuarios. La Ley de Defensa del Consumidor fue reformada en 2008 por este gobierno, logrando, hay que decirlo, una ley de avanzada en la materia, y sumamente protectoria de los derechos de los consumidores. El tema de su escasa o casi nula aplicación lo dejamos para otro momento.

Ahora, el gobierno vuelvo sobre sus propios avances y reforma la ley, incorporándola al nuevo Código pero de una manera dañosa para los consumidores y usuarios, a quienes se les imponen una serie de requisitos para poder reclamar y elimina la figura del consumidor abstracto, además se le recortan el alcance de las indemnizaciones.

Claro es a quiénes beneficia esta reforma: sí, a las empresas prestadoras de servicios. Parece que los redactores nunca tuvieron problemas con el servicios brindado por su empresa de telefonía celular, o nunca sufrieron cortes sorpresivos de la electricidad, o nunca fueron engañados con publicidades mentirosas, o nunca se vieron frente a la situación de tener que firmar un contrato para tener un servicio al cual no se le puede modificar ni una coma, si no no te presta el servicio la empresa, que por cierto, es monopolio. Tuvieron suerte.

En las audiencias se escucharon voces del todo el país en relación al desastre que están haciendo con la ley de defensa del consumidor, pero parece que los redactores no las oyeron.

Otro tema es el de los pueblos originarios, en donde el derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan les corresponderá sólo a las comunidades que tengan personería jurídica reconocida, legitimando la discrecionalidad que existe hoy en provincias como Formosa, Salta o Neuquén al momento de dar el visto bueno o no a algunas
comunidades.

Por su parte, la comisión redactora había propuesto que el acceso al agua sea conceptualizado como un derecho humano, con todas las garantías que ello trae aparejado a los ciudadanos. No lo vio así el kirchnerismo que ordenó que lo saquen del nuevo Código, pareciera que no es un tema fundamental el del agua, sin perjuicio de que en nuestro país existen miles de personas que todavía no tienen acceso al agua potable. Pero claro, reconocer esta situación no compatibiliza con el relato de la década ganada… mejor que salga del Código.

Por último hoy nos sorprendieron con la reforma del artículo 19, que define el momento en que comienza la existencia de la persona en la concepción. Logrando incluso la equiparación de los embriones con personas humanas. Ya conocemos la postura de la presidenta en contra del aborto, motivo por el cual no nos sorprendió que se mantenga el criterio de que la existencia de la vida comienza desde la concepción, definición que choca de frente con la lucha de millones de mujeres por la legalización del aborto.

Pero sí nos sorprendió entre “gallos y media noche” la modificación de último momento del artículo 19 por medio de la cual se eliminó el segundo párrafo que establecía que  “En el caso de técnicas de reproducción humana asistida, comienza con la implantación del embrión en la mujer” para que lo regule luego una ley especial; en una concesión descarada a aliados ocasionales ultracatólicos, de los que necesitan para aprobar esta barbaridad.

La lista de derechos que son recortados o restringidos en el nuevo código sigue, como también abundan, hay que reconocerlo, las cuestiones positivas como el llamado divorcio exprés, las uniones convivenciales y la adopción entre otros. Lo lamentable es que el gobierno no acceda a la menor negociación para obtener entre todos un nuevo código más democrático, con mayores derechos y avancemos hacia la constitucionalidad del derecho privado.

Entonces, el vicio del código que, seguramente, habrá de aprobarse la semana entrante es tanto de forma como de fondo, una nueva oportunidad pérdida para el país.