“Policización” y otras excusas para no actuar contra el delito

La pseudo-doctrina foránea conocida como abolicionismo penal ha influido notoriamente en la formación de abogados, magistrados judiciales y estudiantes de derecho de todo el país. Ha marcado a fuego muchas de las decisiones jurisprudenciales más controvertidas de los últimos treinta años. Ha colocado -hasta hace muy poco tiempo- en uno de los sillones del más alto Tribunal de la República a su máximo referente (Zaffaroni). Y, actualmente, el Poder Ejecutivo puja por reemplazarlo por uno de sus discípulos predilectos (Carlés).

Que el abolicionismo y los abolicionistas han hecho un daño inconmensurable al Derecho Penal Argentino y a la Administración de Justicia Penal, no es ninguna novedad. Por el contrario, es un tema demasiado trillado.

Pero muy poco se ha dicho o escrito sobre la nefasta influencia de esta supuesta corriente doctrinaria en la prevención delictual, resorte exclusivo del Poder Ejecutivo. Continuar leyendo

Las fisuras del sistema penal

El sistema penal, en tanto estructura del Estado dedicada a la prevención, investigación, juzgamiento y sanción de los delitos penales, constituye un complicado mecanismo en el que intervienen e interactúan diversos organismos públicos, entre los cuales se destacan: la Administación de Justicia Penal, el Ministerio Público, la Policía,  el Servicio Penitenciario y Organismos de Derechos Humanos, estatales y no estatales. El funcionamiento de este engranaje tiene serias deficiencias, que se exteriorizan fundamentalmente en el fracaso de la prevención delictual y en la ineficacia de la Justicia Penal para dar respuesta a los complicados problemas que generan el crimen y el criminal.

Mucho se ha dicho y escrito sobre estos temas. Plataformas electorales, promesas de campaña, proyectos de reformas y contrareformas de las leyes policiales, penales y procesales penales, cambios en los paradigmas, en los discursos, en las denominaciones, etc. Todo parece inútil frente a los datos de la realidad. Sin embargo, poco se ha dicho o escrito sobre las desconfianzas entre los distintos operadores del sistema penal. Un mal silencioso, artero y letal para cualquier organización humana. Una verdadera fisura del sistema.

Veamos:

-El Poder Judicial y el Ministerio Público desconfían de la Policía. Le adjudican culpas y fracasos en la prevención, en la investigación, en la preservación de las evidencias, en la reserva de las actuaciones -secreto profesional- etc.

-La Policía desconfía de Jueces y Fiscales. Los considera engreídos/as de traje y corbata; falda y tacos altos. Funcionarios/as de escritorio, sin experiencia, soberbios y no conocedores “de la calle”, “del barro”, de la realidad… (“¡Nosotros los detenemos y ellos los liberan!”; ”¡Nosotros estamos en la calle, ellos en sus despachos alfombrados!”)

-Los Organismos de Derechos Humanos -estatales y no estatales- detestan a la Policía y al Servicio Penitenciario y viceversa, y desconfían del Poder Judicial y del Ministerio Público.

-El Poder Judicial y el Ministerio Público desconfían de los Organismos de Derechos Humanos, pero tienen terror reverencial ante sus presentaciones o declaraciones públicas.

-La Policía desconfía del Servicio Penitenciario y viceversa. Ambos tienen “celos de uniforme” respecto del otro. Se auto-adjudican el real conocimiento del delito y del delincuente, despreciando la visión de la otra fuerza de seguridad.

-Todos los organismos que integran el Sistema Penal desconfían de la prensa. Tienen pavor ante noticias que los cite, aunque sea sólo al efecto informativo. Sin embargo, muchos de sus integrantes “mueren” por aparecer en los medios masivos de comunicación y filtran permanentemente información, generando rumores o trascendidos.

Esta simple descripción de una parte de la realidad del sistema penal debería ser tenida en cuenta en futuras (y seguras) “reformas” o “contrarreformas”, ya que la posibilidad de una política criminal seria y duradera, en la República Argentina, parece una verdadera entelequia.

Dos abogados, dos posturas

Abel y Adrián son abogados. Tienen entre 45 y 50 años cada uno. Fueron compañeros de la Facultad. Ambos son penalistas. Se encontraron en la puerta de los Tribunales porteños. A continuación, fragmentos de su diálogo.

Adrián: ¡Hola Abel!

Abel: Hola Adrián, ¿cómo va?

Adrián: ¡Estoy impactado! ¿Te enteraste del fallo de la Sala II de Casación Penal, respecto de la tenencia de drogas en la cárcel? Los jueces dijeron que no es delito poseer estupefacientes en un establecimiento carcelario para consumo personal, que eso está protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional… ¡Qué locura!!!

Abel: No sé por qué estás impactado. ¡El fallo me parece brillante! Al fin nuestros jueces se han puesto los pantalones largos frente al neopunitivismo deslegitimante…

Adrián: ¿Neo… qué? Continuar leyendo