El caso Ángeles y la credibilidad de la Justicia

Gabriel Iezzi

Desde el martes 11 de junio, cuando fue hallado en el Ceamse de José León Suárez el cuerpo sin vida de la menor Ángeles Rawson, la sociedad se vio conmovida y revolucionada por un caso con una trama macabra, que se investigaba desde el lunes 10 de junio en horas de la noche, cuando su madre denunció la desaparición de la joven y pidió una averiguación de paradero en la Comisaría 31 de la Policía Federal, correspondiente a su domicilio (Ravignani 2360). Tomaron intervención en la causa, por los turnos judiciales habituales, la fiscal de Instrucción Ana Paula Asaro, subrogante de la Fiscalía Nº 35, y el juez nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción Nº 17 Javier Feliciano Ríos, quien en ese momento se encontraba de licencia y era subrogado por su colega Roberto Ponce.

En una intensa semana de investigación, en la que se trabajaron todas las hipótesis habituales de un homicidio, la fiscalía, por las consideraciones y elementos probatorios que son de dominio público, solicitó al juez subrogante la detención del encargado del edificio donde vivía Ángeles, Jorge Mangeri, quien defendido entonces por el defensor oficial de turno Carlos Garay -un experimentado funcionario judicial- se negó en dos oportunidades a prestar declaración indagatoria, haciendo uso de su derecho a hacerlo, pero desaprovechando ciertamente dos momentos procesales ante el juez para efectuar su defensa, evacuar citas para ser trabajadas, denunciar formalmente las lesiones de las fue supuestamente víctima, etc..

En la última semana llegaron al juzgado interventor, que reasumió la dirección de la investigación, resultados concluyentes de algunas de todas las muchas pruebas científicas que en este tipo de delitos se llevan adelante: los restos de ADN tomados en la operación de autopsia del cuerpo de la menor, que resultaron pertenecientes únicamente a quien se encuentra desde el sábado 16 detenido como autor material del delito de homicidio simple, Mangeri, siendo esa la calificación provisoria con la que fue indagado.

Muchos son los elementos probatorios, claros y concretos, que luego de una seria, profesional y ordenada investigación fueron indicando la presunta autoría penal en cabeza de Mangeri, pese a que el “clamor social” inicial, que aún perdura, hacía recaer la responsabilidad en alguno de los integrantes del circulo familiar de Ángeles.

Este caso ha puesto nuevamente en el tapete la cuestionada credibilidad de la Justicia, golpeada por otros hechos penales no resueltos. Sin embargo, aquí nos ha permitido a los observadores objetivos del proceso encontrarnos con una “grata sorpresa”, en orden a la prolijidad y acabada tarea judicial, que entre otras cosas utilizó de una manera correcta la posibilidad que el sitio web del Ministerio Público Fiscal, creado el 30 de mayo, brinda y que es la de emitir comunicados que lleven aclaraciones a la comunidad toda, ante un caso de gran repercusión social y mediática.

Para el día de hoy, lunes 1º de julio, el juez Ríos ha resuelto citar nuevamente a prestar declaración indagatoria al único detenido por este aberrante hecho, Mangeri, oportunidad en la que le hará conocer todas las pruebas que obran en su contra (autoincriminación en declaración testimonial, lesiones en su cuerpo compatibles con lucha con la víctima y con tiempo de producción ubicado en el día de los hechos, sus claras y abultadas contradicciones incurridas en su declaración prestaba bajo juramento de decir verdad, el adelantamiento del horario del retiro de residuos, su estado de nerviosismo y vestimenta con bermudas y remera, los dichos del taxista que lo traslado el día lunes a la noche, sumado a esto los tres restos de ADN suyo en las uñas de la menor asesinada, prueba ésta de una relevancia indubitable). En dicha oportunidad podrá, asistido por su defensor particular, negarse nuevamente a declarar. Así, en los días posteriores, el magistrado, deberá cerrar el círculo probatorio sobre el acusado y resolver su situación procesal, la cual, a mi entender, resultará en un procesamiento y prisión preventiva, con un dato no menor a tener presente y es qué calificación jurídica la dará el juez Ríos, en orden a la cual y bajos las reglas del debido proceso, le dictará la resolución antes mencionada.

Así están los cosas a hoy en este proceso. Todo lo demás que se puede escuchar o leer son meros trascendidos, sin fundamentación en el proceso y por ende sin validez alguna.