La verdad sobre los DNU

Un grupo de noveles demócratas que adquirió en los últimos dos meses las virtudes del republicanismo constitucional desató una serie de críticas contra el presidente Mauricio Macri e intentó instalar la sensación de que el mandatario pretendía gobernar el país mediante decretos de necesidad y urgencia (DNU).

Sin embargo, transcurridos dos meses de gestión, la actual administración solamente emitió cinco de ese tipo de decretos. Los artículos de algunos medios, cuando el Presidente tenía apenas días en su cargo, giraban injustamente sobre la idea de que Macri había hecho uso de dicha herramienta constitucional con más frecuencia que todos sus antecesores. Comparaban la cantidad emitida en pocos días con el promedio anual de los anteriores presidentes, lo que configura un grosero error, porque es evidente que, cuando el Gobierno se ordena y las sesiones ordinarias del Congreso comienzan, el promedio desciende.

De hecho, no se observan notas que refieran a que hoy, a dos meses de administración, Macri sigue teniendo en su haber los mismos cinco DNU, con lo cual su promedio disminuyó a 2,5 por mes, la mitad que los emitidos, por ejemplo, por Néstor Kirchner, sacando el promedio total de su mandato, y un tercio de los que el mismo mandatario dictó en sus primeros dos meses. Continuar leyendo

Despidos y cargos políticos

Quienes observamos la política o participamos de ella hace más de treinta años, asistimos por estos días a un fenómeno único, extraño, heterodoxo, producto seguramente de doce años continuados de la misma fuerza política en ejercicio del poder y de la concepción autocrática y con pretensión y convicción de eternidad con que dicha fuerza concebía su estancia en la conducción del Estado.

Es histórico, tradicional, de buen uso y gusto, y un gesto de vocación democrática, que los funcionarios y los empleados políticos del Estado que ejercieron un rol en una administración entreguen sus renuncias cuando esa gestión concluye. Y que aquellos que no lo hacen esperen pacíficamente su reemplazo cuando el nuevo Gobierno lo decida.

Es lógico, cada gestión tiene su impronta, su modo de ver las cosas, sus confianzas y sus fidelidades, al cabo, por eso el pueblo toma su soberana decisión de cambiar una administración por otra, no solamente para el cambio de un presidente, sino de todos sus equipos de trabajo. Es disparatado pensar que el nuevo gobernante deberá llevar adelante el país con gente que piensa absolutamente distinto o guarda fidelidades con sus rivales políticos. Con estos puede sentarse y acordar, debatir, intercambiar ideas e incluso aceptar propuestas, pero no son su equipo de gestión. Continuar leyendo

AMIA y juicio en ausencia

El Ministerio de Justicia de la Nación estudia diversas maneras de darle impulso a la causa AMIA y una de las recetas mencionadas es la de seguir el proceso adelante en ausencia de los imputados. Hasta aquí la Justicia argentina ha avanzado todo lo que la legislación local permite: se llegó a la convocatoria a declaración indagatoria de un grupo de imputados que no se presentaron a “estar a derecho” y permanecen en rebeldía, pese al pedido de captura internacional tramitado vía Interpol, protegidos por su país de origen: Irán.

¿Por qué la Justicia no ha avanzado más? Simplemente porque la declaración indagatoria de los imputados en el acto de defensa en juicio es parte importante del proceso penal, el que garantiza dicho derecho de defensa y cumple con la sagrada regla constitucional establecida en los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional. Sin indagatoria, el magistrado no puede procesar, porque implica una negación de un principio insoslayable.

Ahora bien, tampoco puede desconocerse que la doctrina y la jurisprudencia penal internacional, ante determinas circunstancias excepcionalísimas, han dejado de lado principios básicos que se entendían ineludibles en materia penal. Más precisamente, estas excepciones se han relacionado con los llamados delitos de lesa humanidad.

En ellos, por ejemplo, se ha desestimado el instituto de la prescripción, que también es fundamental para los sistemas penales modernos, porque garantiza que la persecución punitiva del Estado no es eterna, tiene un límite temporal, de acuerdo con la legislación de cada Estado, pero siempre uno. Continuar leyendo

El voto de Gemignani

El 30 de marzo de 2013, apenas aprobado en el Congreso de la Nación por la abrumadora mayoría kirchnerista de entonces el pacto de impunidad con Irán, la Organización de Estudios Sociales y Políticos (OESYP), que dirijo, emitió un informe en los siguientes términos:

“Anoche el Congreso dio forma definitiva al acuerdo con Irán para permitir que los sospechados por el brutal múltiple homicidio de la AMIA se juzguen a sí mismos. El artículo 214 del Código Penal, la Constitución y la duración de los fueros.

La Constitución Nacional los llama infames a los traidores a la patria. El artículo 214 del Código Penal tipifica la traición. Dice: ‘Será reprimido con reclusión o prisión de 10 a 25 años, o reclusión o prisión perpetua en uno u otro caso, inhabilitación absoluta perpetua, siempre que el hecho no se halle comprendido en otra disposición de este código, todo argentino o toda persona que deba obediencia a la nación por razón de su empleo o función pública, que tomare las armas contra esta, se uniere a sus enemigos o les prestare cualquier ayuda o socorro’.

Interesante artículo para desmenuzar: tanto la presidente Cristina Fernández como el canciller Héctor Timerman, y todos y cada uno de los legisladores que en el Senado y la Cámara de Diputados votaron a favor la ley que corroboró el memorándum de entendimiento con Irán deben obediencia a la nación por razón de su función pública. Continuar leyendo

La cosa no juzgada

La decisión del Gobierno de Mauricio Macri de desistir la apelación del fallo que declaró la inconstitucionalidad del pacto con Irán no solamente devuelve un poco de cordura y racionalidad al Estado de derecho y la política exterior, sino que abre posibilidades más que interesantes para revisar las resoluciones que dieron por cerrada la denuncia del fiscal Alberto Nisman, la cual, a la sazón, le costó la vida.

Para empezar, resulta un poco comprometido jurídicamente darle el carácter de cosa juzgada a algo que no se juzgó. Dicho instituto de raigambre constitucional impide que una persona pueda ser enjuiciada más de una vez por el mismo hecho. Sin embargo, la exhaustiva denuncia del fiscal no fue objeto de juzgamiento, simplemente se la archivó sin investigar. No hubo siquiera un sobreseimiento de los imputados, se produjo un rechazo in limine, por presunta inexistencia de delito.

En tales condiciones, estamos frente a lo que podríamos llamar una cosa no juzgada, algo que en realidad jamás se ventiló ni investigó y, por ende, es susceptible de hacerlo. Los rigoristas podrán decir que, en realidad, habiéndose analizado los hechos denunciados y comprendido los jueces que ellos no constituían delito, opera la cosa juzgada en tal sentido. Cuestión discutible desde lo jurídico. Continuar leyendo

Por una Procuración no militante

Cuando la Constitución Nacional de 1994 incorporó el Ministerio Público en su artículo 120, fue bastante escueta: “El Ministerio Público es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que tiene por función promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la República. Está integrado por un procurador general de la nación y un defensor general de la nación y los demás miembros que la ley establezca. Sus miembros gozan de inmunidades funcionales e intangibilidad de remuneraciones”.

Cuatro datos deja claros este artículo: 1) La forma de designación y remoción del procurador están sujetos a una ley; 2) La Carta Magna no requiere mayorías agravadas para el dictado de tal ley, porque en todos los casos en que lo exige lo hace explícitamente; 3) No se menciona la estabilidad en el cargo, por lo cual puede colegirse que esta podría ser permanente o temporal; 4) El procurador goza de inmunidades, al igual que los legisladores, mientras detente su cargo; su remuneración es intangible, como en el caso de los jueces.

Ahora bien, la ley 27148 que rige el Ministerio Público y regula el artículo constitucional precitado establece en su artículo 76: “El procurador general de la nación sólo puede ser removido por las causales y mediante el procedimiento establecidos en los artículos 53 y 59 de la Constitución Nacional”. Los artículos mencionados de la ley fundamental son los que establecen el mecanismo de juicio político: acusación por parte de dos tercios de los miembros de la Cámara de Diputados; remoción por los dos tercios de la Cámara de Senadores. Continuar leyendo

¿Qué lugar quiere tener el peronismo?

En el fútbol de hace un par de décadas, era bastante habitual que los equipos que iban perdiendo un partido y se sintieran impotentes para revertir la derrota terminaran el encuentro con un concierto de patadas, codazos y golpes arteros, como muestra de presunta guapeza que equilibrara su derrota. Los años fueron cambiando la concepción de cómo debe enfrentarse una circunstancial caída y hoy son pocos los encuentros que terminan de ese modo y los que lo hacen son socialmente condenados.

En esta época política algunos sectores del kirchnerismo saliente, bajo la impronta de la Presidente en sus últimos días de mandato, parecen de aquellos viejos equipos de la Copa Libertadores de los setenta. Por cierto que hay dirigentes probos, que siguen una línea racional en la transición, inteligente y adecuada a los tiempos, pero está claro que no son los del riñón de Cristina Kirchner.

Lo primero que hay que mencionar es que este modo de asimilar el cambio político es una muestra de enorme desprecio a la voluntad popular mayoritaria y un símbolo de la autopercepción como una mayoría iluminada, poseedora de la verdad exclusiva, que no merece otra cosa que el gobierno eterno. Sólo alguien que se autopercibe de tal manera, por encima del pueblo mismo, se conduce como lo hace el Gobierno saliente. Continuar leyendo

Desprecio a la voluntad popular

El kirchnerismo ha sido original, ha llevado a cabo conductas que jamás habíamos visto en otros períodos democráticos o ha profundizado algunas de otros Gobiernos hasta la exageración. La mayoría de sus actitudes resaltan por drásticas, por ostensibles, por desmesuradas.

Hoy podemos observar que no ha existido Gobierno en retirada que haya mostrado más apego al poder por el poder mismo, ni semejante desprecio a la voluntad popular de cambio. No deja de emitir señales descaradas de ello, tanto a nivel nacional como en localidades remotas del interior del país, donde el voto del soberano decidió que no continúen en el poder.

El caso del intendente tucumano de Concepción es paradigmático. Sitiado y amenazado en su oficina por un grupo de empleados políticos a los que cesanteó cuando asumió, como corresponde a toda gestión nueva, sin auxilio de la fuerza pública para normalizar la situación, los punteros lo bloquean y lo amenazan en su despacho.

Todas las administraciones que terminaron desde la recuperación democrática retiraron sus cuadros políticos de la administración. Es cierto que durante esos Gobiernos muchos iniciaron carreras administrativas y se mantuvieron trabajando en el Estado como empleados de la planta estable, pero no lo es menos que en la última etapa de cada período no existió un pase masivo a la planta permanente. Los funcionarios y los empleados políticos saben que terminado su ciclo “vuelven al llano”, en todo caso a recuperar espacio para volver a convencer a la sociedad de sus virtudes. Todos los funcionarios y los empleados políticos, históricamente, ante un cambio de Gobierno, presentan sus renuncias al nuevo jefe de la repartición donde se encuentren. Así ha funcionado siempre. Continuar leyendo

Política, miedo y subestimación

Es sintomático que alguien haga política tratando de infundir temor. Los peores años de la Argentina transcurrieron en un clima de miedo. A decir, a hacer, incluso a haber visto, o a estar en una agenda. El miedo no nos vino solo, nos quisieron dar miedo, trataron de atemorizarnos para que pensásemos o actuáramos de tal o cual modo, para sojuzgarnos. Volver a la política de atemorizar al ciudadano, al votante, para condicionar su conducta es, una vez más, propio de las dictaduras. Podría decirse que jamás un Gobierno elegido por el voto popular tuvo tantas características de una tiranía, en eso el kirchnerismo es realmente especial, único.

Desesperado por el resultado electoral de la presidencial, el oficialismo incrementó su campaña del miedo, que, por cierto, no empezó ahora. Si uno recuerda a aquel pobre empleado de una inmobiliaria que se le ocurrió decirle a un periodista que habían bajado las ventas y la AFIP se le vino encima, mientras la Presidente lo destruía por cadena nacional, uno entiende que la estrategia del miedo no es de hoy. Pensando en la mecánica del temor se me vino a la cabeza Alberto Nisman, no sé bien por qué.

Sin embargo, el juego del terror tiene también sus dificultades. Para infundir miedo el emisor del mensaje debe ser creíble. Decir que determinada persona acarreará sobre nosotros las siete plagas de Egipto necesita que quien lo diga goce de credibilidad, porque se trata de un disparate de tal magnitud que solamente la fe en el emisor puede nublar de tal modo la razón como para hacer creíble el mensaje. Continuar leyendo

Macri y la peronización

He venido escuchando y leyendo incesantemente, bajo autoría de pretendidos especialistas en campaña electoral, medios, analistas y políticos, que Mauricio Macri “desperonizó su campaña”, que ahora va a “peronizarla”, y que sube o baja en las encuestas como consecuencia de tales supuestos imprecisos.

Para saber si alguien se peroniza o desperoniza hay que subir primero una cuesta complicadísima y de múltiples senderos, casi todos conducentes a la nada, que implica definir qué es el peronismo. En principio, soy de la idea de que tal concepto encierra una serie de nociones vinculadas a equiparar las posibilidades de todos los ciudadanos, cualquiera sea su origen, estableciendo principios de justicia social, tanto discursivamente como en los hechos. En definitiva, ese es el gran legado del peronismo a la historia argentina: el establecimiento como ineludibles de una serie de derechos del pueblo que ya nadie niega.

En tal sentido, es harto evidente que Mauricio Macri no necesita peronizar su campaña, dado que ya está altamente peronizada, no solamente desde las declaraciones públicas como candidato, sino especialmente desde sus hechos en el Gobierno en la ciudad de Buenos Aires. No ha habido, si tal es el concepto de peronismo, un Gobierno más peronista que el de Macri en esta ciudad. En retrospectiva histórica, es imposible encontrar un mayor y mejor acceso a la salud y la educación públicas que en la gestión macrista. Es imposible recordar que algún otro Gobierno local se haya empecinado de la forma en que lo hizo el de Macri en hacer progresar con infraestructura las zonas más empobrecidas y postergadas históricamente en la ciudad de Buenos Aires, como La Boca, Barracas o Parque Patricios. Continuar leyendo