La Corte Suprema de Estados Unidos, la última opción argentina

J. I. García Hamilton (h)

En su fallo del 21 de noviembre de 2012, el juez Griesa sostuvo que Argentina violó la cláusula “pari passu de los bonos al considerar que los holdouts fueron puestos en un escalón inferior a aquellos tenedores de deuda que ingresaron a los canjes de 2005 y 2010. En virtud de esta violación, que ya fuera ratificada por la tribunal de apelaciones el 26 de octubre de 2012, Argentina estaría obligada a cancelar a los actores del expediente “el 100% del capital adeudado con más los intereses devengados conjuntamente con la siguiente cancelación de bonos de deuda reestructurada”.

El pasado 23 de agosto, el Segundo Tribunal del Circuito de Apelaciones de Estados Unidos confirmó el fallo emitido por el magistrado Thomas Griesa a favor de los fondos NML, Aurelius y otros tenedores de bonos en default. El monto alcanza la suma de 1.333 millones de dólares de capital más los intereses devengados a la fecha de pago.

Este último fallo del tribunal de apelaciones otorgó efecto suspensivo (stay) a la decisión hasta tanto se expida la Corte Suprema respecto a las apelaciones ya presentadas, y las que en el futuro se pudieran presentar. La Argentina apeló ante la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos los alcances del fallo de corte de apelaciones del 26 de octubre del año pasado. Finalmente, a principios de octubre de este año, la Corte Suprema decidió no incluir el expediente en cuestión entre aquellos a considerar en el actual período de actividades. De esta manera, la decisión sobre si el país violó la provisión de “tratamiento igualitario” se encuentra firme en contra de los intereses soberanos.

Falta resolver y arribar a una decisión final respecto a la obligación de la Argentina a tener que abonar el 100% del capital e intereses conjuntamente con el próximo pago a los bonistas de deuda restructurada. En este caso, y luego de la decisión del tribunal de apelaciones, la Argentina solicitó ante el mismo tribunal un pedido de revisión “en banc”.

Este pedido -que rara vez se otorga- consiste en que todos los miembros del Tribunal de apelaciones se aboquen y analicen el caso sobre el que ya fallaron tres de sus camaristas. En el caso en cuestión, han entendido en el expediente los camaristas Reena Raggi, Barrington Parker y Rosemary Pooler, emitiendo el citado fallo del 23 de agosto pasado.

Sin embargo, el 18 de noviembre, la corte de apelaciones de Nueva York rechazó este pedido de revisión total del expediente. El texto de rechazo contiene una sola línea: “el pedido es denegado”.

Así se cierra la instancia del tribunal intermedio, quedando como única y última instancia la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. El Estado argentino tiene un plazo de 90 días para apelar ante el máximo tribunal, quien deberá decidir si se aboca al expediente en cuestión, o si nuevamente lo rechaza. En este último caso, resulta igualmente difícil considerar que la Corte Suprema modifique las decisiones de las dos instancias previas.

En definitiva, en este largo proceso judicial, el final pareciera estar cada vez más cerca, y las posibilidades de éxito de Argentina, cada vez menores. Soluciones extrajudiciales como las que se están barajando parecerían ser viables, dado el “estado de autos”, como suelen decir los letrados.