Erradicación del trabajo infantil: profundo compromiso, políticas concretas

Oscar Cuartango

El 12 de junio conmemoramos el Día Mundial para la Erradicación del Trabajo Infantil. Se entiende por trabajo infantil a las “estrategias de supervivencia o actividades productivas de comercialización o prestación de servicios, remuneradas o no, realizadas por niñas y niños, por debajo de la edad mínima de admisión al empleo y/o trabajo establecida en nuestro país, que atenten contra su integridad física, mental, espiritual o social y que interrumpan o disminuyan sus posibilidades de desarrollo y ejercicio integral de sus derechos”.

Por iniciativa del gobernador Daniel Scioli, la provincia está desarrollando una perspectiva de abordaje intersectorial e integral, sumando a los actores sociales vinculados tanto a la promoción y protección de derechos de la infancia como a lo productivo. A partir de la Comisión Provincial de Erradicación del Trabajo Infantil (COPRETI) y con apoyo de Unicef se articulan propuestas para abordar la situación a nivel local, teniendo en cuenta factores estratégicos de cada economía, la necesidad de propiciar más y mejores lugares de cuidado infantil, ampliando la cobertura educativa y de salud, y promoviendo actividades culturales para desnaturalizar el trabajo infantil.La COPRETI de Buenos Aires tiene una labor sostenida desde 2004 y cuenta con el reconocimiento de organismos internacionales como OIT y UNICEF. La presidencia de la Comisión está a mi cargo pero es sumamente destacable la participación y compromiso de los demás organismos provinciales que la integran y con quienes desarrollamos actividades conjuntas como capacitaciones a agentes de salud a través del Programa SUMAR o en las mesas locales de Florencio Varela, José León Suarez o Lomas de Zamora.

Este año se ha dado un paso importante con la sanción de la ley que tipifica como delito al trabajo infantil: se sancionará a las personas adultas que aprovecharen económicamente el trabajo de niños, niñas y adolescentes menores de 16 años, salvo las tareas que tuvieren fines pedagógicos o exclusivamente de capacitación. No serán punibles los padres, madres, tutores o guardadores, ya que no se penalizarán las estrategias familiares de supervivencia. En este sentido, se ha avanzado significativamente también con otras normas como la ley de trabajo agrario y la del Régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares.

El trabajo infantil está prohibido en la Argentina y está permitido a partir de los 16 años en determinadas condiciones, que contribuye a la erradicación denunciar ante una comisaría o en el organismo del poder judicial que corresponda una situación de trabajo infantil para que se investigue teniendo presente que el Estado no renuncia a su función social por la penalización, sino que en este tema son necesarias tanto las sanciones y la pena para el sector empleador como atender las particularidades de cada niño o niña en pos de la garantía de sus derechos.  Este es el enfoque de la COPRETI.

Este año la Organización Internacional del Trabajo propone hacer foco en el trabajo infantil doméstico que se refiere al trabajo para terceros o en el propio hogar, que tiene características particulares, ya que se lleva a cabo en el ámbito privado. Este tipo de trabajo atenta contra el desarrollo integral de los niños y niñas con graves consecuencias para la salud dificultando el acceso a lo educativo y recreativo por el aislamiento, la falta de socialización, las complicaciones horarias, etcétera.

El gobernador Scioli siempre ha sostenido que el trabajo digno es el principal ordenador de la vida social, no sólo garantiza la reproducción de una sociedad si no que además contribuye a fortalecer las identidades y procesos de autoestima en las personas, además de  generar nuevos vínculos de solidaridad. Pero seamos claros: el trabajo es responsabilidad de los adultos, los niños y niñas a jugar y aprender.