La alternativa al Memorándum de Entendimiento con Irán no es otra que su denuncia y exigir firmemente que dicho país se comporte conforme al derecho. Si fuera el caso, la solución tiene dos pasos procesales sencillos. El primero, es simplemente que Irán dé cumplimiento a los numerosos exhortos librados por la justicia argentina. El segundo, es que en un nuevo exhorto el juez interviniente solicite al juez iraní que indague a los acusados en su nombre.
La Corte Suprema de Justica tiene decidido que “nada obsta que la declaración indagatoria de un procesado sea recibida mediante exhorto” en la medida que se respeten las garantías del acusado. La regla de que los actos procesales deben cumplirse ante el juez natural de la causa, ceden en supuestos excepcionalísimos. Ese fue el caso del antecedente, entre otros, de los interrogatorios a los asesinos de Ariel Malvino en Florianópolis. Respecto al pasado, algunos de esos exhortos planteaban preguntas puntuales relacionadas con las investigaciones como puede ser el caso del requerimiento de los teléfonos con los que se llamó desde la Argentina en la época del atentado terrorista. En otros se solicita la detención de nueve personas. Todos merecen ser contestados.
En el 2007, Irán se comprometió a responder con seriedad los insistentes requerimientos de la justicia argentina. Sin embargo, no lo hizo. En un único documento en el año 2008, a una década de incansables peticiones de la justicia argentina, un fiscal iraní se limitó a negar en 19 carillas la responsabilidad de los acusados de ser los autores materiales e intelectuales del ataque terrorista contra la AMIA, sin tener en cuenta el pedido de la justicia argentina donde se cometió el delito. Tampoco ofreció pruebas.
Los antecedentes reflejan que la mejor forma de iniciar un proceso fresco y renovado entre Irán y la Argentina no es el recurso a lo inanimado como ha pretendido el fracasado Memorándum de Entendimiento. Lo que se necesita, en cambio, es que actúen los mecanismos judiciales de cada país.
La justicia iraní debe contestar los exhortos aún cuando un juez iraní pueda contradecir las investigaciones de la justicia argentina e incluso pueda exhibir pruebas en contrario. Lo que no es aceptable es el silencio o la negación por la negación misma. Tampoco que no se ofrezca aclaración sobre la responsabilidad atribuida por el Fiscal General a ciertas autoridades iraníes conforme a una reunión en Pashad en 1993, donde se habría decidido el atentado terrorista.
Es hora de que la nueva Administración en Teherán de muestras concretas de voluntad de cooperar con la justicia argentina. Hacerlo sería una señal adicional de que el presidente Hassan Rouhani se encamina esperanzadoramente en la senda del derecho internacional.