Por: Jorge Silvestre
A finales de 2005 el Congreso Nacional aprobó la Ley 26.075 de Financiamiento Educativo, una herramienta legislativa que buscaba introducir modificaciones sustantivas en la estructura del financiamiento de la educación así como cambios importantes en las relaciones políticas y financieras entre la Nación y las provincias. Entre sus principales objetivos se destacaba el incremento de la inversión en educación, ciencia y tecnología, fijando una meta de esfuerzo educativo del 6% del PBI en un lapso de cinco años. Para ello, la ley establecía metas particulares de inversión al gobierno nacional, a los gobiernos provinciales y al de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de un esquema de convergencia financiera que propendiese hacia el cumplimiento de los fines establecidos en la Ley.
No obstante, desde 2005 las profundas brechas estructurales de inversión entre las jurisdicciones participantes en el financiamiento se mantuvieron constantes evidenciando debilidades en el diseño de la ley. A pesar deque en gran medida las desigualdades demostradas entre los sistemas educativos provinciales tienen su origen en las divergencias económicas y sociales de los territorios, las mismas se perpetuaron en el tiempo al haberse definido una distribución de responsabilidades de inversión entre las jurisdicciones que no tomaron en cuenta los puntos de partida de cada realidad.
Objetivos educativos
En la ley no se explicitan los objetivos educativos ligados a la cuestión del financiamiento. Entonces, en términos globales, el punto de llegada parecería ser la determinación del número de partidas asignadas a educación, siendo esta un área que requiere de mediciones precisas para la determinación de variables fundamentales en el alcance los objetivos declamativos planteados en la ley. Entre ellos se destacan los niveles de cobertura, salarios docentes, oferta de servicios educativos, infraestructura escolar, perfil de los docentes y resultados educativos, entre otros. La aparente desconexión entre las metas en financiamiento y en educación afecta de manera directa la eficiencia del gasto en la materia.
En educación es necesario que las metas de inclusión sean más concretas y se alineen en la mayor medida posible con los objetivos planteados en la Ley Federal de Educación, posterior a la actual ley de financiamiento educativo. En este punto el gran desafío de una nueva ley consiste entonces en dotar de herramientas concretas a dichos objetivos con resultados esperados específicos en materia de inclusión, fomento de la igualdad de oportunidades y calidad educativa.
La educación constituye la principal condición extraeconómica del desarrollo y su financiamiento requiere de premisas tanto de sostenibilidad macroeconómica e institucional como de cohesión social. Para asegurar esto último es necesario promover el mayor grado de igualdad posible entre individuos, grupos sociales y regiones. El desarrollo requiere de la movilización de recursos en función de prioridades nacionales dictaminadas por una visión atenta al largo plazo. La principal herramienta para ello es un presupuesto realista, participativo, bien articulado y ejecutado con responsabilidad, orientado a políticas de Estado que trasciendan las coyunturas.