Proteger, preservar, custodiar

Claudio Avruj

El derecho a un medio ambiente sano es un derecho humano fundamental, emergente y de primera magnitud. Todos dependemos del medio ambiente en el que vivimos. Sin un medio ambiente saludable, no podemos hacer realidad nuestras aspiraciones, ni siquiera vivir en un nivel acorde con unas condiciones mínimas de dignidad humana.

El estado de la naturaleza, el hábitat y el medio ambiente condicionan la vida humana en una escala individual, comunitaria y social; y a su vez es el hombre con su actividad económica, social, cultural y recreativa quien condiciona el medio ambiente y su hábitat. Al pensar en el derecho a un medio ambiente como un derecho humano básico tenemos que hacerlo mirando tres dimensiones: la degradación ambiental que es una vulneración de los derechos humanos; la falta de conciencia y responsabilidad ambiental que genera la obligación de reparar; y los problemas ambientales que tienen la peculiaridad de permanecer en el tiempo y ser transgeneracionales. Estos tres factores ponen en tensión y conflicto a la sociedad y a los ciudadanos unos con otros. Son en especial los sectores más vulnerables quienes soportan las consecuencias de la degradación ambiental. El desconocimiento en torno a las consecuencias de las problemáticas ambientales, la escasa o nula información disponible sobre situaciones potenciales o actualmente peligrosas, la no percepción de los riesgos ambientales en el presente y a futuro, la dificultad de acceder a la justicia son algunos de los déficit que tenemos como sociedades y como gobiernos.

Hay una marcada interdependencia de los derechos, como es el caso del derecho al medio ambiente y del derecho al desarrollo humano: el cambio climático, la ordenación y el uso no sostenibles de los recursos naturales y la gestión irracional de los desechos y las sustancias químicas representan hoy las principales amenazas para el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, pero también para el disfrute efectivo del derecho a la vida, del derecho al más alto nivel posible de salud física y mental, del derecho a un nivel de vida económico adecuado del derecho a la alimentación y el derecho al agua potable y al saneamiento, y el derecho a una vivienda adecuada.

El número y el alcance de leyes internacionales y nacionales, decisiones judiciales y estudios académicos sobre la relación entre derechos humanos y medio ambiente han crecido rápidamente. A partir de la incorporación a la Constitución Nacional del derecho a un medio ambiente saludable, la Argentina y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han avanzado en un marco normativa amplio de los temas ambientales que va desde la regulación, la protección, la preservación, el acceso a la información, etc. A pesar de que esto demuestra que en los últimos años el reconocimiento de los vínculos entre los derechos humanos y el medio ambiente ha aumentado considerablemente, hay numerosas cuestiones sobre la relación de los derechos humanos y el medio ambiente que siguen sin resolverse, que requieren un examen más detenido y una acción mas concreta.

El Día Mundial del Medio Ambiente fue establecido por la Asamblea General de Naciones Unidas, en su Resolución (XXVII) del 15 de diciembre de 1972 con la que se dio inicio a la Conferencia de Estocolmo, Suecia, cuyo tema central fue el Ambiente.

Como las principales ciudades del mundo, Buenos Aires se suma a esta fecha en la gestión diaria incorporando proyectos y acciones para adaptar su infraestructura al cuidado del medio ambiente, en línea con las tendencias ecológicas mundiales: el Master Plan de Higiene Urbana –que incluye las columnas verdes en plazas para desechos reciclables, las acciones de reciclado y reducción de basura, la prohibición de bolsas plásticas-,  el Plan de Movilidad Sustentable, la incorporación de luminarias de menor consumo, la feria de consumo responsable, las mejoras en parques y plazas, las Escuelas Verdes. Así, la política de Buenos Aires Ciudad Verde tiene como visión una ciudad con conciencia verde, sustentable y que garantiza para sus habitantes el derecho humano a un hábitat adecuado para el desarrollo de su vida.

En este día tenemos que comenzar a pensar, como funcionarios, políticos y ciudadanos, en una política ambiental con enfoque de derechos humanos que incluya como lineamientos tres palabras: PROTEGER –la naturaleza y al prójimo de las acciones que dañan su desarrollo humano-, PRESERVAR –el medio ambiente y los recursos para las generaciones futuras-, CUSTODIAR –aquello que nos fue dado y legado, de aquellos que quieren dañarlo y degradarlo-.