Por: Martín Pittón
La presidenta Cristina Fernández volvió a utilizar su cuenta de Twitter para dejar sentada su posición sobre una cuestión ya resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero que parece querer reabrir en medio de la puja judicial que mantiene el gobierno por la reforma judicial.
A lo largo de cinco tweets, la Presidenta se refirió al caso del juez Carlos Fayt, el miembro de la Corte con mayor antigüedad y con 95 años, prácticamente declarando ilegal que siga siendo ministro del Alto Tribunal. Cristina Fernandez disparó: “Cuando mencioné el origen político de algunos integrantes de la Corte Suprema de Justicia, se me olvidó nada más ni nada menos… el casi centenario miembro de la Corte, que pertenece al histórico y también centenario Partido Socialista. ¡No puede ser! Si la Constitución Nacional establece un límite de 75 años para ser parte del alto tribunal… ¿Ven que están mal informados? Por una acordada (decisión que puede tomar por simple mayoría la Corte Suprema)… la Constitución, la Ley y lo que diga María Santísima… out. Dura lex no lex. (El aforismo me pertenece)”.
Es claro que las expresiones de la Presidenta forman parte del enfrentamiento que el gobierno mantiene con la Corte y que por estas horas se agudiza frente a la catarata de fallo adversos declarando inconstitucional los tramos más sensibles de la reforma judicial, como son las modificaciones que desde el Poder Ejecutivo se pretende introducir en el Consejo de la Magistratura.
En primer lugar es importante recordarle a la Presidenta que la decisión que tomó la Corte en este caso no se trató de una acordada sino de un fallo, que popularmente se lo conoce como el fallo “Fayt”. El conflicto surgió la Convención Constituyente de 1994 incorporó un requisito para que los jueces se mantuvieran en el cargo una vez cumplidos los 75 años, que alteraba el tradicional principio de que los jueces “conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta” (art. 110 CN). El tercer párrafo del inciso 4° del artículo 99 de la Constitución Nacional establece: “Un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años. Todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite”.
El juez Fayt presentó una acción declarativa contra esa modificación, ya que en ese entonces había cumplido los 75 años, con el fin de hacer cesar la incertidumbre que le motivaba el nuevo requisito de la edad para la permanencia en su cargo. El caso llegó a la Corte Suprema y la mayoría de sus miembros -en un fallo y no en una acordada- declararon nulos el art. 99 inc. 4° y la Cláusula Transitoria undécima. El argumento de fondo que esgrimió el Tribunal fue que “la modificación al sistema de inamovilidad de los jueces no estaba incluida entre los que la Ley 24.309 declaró necesario modificar”, según explica la constitucionalista María Angélica Gelli en su obra Constitución de la Nación Argentina comentada y concordada.
La ley declarativa de la necesidad de reforma, la citada 24.309, establecía en su art. 6° la nulidad absoluta de cualquier reforma que fuere introducida por la Convención Constituyente extralimitándose del mandato conferido por el Congreso Nacional. Además, el otro eje del fallo fue que el principio general de inamovilidad de los jueces había sido limitado por la cuestión que los magistrados al alcanzar la edad de 75 años necesitaban un nuevo nombramiento para continuar en sus funciones y ello afectaba su independencia.
La Presidenta, que es una abogada exitosa -como ella misma se ha definido-, debería saber que es en virtud a este fallo que el juez Carlos Fayt continúa ocupando un sitial en la Corte Suprema. Es muy posible que lo sepa pero que la coyuntura política y judicial que está enfrentando el gobierno la obligue a decir medias verdades; que muchas veces es más grave que decir mentiras.