Por: Rubén Murray
En su afán por recaudar, la AFIP acaba de emitir una resolución según la cual presume que las personas que cuentan con determinados ingresos y bienes poseen personal en relación de dependencia y, por lo tanto, deben realizar los aportes correspondientes. Sin embargo, esta norma, al igual que muchas otras del organismo recaudador, tiene falencias que no hacen más que profundizar el descalabro del sistema tributario argentino.
Según la resolución general N° 3492, la AFIP presume que una persona que tiene ingresos anuales brutos superiores a $ 500.000 y que tiene bienes gravados o exentos por un valor total superior a $ 305.000 cuenta con una persona que realiza tareas domésticas en el hogar, y por lo tanto tiene que realizar un aporte mensual que a partir de este mes asciende a $ 135.
Esta presunción implica que la AFIP podrá realizar determinaciones de deuda por aportes y contribuciones de aquellas personas que no declararon personal doméstico, y podrá intimarlos a que paguen esos impuestos, aun si no cuentan con dicho personal.
Este mecanismo de presunción es tan ridículo como si la Justicia presumiera la culpabilidad de las personas a menos que demuestren su inocencia. En el caso de la AFIP, supone que el contribuyente tiene personal doméstico, y que es un deudor que evade impuestos, a menos que demuestre lo contrario.
Asimismo, el organismo recaudador tuvo que modificar la norma a tan sólo horas de haberla emitido, ya que en la versión original establecía que con que se cumpla uno de los dos parámetros indicados, el contribuyente tenía que realizar los aportes y contribuciones por el personal doméstico que la AFIP presuponía que debe tener. Sin embargo, al darse cuenta de lo disparatado que resultaba la norma, tuvieron que modificarla para aclarar que en realidad debían cumplirse los dos requisitos indicados para tener que tributar ese impuesto.
Vale recordar que el valor mínimo de bienes que establece la norma, $ 305.000, corresponde al mínimo no imponible para el impuesto a los bienes personales, antes conocido como impuesto a las riquezas, que no se actualiza desde 2007 y está desvirtuado debido al fuerte proceso inflacionario que sufre nuestro país desde ese año. De hecho, hay departamentos de dos ambientes que cuestan más de ese valor, y eso no implica que el contribuyente tenga una alta capacidad contributiva como para hacer frente a este tipo de impuestos.
Resulta ridículo pretender que una persona que tiene bienes por $ 305.000 esté presumido de tener obligatoriamente un empleado doméstico. La resolución no establece qué sucede en otros casos, como por ejemplo el de un patrimonio de unos $ 40 millones, como lo es el de la presidente Cristina Fernández de Kirchner, según su declaración jurada del 2011. Si lo estableciera y fuera proporcional para todos, en su caso debiera tener 131 empleados domésticos declarados.
No hay duda de que la AFIP utiliza parámetros totalmente desactualizados para el cálculo de los impuestos. Lo hace en el impuesto a las ganancias que pagan las personas físicas utilizando escalas que no se ajustan por la inflación desde hace más de 10 años, lo hace con el impuesto a las ganancias que pagan las empresas que tampoco pueden realizar ningún ajuste inflacionario, lo hace con el impuesto a los bienes personales utilizando un mínimo no imponible totalmente desvirtuado por no haberse ajustado en función al aumento de precios de los últimos años, y ahora lo vuelve a hacer con este impuesto sobre el personal doméstico. Esto muestra un afán desmesurado por recaudar, para que luego el gobierno utilice los recursos en gastos cada vez más cuestionables, y mucho más en un año electoral.