Por: Horacio Minotti
La presidente Cristina Fernández de Kirchner se presentó en la Asamblea de las Naciones Unidas y habló frente a los presidentes de países que componen el organismo, haciendo girar su discurso sobre dos ejes clave: las dificultades para dirimir conflictos con los acreedores externos, y el, a todas luces escandaloso, acuerdo con Irán por el atentado a la mutual AMIA en Buenos Aires, en 1994.
Sobre este último tema en particular, defendió la postura Argentina en los términos de aquél llamado “Memorandum de Entendimiento”, al que dio rango de Tratado Internacional, con su aprobación por parte del Congreso de la Nación, y pidió a las autoridades del país persa, que definan su posición al respecto, especialmente que comuniquen si sus autoridades han, por fin, aprobado dicho memorándum, como se hizo por estos lares. Dijo la mandataria que su gobierno desea tener “una fecha” para que el magistrado argentino viaje a Teherán y que aspira a que los iraníes no confundan nuestra paciencia con “estupidez”.
Que se le cumpla este último deseo a Cristina Fernández es realmente complejo. El gobierno de Irán bien podría confundir con estupidez varias cosas, no solamente la paciencia Argentina, sino también el simple hecho de haber firmado tal acuerdo, la celeridad desesperada mostrada por el Ejecutivo para que el mismo sea aprobado en el Parlamento, que fue convocado a sesiones extraordinarias en febrero de este año, con el solo fin de servirle en bandeja a los iraníes, la posibilidad de participar activamente de su propio juzgamiento.
Debe recordarse que el acuerdo (Memorandum de Entendimiento) viola todos los principios básicos del derecho penal local e internacional, y que los funcionarios iraníes presuntamente implicados con el atroz atentado a la AMIA, se encuentran convocados a prestar declaración indagatoria. En esto último hay que ser claros: la indagatoria no es una prueba en el proceso penal, como sí lo es la prueba “confesional” en las demás ramas del derecho. La indagatoria es un acto de defensa de un imputado, en el que no existe penalidad por tergiversar la realidad o entregar al magistrado indicios o elementos falsos, porque se entiende que tales maniobras forman parte de ese derecho de defensa.
En principio y en el 99% de los casos, cuando un juez convoca a un imputado a indagatoria lo hace porque es un acto previo (constitucionalmente requerido para no violar el derecho de defensa) a dictar el procesamiento, porque ya cuenta con “semiplena prueba” para determinar que el citado es “prima facie penalmente responsable” del acto que se le imputa. Es decir, la Justicia argentina tiene elementos para procesar a los iraníes por la voladura.
El Memorandum otorga a los imputados la posibilidad de formar parte de una especie de “Tribunal juzgador sui generis”, inexistente en nuestro derecho penal, que trazará la línea que deberá seguir el juez argentino y la aportará las pruebas que este deberá valorar. Y como en ese Tribunal que crea el Memorandum habrá agentes designados por el gobierno iraní, se les está dando la posibilidad de juzgarse a sí mismos, al menos de modo encubierto o parcial.
Esta potestad extraordinaria otorgada a un imputado, es abierta y manifiestamente inconstitucional, no sólo por la participación del propio Estado iraní, al que se sindica además como promotor o al menos encubridor del hecho en el expediente, sino además porque dicho cuerpo creado por el Memorandum, tiene participación de funcionarios del Poder Ejecutivo argentino, que según el artículo 109 de la Constitución Nacional “en ningún caso …puede ejercer funciones judiciales, ni arrogarse el conocimiento de causas pendientes…”, tal sería el caso.
Oportunamente, tanto la AMIA como institución, como un grupo de abogados que el Suscripto integra, impugnamos ante la Justicia la constitucionalidad de la ley que aprobó dicho Memorandum, aunque el expediente se encuentra en trámite y no ha alcanzado un fallo todavía.
Ahora bien, desde el punto de vista estrictamente político, más allá de lo jurídico, el gobierno de Cristina Fernández, con fines poco claros, llegó a un acuerdo absolutamente cuestionable con Teherán. Lo anunció, proclamó y sostuvo, y de modo urgentísimo se lo hizo aprobar por el Congreso. Pagó un altísimo costo político por esto. Y desde febrero pasado, hace ya 8 meses, no ha vuelto a tener noticias del régimen iraní, sobre sí ellos mismos tienen pensado acceder a la posibilidad de juzgarse a sí mismos, o ni siquiera eso les importa, todo lo cual implica, además de lo explicado en los párrafos anteriores, un papelón disparatado de la diplomacia local y de la política exterior del gobierno.
Como toda medida decidida por el Ejecutivo en los últimos años, no hubo opción de debate, ni sugerencias, ni opciones de cambiar la iniciativa del Ejecutivo, sino una imposición acelerada y brutal, haciendo uso de las mayorías parlamentarias que detenta el gobierno. Esto para servirle en bandeja una solución al régimen iraní, que el mismo ha optado hasta ahora por ignorar.
Esa pintura hace muy complejo que las autoridades de Teherán no confundan todo el cúmulo de acciones de nuestro gobierno con “estupidez”, tal como aspira ahora la presidente. No es posible imaginar con que otra cosa podrían confundirlo, aunque es cierto que bien mirado, también podría creerse que se trata de impericia, de torpeza o de total y absoluto desmanejo de las relaciones internacionales y del derecho interno.
Irán no responde y la presidente ruega (tal es su estilo, enérgicamente, pero sin dejar de ser un pedido desesperado), una respuesta en los foros internacionales, al acto de urgente genuflexión consagrado en febrero pasado, ante un país cuyos comportamientos son materia de condena constante en los mismos foros, y del que nuestros ciudadanos, tal como indican los elementos de la causa judicial, han sido víctimas en AMIA. Personalmente creo que en este caso, el deseo presidencial no va a verse cumplido: definitivamente el régimen que gobierna Irán ha “confundido” nuestra destreza diplomática con “estupidez”.