Nuevos derechos que benefician la vida social

María Luisa Storani

El nuevo Código Civil y Comercial que entró en vigencia esta semana está basado en principios de igualdad y diversidad. Para mí fue un honor integrar la Comisión Redactora Bicameral como diputada nacional; allí presté especial atención a las cuestiones de familia.

Aportamos conocimientos y experiencias y logramos otros al atender opiniones diversas sometidas a debate. Los queremos proyectar desde diciembre a toda la región, tal cual la histórica tradición argentina en el sistema jurídico de los países latinoamericanos y recibir de ellos experiencias similares. Ahora como parlamentaria del Parlasur, para lo que soy candidata.

La sanción del código fue precedida por intensos debates y 15 audiencias públicas en las que atendimos a la opinión ciudadana en distintas localidades de todas las regiones del país. Tuvimos en cuenta 1200 ponencias. Escuchamos a asociaciones y colegios profesionales, ONG, universidades, iglesias y expertos. Y, en mi caso, conté con asesores con los que siempre estaré agradecida por la asistencia recibida desde la excelencia de su idoneidad.

Mi foco estuvo, ya lo dije, en cuestiones de familia. De allí mi satisfacción por la conquista de nuevos derechos que benefician la vida social. El de los abuelos de ver a sus nietos, inclusive por la vía judicial, cuando sus padres pretendan impedírselo. De la mujer, para que se le asigne valor económico al cuidado de los hijos, los padres, la pareja, la casa y el hogar, que hasta ayer no se reconocía como un trabajo remunerado. Inclusive, en las separaciones, con un sistema de compensaciones cuando postergaron su desarrollo personal y profesional.

También es un logro de esta normativa el acceso al divorcio en tiempos razonables. A solicitud de solo de uno de los cónyuges y con posibilidad de sentencia aun cuando no se haya acordado la división de bienes. Es que al problema de una pareja rota antes se le agregaban duros años de pleito y trámites que se simplificaron. Ahora, con la sola voluntad de una de las partes se puede disolver el vínculo.

El nuevo código reconoce el derecho de las personas a utilizar o no el apellido del cónyuge, incluido el “de”. Ahora los hijos pueden llevar, también, el apellido de la madre, el del padre o el de ambos. Además, cuando quieran, van a poder honrar sus tradiciones utilizando nombres indígenas o extranjeros.

En materia de adopción, el Código Civil y Comercial privilegia al niño. Hace hincapié en su derecho a tener una familia. Se trata de un avance fundamental, porque es el niño quien también adopta a su familia. Su opinión es ahora un derecho personalísimo. Y además se establecen nuevos plazos para agilizar el procedimiento, tomando en cuenta las necesidades propias de la infancia. Se acortan tanto los plazos del trámite correspondiente como los de espera, con la obligación del juez de dictaminar la situación de adoptabilidad del niño o adolecente. En ese punto se trabajó sobre un proyecto de la Unión Cívica Radical.

Respecto al acceso a la vivienda, desde hoy uno de los cónyuges puede pedir la atribución de la vivienda familiar -el inmueble propio, del otro o ganancial-, cuando el juez compruebe que tiene el cuidado de los hijos o está en situación económica desventajosa.

Finalmente, hace a las reglas del juego de la democracia y es el estado de la república en nuestro país: la insatisfacción por no haber conquistado el derecho humano de acceso al agua (por las mineras) tal cual lo propusieron los juristas iniciadores. Tampoco el consenso que tuvimos por el artículo 19 para la fertilización asistida, ya que el Frente para la Victoria modificó su posición y rompió consenso (por El Vaticano) ni la responsabilidad civil del Estado (Tragedia de Once).

Lamento que se lo haya sancionado con la sola participación de la mayoría y de un modo sorpresivo. Lejos del espíritu de consenso que primó en casi todo el tiempo de tarea. Porque se privó del debate a legisladores recientemente electos, que suplantaban a varios de nosotros por la decisión ciudadana y que tenían derecho de participar.

No obstante, comparto mi satisfacción por el gran salto hacia adelante que implica que hoy rija este nuevo código, que consagra principios de igualdad y diversidad.