Por: Ricardo Saenz
El presidente Mauricio Macri acaba de designar en comisión para integrar la Corte Suprema a dos juristas intachables en lo profesional y que claramente no adhieren a su espacio político. Incluso ha trascendido que no los conoce.
No puedo desconocer ni soslayar la sorpresa que la medida ha causado en el mundo jurídico y las numerosas críticas recibidas desde que se conoció la noticia. Sin embargo, ello no significa que el nuevo Presidente haya infringido la Constitución con estas designaciones.
Por el contrario, la facultad de designar funcionarios que requieran acuerdo del Senado para completar el mecanismo de nombramiento mientras el cuerpo esté en receso, está expresamente prevista en el art. 99, inc. 19 de la Constitución Nacional.
Por esta razón entiendo que hay distinguir distintos planos de análisis. Por un lado, la circunstancia de que usualmente los Presidentes no echen mano a esta atribución constitucional no implica que sea ilegítimo hacerlo. En todo caso, y por el juego normal de las instituciones, tanto el gobierno como los propios jueces designados corren el riesgo de que el Senado no les otorgue el acuerdo necesario para su confirmación, y entonces se deba seguir el procedimiento regular aplicado corrientemente. Se ha afirmado, respecto de esto último, que la medida tomada el día de ayer desconoce el mecanismo de participación y control ciudadano y de organizaciones de la comunidad jurídica previsto en el Decreto 222/2003; sin embargo, entiendo que nada impide que ahora mismo, antes de que se abran las sesiones ordinarias del Congreso, el Ministerio de Justicia inicie este trámite.
Por otro lado, y para terminar, existe un plano político de análisis, donde ya se han escuchado muchas voces contrarias a la decisión, fundadas en que crea un antecedente peligroso ante la eventualidad de que otro ocupante de la Casa Rosada pueda algún día hacer uso de este precedente y designar una Corte “adicta”, a la manera de la que existió durante le gobierno del ex presidente Carlos Menem. En este sentido entiendo que las situaciones son distintas. Menem amplió el número de integrantes de la Corte para después designar a los que le permitieron alcanzar la llamada “mayoría automática”. En esta oportunidad, en cambio, nos encontramos ante una situación absolutamente excepcional en que en el término de menos de dos años fallecieron dos ministros de la Corte, y dos renunciaron, dejando al tribunal con sólo tres miembros.
Nótese que públicamente el presidente del cuerpo ha pedido que se acelere la designación de los dos jueces con los que se completará el número de cinco para funcionar sin inconvenientes, y esa solicitud ha sido recogida por el nuevo Gobierno.
La polémica va a continuar, sin duda, y al abrirse las sesiones ordinarias del Congreso podremos ver cuál es la suerte que corre la medida tomada y qué acuerdos políticos puede tejer el oficialismo con la oposición para sostener estas designaciones.