Por: Silvana Giudici
En las últimas semanas se puso en tratamiento en el Congreso Nacional un proyecto del diputado Andrés Larroque contra la discriminación. Bajo un objetivo loable se esconde uno de los más peligrosos intentos de control sobre la opinión y la libre circulación de ideas, al estirar hasta el límite de lo nebuloso la consideración y naturaleza del “acto discriminatorio” y crear un régimen sancionatorio que los medios y los portales digitales tendrán obligación de aplicar.
Las definiciones sobre todo aquello que puede considerarse discriminatorio son tan amplias que el carácter mismo de la opinión sobre otros, cualquiera sea la naturaleza de la crítica, podría considerarse discriminatorio y ser pasible de sanciones. A la vez, se establece que los medios de prensa, las agencias de noticias, diarios en línea y revistas electrónicas que cuenten con plataformas que admitan contenidos generados por los usuarios deben adoptar las medidas necesarias para evitar la difusión de contenidos discriminatorios.
Si bien los medios en línea ya disponen de mecanismos de edición para no publicar o bien remover mensajes ofensivos, vinculados con pornografía infantil, privacidad de las personas o que realicen apología del delito o la violencia, está claro que estas medidas se adoptan con un criterio de autorregulación basado en la libertad de expresión de ideas y opiniones. Si esa potestad de edición se convierte en una obligación impuesta por el Estado, que a su vez establece parámetros tan difusos sobre lo que se considera discriminatorio o no, se abriría una puerta inevitable a la censura convalidada por el Congreso Nacional.
Estos intentos de regular y morigerar la crítica en internet no son nuevos. Como una letanía, distintos actores del oficialismo han propuesto sus mejores ideas para cercenar opiniones desfavorables en la web. En diciembre de 2013, durante las protestas policiales y marchas callejeras, un diputado oficialista hizo aprobar en la Cámara de Diputados de Entre Ríos un proyecto para facultar a los organismos nacionales competentes, en caso de conmoción interior, a bloquear comentarios y expresiones en internet. Luego, en abril de 2014 la Cámara de Diputados de Chaco aprobó un proyecto para obligar a todo aquel que comentara en internet a acreditar su identidad fehacientemente. También la diputada Diana Conti propuso, en un proyecto presentado en el Congreso Nacional en octubre de 2014, que el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) dispusiera la clausura directa de los medios digitales que publicaran opiniones o comentarios considerados discriminatorios.
La Corte Suprema estableció en el reciente fallo “María Belén Rodríguez c/Google” (Fallos 308:789) que toda restricción a la libertad de expresión se presume inconstitucional, definió la responsabilidad de los buscadores e indicó que las medidas de remoción o sanción de los contenidos deben seguir un procedimiento especial previo.
La particular visión de los legisladores oficialistas sobre la responsabilidad y la actuación de los medios y los portales traslada al ámbito de internet las prácticas de represión del disenso que han fracasado en imponer por otras vías.
Desde la Fundación LED venimos alertando sobre los intentos de regular contenidos en internet y exigiendo un debate público profundo sobre la necesidad de proteger en nuestro país el carácter abierto y neutral de la web. Es importante que todos los actores sean consultados en las reuniones parlamentarias donde se discuten estos proyectos.