La destrucción de un arma de fuego es la acción final de una secuencia útil para la obtención del objetivo de minimizar el daño emergente de su proliferación. Sin embargo, tal acción no resulta por si sola suficiente para que podamos afirmar que la tarea está cumplida.
Lo cierto es que la oferta o suministro de armas siempre estará atento y disponible a los requerimientos de la demanda, que es en definitiva la que con sus “necesidades” regula los caudales que discurren por los canales del tráfico ilegal de armas y municiones.
Por cada arma destruida habrá otra lista para reemplazarla y así nunca dejarán de estar en las manos equivocadas, por lo que el verdadero esfuerzo deberá realizarse en una amplia variedad de campos y disciplinas, empleando una estrategia adecuada a cada escenario y mediante una política criminal y de seguridad idónea.
El riego mayor y emergente de la proliferación de armas de fuego ilegales se concreta en la conjunción de la intención criminal del sujeto, con el arma, y su indeseable resultado final de muertos y heridos, y la irreparable secuela de dolor y pérdida.
A una sociedad cuya cultura se ve debilitada por el empobrecimiento material y moral, por su desorganización e impredecibilidad, se le hace mucho más difícil encontrar las respuestas apropiadas para enfrentar los problemas de la violencia y la inseguridad. Sin embargo, ello no autoriza en modo alguno a declinar la responsabilidad de actuar, sino que por el contrario impone la ineludible obligación de redoblar los esfuerzos conducentes a conjurar la amenaza que supone.
En el corto plazo resulta inevitable atender -mediante medidas legales adecuadas- la correcta y suficiente penalización de las figuras vinculadas a la problemática, vale decir el empleo de armas de fuego en la comisión de delitos contra la propiedad y las personas, y su fuerte agravamiento cuando se haya efectuado su disparo y, mas gravemente aún, si se han ocasionado heridas o muerte.
Igualmente, la normativa procesal -cuya uniformidad a nivel nacional resulta deseable- deberá regular con estrictez los regímenes de excarcelación y libertad condicional, determinando que quienes den muestra de peligrosidad proveniente de su habitualidad en el delito, permanezcan recluidos mientras esta condición no varíe.
Asimismo, se deberán realizar los esfuerzos necesarios para lograr la rápida reversión de la doctrina abolicionista, que de modo totalmente pernicioso campea hoy en los tribunales del país, con el desastroso resultado de innumerables muertes evitables, ocasionadas por criminales cuya libertad resulta por completo injustificable.
Al mismo tiempo, deberá trabajarse intensamente para el mediano y largo plazo, revirtiendo situaciones crónicas de atraso y empobrecimiento cultural, resultantes de un ejercicio político corrupto y desviado, basado en un clientelismo electoral que conspira contra el desarrollo.