La Reforma Constitucional y las mujeres

Mabel Bianco

Al cumplirse 20 años de la aprobación de la nueva Constitución no puedo evitar escribir algunas reflexiones sobre lo que ella significa para la sociedad  argentina y el papel de las mujeres.

Planteada la Reforma, surgió la oportunidad de discutir algunos temas clave para la igualdad de mujeres y hombres. En el campo de los Derechos Humanos, la incorporación de la Convención de Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) era un objetivo claro de las mujeres, que junto a la Convención de los Derechos de niñas, niños y adolescentes (CDN) y otros tratados de Derechos Humanos, eran imprescindibles para asegurar la igualdad de derechos y oportunidades para mujeres y niñas. La aprobación por ley de estas Convenciones era así potenciada al darle rango constitucional.

Hubo un tema que nos unió a las mujeres de los partidos políticos y del movimiento de mujeres que fue la discusión del reconocimiento de la vida, en general, desde la concepción.

Recordemos que eran los años 90 en que el gobierno de Carlos Menem retrocedió en todo lo que se avanzó durante el gobierno del Dr. Raúl Alfonsín, respecto a los derechos reproductivos. Recordemos que en 1984 se realizó en México la Conferencia Internacional de Población y allí Argentina, junto a otros países tanto del Norte como del Sur, se enfrentaron al gobierno de los Estados Unidos, encabezado por George Bush, al defender el derecho de las personas a decidir respecto a su reproducción. En 1986 se consiguió derogar el decreto 659 de 1974, llamado López Rega, porque fue bajo su ministerio que se aprobó, y prohibía toda acción directa o indirecta de Planificación Familiar en los servicios públicos de salud y en los obras sociales. Esto provocó que en  los hospitales públicos se vieran restringidos y se dejaran de indicar métodos de anticoncepción, como “la píldora”, que habían sido incorporados a la salud pública por el gobierno de Arturo Illia.

La derogación del decreto 659 en 1986  fue un avance que permitió recuperar la investigación en reproducción humana en el país, que contaba con equipos de alta calidad pero funcionaba casi en la clandestinidad. Pero fundamentalmente permitió recuperar el funcionamiento de estos servicios en los hospitales públicos y en las obras sociales. En estas últimas, a partir de la derogación del decreto en 1986, se iniciaron algunos programas y se incorporó al Nomenclador de prestaciones médicas la colocación del DIU, algo que no figuraba y que favorecía que los médicos los colocaran en sus consultorios privados a precios de mercado. Con el cambio de gobierno en 1989, estos programas y actividades se suspendieron volviendo todo al punto inicial.

Por eso las organizaciones de mujeres, incluidas las de partidos políticos, estábamos atentas a que no se introdujera en la Constitución aspectos que afectaran la posibilidad de implementar programas de salud reproductiva que incluyen la Planificación Familiar, pero que son más amplios. La incorporación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos a la Constitución fue un gran logro, ya que reconoce el comienzo de la vida, en general, desde el momento de la concepción. Sin embargo, los constituyentes discutían otro artículo sobre la maternidad y fue ante eso que el movimiento de mujeres nos movilizamos, participamos, nos expedimos y manifestamos ante el Constituyente expresando y fundamentando por qué debíamos asegurar la defensa de la vida de las mujeres. Fue así por la iniciativa de Raúl Alfonsín y otros constituyentes, que  se incorporó en el artículo 22 del Capítulo cuarto de la Segunda Parte Atribuciones de la Nación, junto a la aprobación de los tratados de Derechos Humanos, la atribución del Congreso de “Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del periodo de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia”.

Además, las mujeres apoyamos y acompañamos otras luchas. Fue también muy importante la incorporación, en el Capítulo de los “Nuevos derechos y garantías”, del artículo 37, que se refiere al ejercicio de los derechos políticos. Allí se incorporóla igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones para el acceso a cargos electivos y partidarios, que se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral”.  Esto constituye la base para la sanción de la ley de cupo femenino para cargos electivos nacionales y también otras reformas sobre la representación de las mujeres en  los partidos políticos, garantizando la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en la participación política.

Las mujeres tenemos motivos adicionales al resto de la sociedad para celebrar la Reforma de la Constitución, por eso no podemos dejar pasar esta fecha para festejarla y también para reclamar su vigencia, algo que en estos tiempos se ha descuidado. Para que la Igualdad entre mujeres y hombres sea una realidad debemos insistir en recordar y cumplir la Constitución, no nos olvidemos.